Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Ruido en el área de descanso #404404 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Coincido con Pierote en que el nivel de ruído en un área de descanso no debiera superar los 55 db(A), pero en varias mediciones que incluían la estancia en área de descanso llegamos a ver valores momentáneos de 81 dB(!!!) debido a discusiones sobre el fútbol (era lunes) y porque algún operario soltó un comentario machista en presencia de compañeras de trabajo.

    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Norma UNE–EN 14715 2:2003, de verificación de vitrinas:

    El acondicionamiento de los laboratorios exige las siguientes actuaciones en materia preventiva:

    Identificación de procesos y productos. Correcta señalización.
    Adecuación de espacios para el almacenamiento de productos peligrosos.
    Verificación ANUAL y adecuación de vitrinas de gases.
    Adecuación de los sistemas de renovación de aire.
    Instalación de sistemas de extracción individuales en los laboratorios de experimentación.
    Instalación de los elementos de Protección Contra Incendios (PCI) que sean necesarios en cada tipo de laboratorio.
    En:

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    en respuesta a: CALCULO DEL RATIO TRABAJADORES / TECNICO #384934 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Enviada ha sido, hace 1 minuto.

    en respuesta a: prevencion10.es #391394 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Esto me suena a cuando Hacienda te clava por usar mal el programa PADRE.

    Algo falla en prevencion10. No se deben lanzar programas al uso público sin comprobar todas las variables, y hacer todas las advertencias.

    en respuesta a: corte de unos pinos #392130 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Entre el corte de pinos por barreno, de ICM, y los castores de Corsario, ya sonreí un rato,y podríamos montar un programa de “Qué apostamos?” o “Si lo sé, no vengo”.

    Gracias por alegrarme la mañana

    en respuesta a: Aparatos de medición #391694 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Permitidme que discrepe.

    El Anexo II de la Orden TIN 2504/2010, en el 3º párrafo del punto 2, dice:

    “Respecto de los equipos a disposición del servicio de prevención ajeno que NO sean de su propiedad, debido a la utilización esporádica de los mismos, y que resulte necesario ALQUILAR, el servicio de prevención ajeno deberá garantizar y poder demostrar que dichos equipos cumplen los mismos requisitos de calibración y control que los equipos propios, debiendo quedar igualmente referenciados en los informes.”

    en respuesta a: POLVO DE FIBRA DE CARBONO #392302 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Ficha de seguridad de Fibra de Carbono:

    Documento de Airbus, sobre riesgos de manejo de fibra de carbono:

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    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Snifss! Hay que comer y no languidecer en este secano industrial de cemento y ladrillo.

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    en respuesta a: mgo no paga las dietas #392371 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    MGO está buscando médicos y no pide la especialidad en Empresa o Medicina del Trabajo, pero sí pide DUE con especialidad en Enfermería de Empresa:

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    en respuesta a: Historia de las herramientas #381419 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    En la página de la OIT,hay material en abundancia, éste es el índice:

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    en respuesta a: Silice Libre #385326 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Magnífico aporte, Basil. Ahora, una noticia importante:

    Tras arduas negociaciones en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST), con gran movimiento y fuerte preocupación de las patronales (cementeras, ceramistas, canteras, talleres de elaboración de piedra y marmoleras…. que argumentaban grandes perjuicios económicos) para el año 2012 el VLA para la sílice libre será 0,050 y no 0,025 como se había propuesto en un principio (TLV en U.S.A).

    en respuesta a: tarjeta profesional de la construccion #388436 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Sobre si cabe recurso habría que ver la Sentencia del TS. En tal caso podría remitir al Tribunal Constitucional o al Tribunal Superior de Justicia Europeo de Estrasburgo.

    En caso contrario agotaría la vía judicial en España.

    en respuesta a: tarjeta profesional de la construccion #388439 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    La de la Audiencia Nacional AN) desestimó TODO lo que pedían ELA y CIG.
    La del Tribunal Supremo (TS) estima en PARTE:
    (anula la disposición transitoria cuarta, que prevé expresamente el …)
    La resultante es la sentencia de la AN menos lo estimado por el TS.

    Está claro ahora, ¿No?
    Y si no léase la sentencia asistido por abogado, cuando se cuelgue de la red.

    en respuesta a: INFORMACION A DELEGADOS DE PRL #387451 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    Me parecen muy acertadas las cuestiones que plantea Javier Peña, para centrar la cuestión.

    Me quiero referir en especial a la cuestión de los procedimientos y cauces de comunicación entre DP, SP (P,M o A)y Dirección, porque por lo que detecto según el ESTILO de dirección (participativo, autocrático, etc.), el grado de suspicacias entre los DP, SP y Dirección puede variar significativamente y llegar a saturar a ITSS y a magistratura con excesivas denuncias.

    Nando, ¿cómo está la comunicación en tu empresa?, ¿es fluída? ¿Miran por encima del hombro a los DP?
    ¿Han sido bien formados los DP?

    en respuesta a: tarjeta profesional de la construccion #388459 Agradecimientos: 0
    piñe 1956
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    diciembre 2008


    El Tribunal Supremo anula la exigencia de la tarjeta profesional para trabajar en la construcción:

    El fallo hecho público ayer anula la disposición transitoria cuarta del convenio en la que se establece la obligatoriedad de contar con la TPC.

    (Que venía a actuar como filtro de entrada en obra)

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