lo primero es el estudio básico de seguridad o el estudio de seguridad que acompaña al proyecto que te ha hecho el arquitecto.
tu estas actuando como promotora y según la ley debes realizar el proyecto y el estudio además de nombrar un coordinador de seguridad en la fase de elaboración del proyecto y en la fase de ejecución de la obra y además efectuar el aviso previo de obra a la autoridad laboral (todo esto te lo hará el arquitecto).
ahora al contratar una empresa constructora para que realice la obra, esa empresa se convierte en contratista de la obra y adquiere la obligación de realizar el plan de seguridad y salud basándose en el estudio básico.