Viendo 3 entradas - de la 16 a la 18 (de un total de 18)
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  • #433827 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Ok con la aclaración. Yo ya sé que lo hacéis correctamente, era más que nada porque al decirlo asi “sin más” podría haber dado lugar a alguna confusion, para alguien que lo leyera. Sobretodo porque somos un ejemplo para los que vienen aquí a leernos 😎 😎 😎 (pobrecillos :lol:)

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #433829 Agradecimientos: 0
    Aredhil
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    julio 2010


    Maestro

    No es la ERL la que dice si el reconocimiento es obligatorio o no, es el médico del trabajo, basándose en la ERL, la legislación vigente y demás el que indica, previo informe de los representantes de los trabajadores, cuando un reconocimiento es obligatorio. Si el trabajador no se somete a un reconocimiento obligatorio (sólo serán obligatorias aquellas pruebas y exploraciones proporcionales al riesgo, justificadas por estos y las menos invasivas para el trabajador) estará incumpliendo sus obligaciones en materia preventiva y podrá ser despedido en última instancia por ello, la empresa podrá ser sancionada en el caso de que no haya justificado que se ha intentado llevar a cabo fehacientemente y el servicio de prevención si no ha indicado la obligatoriedad del mismo.

    Un saludo.

    #433831 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
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    julio 2010


    Maestro

    Totalmente de acuerdo en que se debe seguir un procedimiento adecuado:
    1.- Concierto de prevención
    2.- Toma de datos
    3.- Evaluación
    4.- Elaboración de planificación de Vigilancia de la Salud
    5.- Reconocimientos
    6 y sucesivos: lo demás.

    En la planificación de actividades sanitarias o de vigilancia de la salud es donde se debe determinar qué puestos de trabajo tienen reconocimiento obligatorio y qué puestos no, atendiendo no sólo a la ERL sino también a convenios colectivos, protocolos ministeriales, etc. De hecho llevo años quejándome a los técnicos de cómo la información contenida en la ERL a menudo no sirve para elaborar un protocolo de reconocimiento médico porque se pone una cantidad de riesgos ingente, muchas veces para contentar a la Inspección de Trabajo, pero muy poco definidos con precisión. Por ejemplo, sobreesfuerzos debería indicar si son sobreesfuerzos físicos o cardiovasculares, cuanto es el peso máximo que se maneja, en qué posturas se realiza esa tarea, etc. Sin embargo todo eso se obvia y se dan listados interminables de medidas preventivas y procedimientos de trabajo.

    Ala, puestos a pataletas que no falte.

    Un saludo.

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