Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: SERVICIO MÉDICO PROPIO #413041 Agradecimientos: 0
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    mayo 2011


    totalmente de acuerdo con Javier Peña!
    Gracias por tus reflexiones

    en respuesta a: ¿Prisioneros de Informes médicos? #412460 Agradecimientos: 0
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    mayo 2011


    Respecto al tema que planteas, y dadas las dificultades para afrontar a este tipo de trabajadores que lo que les pasa es que quieren trabajar poco y ganar mucho, yo sería lo más objetiva posible y haría lo que en parte ya te han comentado:
    1. contrastar sus informes médicos psiquiátricos con un informe de otro psiquiatra diferente (tipo perito).
    2. en caso de que realmente se encuentra relación casual entre nocturnidad y ansiedad, le haría un nuevo reconocimiento (aunque tenga un previo con apto) porque existe una nueva sensibilidad y le daría apto con limitaciones, suprimiendo el turno de noche y por tanto el complemento salarial que éste lleve asociado. De este modo haces lo que debes como médico y con el amparo de informes sanitarios, pero él no consigue lo que realmente quiere: condiciones particulares con máximo salario.
    Saludos

    en respuesta a: revisiones y baja #404967 Agradecimientos: 0
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    mayo 2011


    Efectivamente será a criterio del propio médico del trabajo, pero podriamos hablar de IT de larga duración aquellas que están entorno a los 60 días. Es importante este tipo de examen de salud porque en muchas ocasiones ni los médicos de AP, ni incluso los médicos del INSS, preguntan a los enfermos la profesión que tienen , y dan el alta independientemente a ésta.y por tanto ,son los médicos del trabajo los que deberán confirmar que pueden o no realizar sus tareas habituales.

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    mayo 2011


    En este caso yo daría una aptitud con limitaciones. Dependiendo de la altura a la que se suela subir, explicarle que debe extremar las medidas de seguridad mediante arneses,…Pero le limitaría en el uso de maquinaria o herramientas que le puedan provocar cortes, heridas,…

    en respuesta a: Duda sobre trabajos con incapacidad Total #406238 Agradecimientos: 0
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    mayo 2011


    Efectivamente la IPT lo que te incapacita es para realizar las tareaas habituales de tu trabajo habitual. Por tanto y, como dice Aredhil, lo mejor es que busque trabajos en los que tareas que antes llevaba a cabo y que según su patologia no puede realizar, no estén presentes.

    en respuesta a: Reconocimientos adecuados???? #398562 Agradecimientos: 0
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    mayo 2011


    Aunque a pasado tiempo desde la última intervención en este tema, no podia dejar de dar el 100% apoyo a los dicho por Aredhil….no tengo más que añadir a tan estupenda respuesta.Gracias.

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    mayo 2011


    Las Mutuas hacen un seguimiento de las CC. Es exclusivamente un seguimiento dentro de la máxima legalidad. De todos modos serán los médicos de la SS los que den el alta cuando así sea necesario.
    Y respecto a el problema de salud, en principio no estaríamos hablando de Enfermedad Profesiona….si acaso Accidente de trabajo.

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    mayo 2011


    Hola! tambié ntendrás que tener en cuenta el puesto de trabajo del trabajador en cuestión, y si está tipificado dentro de aquellos casos en los que la ley habla de “obligatoriedad” de realizar el RRMM (supongo que no puesto que nada dices). De todos modos, me parece buena idea que tengas testigos e incluso comunicación a los Delegados de Prevención. La Vigilancia de la Salud está bien planificada y ofrecida….ahora si no quiere realizarselo pues si no hay firma que por lo menos haya testigos.
    Saludos

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