Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EXAMEN ENFERMERIA DEL TRABAJO #352498 Agradecimientos: 0
    MONIPENI.
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    noviembre 2009


    Hola Carles, solo tienes que poner en google esa fecha y “cuadernillo de preguntas examen due empresa” y salen varios link,espero haberte ayudado.

    en respuesta a: EXAMEN ENFERMERIA DEL TRABAJO #352495 Agradecimientos: 0
    MONIPENI.
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    noviembre 2009


    Hola Anabbella, en las paginas Web de los colegios de enfermeria salió hace un par de meses que se convocaba a la gente para que hicieran la prueba y que tenían de plazo hasta marzo para presentar la documentacion.
    En el colegio de enfermeria de Valladolid seguro que te informan sobre las fechas fijas de presentacion, llama por telefono.
    Lo sé porque tengo varios compañeros en las mismas circunstancias que tu.
    Respecto al temario no se nada, me parece increible que no publiquen ni siquiera los temas que tienes que prepararte, si quieres hacerte una idea empieza por la LPRL y los protocolos especificos de vigilancia de la Salud esos caerán seguro (digo yo)
    saludos.

    en respuesta a: EXAMEN ENFERMERIA DEL TRABAJO #352493 Agradecimientos: 0
    MONIPENI.
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    noviembre 2009


    Muchísimas gracias a todos!!!
    Laura si que he encontrado el examen de Castilla la mancha, que junto con el de Andalucía me sirve para hacerme una idea de por donde van los tiros.
    Muchas gracias de nuevo a todos y os contaré como me salen las cosas!!

    MONIPENI.
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    noviembre 2009


    Hola Xsara.
    Te comento.
    Generalmente las enfermeras no podemos dispensar sin prescripción medica medicación salvo alguna situación de urgencia extrema.
    Ni paracetamol, ni aspirinas , ni nada de nada, aunque eso cambiará en el futuro.
    Tu situación por lo que me cuentas es en un SPP y te tocará ( como me tocó a mi en su dia) atender los reconcimientos y a mayores la parte asistencial.
    La duda es si tu servicio es asistencial o de Prevención, porque las dos disciplinas han de estar separadas, es decir, si trabajas como enfermera del trabajo no puedes atender asistencial, salvo urgencias derivadas de accidente de trabajo.
    No obstante aún hay muchos sitios en los que se sigue haciendo las dos cosas con el mismo personal ( lo cual ya no es legal), lo que se está haciendo en los SPP es:
    -tener un servicio en el que se atiende la medicina del trabajo y si no se tiene personal asistencial derivarlo a un servicio concertado (mutua)o bien:
    -tener un servicio asistencial( para el que no hace falta ser enfermero de empresa) y tener concertado los reconocimientos con un SPA.

    Volviendo al tema principal, si trabajas en prevención no puedes atender contingencias comunes, y aunque trabajes en asistencial no puedes (legalmente) dar medicación si no es por urgencia extrema ( adrenalina, glucagon…..)

    Otra cosa es la que nos ha tocado hacer a todos……pero lo legal es eso.
    Un saludo, y espero haberte ayudado

    en respuesta a: EXAMEN ENFERMERIA DEL TRABAJO #352490 Agradecimientos: 0
    MONIPENI.
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    noviembre 2009


    Hola Duelan, gracias por tu respuesta.
    Efectivamente ya soy Especialista, ahora me estoy preparando una oposición para una plaza que ha salido y no veas!!
    Me estoy haciendo yo misma el temario a pedal, porque no encuentro ninguno y me gustaría hacer alguna batería de preguntas como las del examen de Andalucia pero no encuentro nada de nada….en fin, ya os contaré.
    Un saludo.

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