Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Requisitos para poder dar formación #434639 Agradecimientos: 0
    Remedios López León
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    abril 2016


    Hola,
    Se me plantea una cuestión en ese caso, los máster oficiales deben formar en las tres especialidades como bien sabes, los antiguos, según tengo entendido, algunos sólo formaba en una o dos especialidades, ¿cómo se puede convalidar una formación que no se ha dado?, en todo caso, el técnico tendrá que formarse en aquellaespecialidad que le falte. ¿no es así?

    en respuesta a: Requisitos para poder dar formación #434636 Agradecimientos: 0
    Remedios López León
    Participante
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    abril 2016


    Hola,
    el tema resulta un poco confuso, pero después de hacer algunas consultas, resulta que poder, cualquier técnico que tenga un máster Oficial puede dar formación en materia preventiva, la diferencia es que ese tipo de formación estará encuadrada dentro de la formación No reglada, como la que se suele dar en las academias privadas de formación. La validez a título de aprovechamiento será válida, a título de acreditar de forma homologada la formación no, porque necesita que sea validada por la modalidad preventiva que haya adscrito la empresa, por ejemplo, si tiene contrato un SPA, necesita la validación de ese servicio.
    La última reforma de la ley establece que el Técnico prevencionista debe disponer de un Máster Oficial, no todos los másters valen, según la norma, a título personal existe algunos prevencionistas que están dando formación dentro de un SPA que están acreditados con másteres antiguos que no tienen la denominación de Oficial. Por un lado estarían cumpliendo la normativa en cuanto a que la formación debe estar acreditada por la modalidad preventiva que haya asumido el empresario y por otro estaría “fuera de la ley” si su titulación no tiene la denominación de “Oficial”. 😎

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