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10 enero, 2011 a las 17:53:00 en respuesta a: Señalización óptica y acústica en maquinaria de movimiento de tierras #391399 Agradecimientos: 0
si te sirve Especificacion técnica 2010-1-01. BOE 22 de diciembre de 2010, hoja 105608. Aunque habla de palas cargadoras de ruedas, lo mas probable es que cuando saquen la de las retroexcavadoras, sea myu parecido en varios puntos.
10 enero, 2011 a las 11:07:00 en respuesta a: Cuchara de la pala para elevar personas. #391153 Agradecimientos: 0eso si lleva el chaleco reflectante…que es muy importante ir bien visible para ese tipo de obras
5 enero, 2011 a las 09:59:00 en respuesta a: Cuchara de la pala para elevar personas. #390776 Agradecimientos: 0Lo que dices es correcto. Pero recuerda que según la ITC 02.0.01 Directores Facultativos, esa modificacion de las DIS debe realizarla el Director Facultativo, y aprobarla la autoridad minera.
4 enero, 2011 a las 17:33:00 en respuesta a: Cuchara de la pala para elevar personas. #390772 Agradecimientos: 0si no hay dinero para una plataforma, pues no se hace el trabajo, y si el facultativo es minimamente profesinal no deberia dejar que tan siquiera se plantee la opcion de la pala. Cada equipo tiene su misión. Y el cazo de una pala no es un ascensor.
11 noviembre, 2010 a las 18:00:00 en respuesta a: ACCIDENTE EN CAJA DE FURGON #387172 Agradecimientos: 0Un poco mas de información, por favor.
10 noviembre, 2010 a las 17:45:00 en respuesta a: Ohsas 18001: ya certificable en teoría #386876 Agradecimientos: 0Si ya tenemos una serie de obligaciones legales referente a la prevención, y en este caso nuestro de españa, muy bien definidas. De que sirven las !!!especificaciones¡¡¡(no normas) OHSAS 18000??? Un sistema de gestión de calidad y medio ambiente con base en las ISO 9000 y 14000, viene bien para poner las cosas en orden y seguir unos pasos marcados, y no son obligatorias; pero en prevencion si no cumples la ley da igual que tengas la oshas o cien especificaciones chinas.
10 noviembre, 2010 a las 11:55:00 en respuesta a: Entrega calzado de seguridad #386839 Agradecimientos: 0Totalmente deacuerdo. hay que diferenciar el tipo de trabajo para el uso de calzado. Y renovar cada vez que se deteriore, puesto que no vas a dejar al trabajador descalzo hasta que llegue el momento de renovación anual.
8 noviembre, 2010 a las 11:37:00 en respuesta a: FORMACION ITC MINAS 02.1.02 #386674 Agradecimientos: 0hay tienes contenidos. la duración no se especifica.
Entra o regístrate para ver los enlaces 4 noviembre, 2010 a las 17:09:00 en respuesta a: Evaluacion de Riesgos Artificieros-Explosivos #386461 Agradecimientos: 0Y no será mejor ir al cuartel de la G.Civil y que te pongan en contacto con los TEDAX, si es que vas a hacer algo relaccionado con ellos.
4 noviembre, 2010 a las 16:26:00 en respuesta a: PUERTAS CON ENCLAVAMIENTO #386318 Agradecimientos: 0No se que tipo de material llevará la cinta en cuestión, pero tam`poco creo que el mantenimiento sea diario, y por lo que conozco del tema solo hay una tarea que requiera (y es mas por ahorrar tiempo) que la cinta esté en marcha, y es la de centrado de la misma. El resto de tareas como pueden ser cambio del motor, cambio de rodillos defectuosos, cambio de la cinta, tensado de la misma o cambio de los tambores de cola y cabeza no precisan que la linea esté en marcha. Por lo tanto no creo conveniente modificar el sistema de entrada al recinto de la cinta, para que esta no pare y sobre todo programar bien los tiempos de manteniemito, por que por mucho cuidado que se tenga una cinta en marcha te engancha antes de que te des cuenta.
La utilización del Gasóleo B como carburante está autorizado en:
1. Aquellos artefactos y motores de vehículos especiales que no hayan sido autorizados para circular por vías y terrenos públicos, es decir, que no dispongan de Permiso de Circulación y, por tanto, de matrícula. Se considerará vehículo especial el definido como tal en el Anexo 2 del Real Decreto 2822/1.998 de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
2. Motores de tractores y maquinaria agrícola, autorizados para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, la ganadería y la silvicultura.
Por lo tanto salvo que los dumperes estén matriculados y puedan circular por carretera, no entiendo el tema de la multa.Asesoramiento en cuanto a medios de extinción necesarios, salidas de emergencia, dimensionamiento de las mismas etc. todo eso si debe hacerlo el SPA, pero los planos correspondientes se los deben proporcionar, para que el técnico pueda ver donde se colocan los medios de extinción, donde están las salidas de emergencia…
Si no hay contrato no hay alta en la SS
nueva empresa = nuevo reconocimiento
Si tu empresa tiene algo que ver con la mineria, la autoridad competente te exigirá una formación mínima de prevención de riesgos de los puestos de molienda y palista. si no teneis relacción con minas no hace falta. y por otro lado tener un trabajador solo en multitarea tampoco es muy reconmendable, desde mi punto de vista.
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