Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: PROGRAMA EVALUACIÓN DE RIESGOS #294517 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Gracias por la contestación referente a un buen programa de prevención, pero no encuentro la página desde donde descargar el prevges. Está software…?en descargables…? Gracias de nuevo

    en respuesta a: Ficha tecnica de componentes quimicos #302133 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Lo puedes encontrar en al final de la página donde están “Fichas” y en “español”

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    en respuesta a: compañias de seguros #311634 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Nosotros lo tenemos con Seguros Vitalicio

    en respuesta a: Trabajadores de ETT #311527 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Perdona, la respuesta que te mandé el día 22-10-01 es erronea. El R.D.216.99 de 5 de febrero sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las ETT, establece en su art.8 que la construcción está prohibida para un trabajador de ETT por su especialidad peligrosidad.

    La respuesta sólo es válida para el resto de sectores no excluidas en dicho R.D.

    El art. 28.5 de la LPRL establece que la empresa usuaria es la responsable de la protección de los trabajadores de la ETT.

    Un saludo

    en respuesta a: Trabajadores de ETT #311526 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Siempre debe pagar los EPI´s la empresa de contrucción o la empresa usuaria. La ETT le debe formar e informar de los riesgos a los que va ha estar expuesto. Un SAludo

    NACHO3398
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    agosto 2001


    No creo que sea una situación irregular. Si fueras el Tco de Seguridad de un Servicio Propio de Prevención de tu empresa…no le deberías requerir el cumplimiento de la normativa y de la planificación preventiva a tu empresa? Un saludo.

    en respuesta a: Coordinador de Seg. en Contrata principal. #311539 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Como responsable de un Servicio de Prevención Ajeno, me parece lo mas oportuno que el Coordinador esté contratado por el contratista principal, porque normalmente ya hay una relación profesional anterior y cada uno sabe como trabaja el otro. Cada contratista suele tener un método de trabajo parecido, lo que ayuda a realizar los Planes de Seguridad y a controlar la realización de la obra. Además los trabajadores ya te conocen y te suelen comentar los “problemas” de la obra. Un Saludo

    en respuesta a: Condiciones de seguridad e higiene en gimnasios #313545 Agradecimientos: 0
    NACHO3398
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    agosto 2001


    Aplicar el RD 4861997 y RD 485/1997. No existe normativa específica

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