Totalmente de acuerdo en que se debe seguir un procedimiento adecuado:
1.- Concierto de prevención
2.- Toma de datos
3.- Evaluación
4.- Elaboración de planificación de Vigilancia de la Salud
5.- Reconocimientos
6 y sucesivos: lo demás.
En la planificación de actividades sanitarias o de vigilancia de la salud es donde se debe determinar qué puestos de trabajo tienen reconocimiento obligatorio y qué puestos no, atendiendo no sólo a la ERL sino también a convenios colectivos, protocolos ministeriales, etc. De hecho llevo años quejándome a los técnicos de cómo la información contenida en la ERL a menudo no sirve para elaborar un protocolo de reconocimiento médico porque se pone una cantidad de riesgos ingente, muchas veces para contentar a la Inspección de Trabajo, pero muy poco definidos con precisión. Por ejemplo, sobreesfuerzos debería indicar si son sobreesfuerzos físicos o cardiovasculares, cuanto es el peso máximo que se maneja, en qué posturas se realiza esa tarea, etc. Sin embargo todo eso se obvia y se dan listados interminables de medidas preventivas y procedimientos de trabajo.
Ala, puestos a pataletas que no falte.
Un saludo.