Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Dudas sobre presupuesto ESS #339195 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
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    julio 2009


    Buenas noches DON PREVENCIO:
    Creo que mi contestación va a ser un poco generica, dado que será SI a todas las cuestiones.
    Trabajo en una empresa de P.R.L. y normalmente estoy desempañando labores de Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Ejecución en Obras de gran presupuesto (SAINT-GOBAIN GLASS, IBERDROLA, DURO FELGUERA, etc.) y todo lo que comentas se lleva a la practica (practicamente en su totalidad)
    Cuanto mas documentada este una Obra mejor.
    Con respecto al lucro cesante, hemos aplicado en varias obras el que el Promotor corre con el gasto de los tiempos de formación (para estas empresas no supone un coste elevado con relación al coste del proyecto), aunque para obras más pequeñas será más dificil el conseguir tener en cuenta dicho lucro cesante.
    Espero haber ayudado.
    Un saludo

    en respuesta a: Permiso de circulación #339905 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
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    julio 2009


    Si el manejo del vehículo es solamente en el interior de la Obra, no será necesario el carnet de conducir, solamente será necesaria la Formación correspondiente y la autorización, para el manejo de esta maquinaria, por parte del empresario.
    OJO, no podrá tocar en ningun momento la Carretera ni los arcenes de la misma.
    Espero haberte ayudado.
    Un saludo

    en respuesta a: Planificación preventiva y SPA #339932 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
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    julio 2009


    Buenas tardes MARK
    Soy Técnico en una empresa de P.R.L., normalmente realizo funciones de Coordinador de Seguridad, en momentos de falta de trabajo realizo funciones, dentro de la misma empresa de Técnico de SPA.
    Respecto a tu tema, he de comentar que la evaluacion de riesgos, como su nombre indica consiste en evaluar uno o varios puestos de trabajo (según las necesidades), estableciendo los riesgos existente y las medidas de preventivas que se proponen para su eliminación o reducción del riesgo.
    Un SPA no tiene que establecer quien tiene que supervisar la aplicación de estas medidas.
    En todo caso, el empresario a la recepción de la evaluacion y comprobar las medidas que se han de aplicar, designara una o varias personas que se encargen de la comprobación de la correcta aplicación.
    Finalmente, será el técnico del SPA el que, mediante la renovación de la Evaluación en vigor, comprobará el correcto funcionamiento de las medidas propuestas o de si estas han de ser modificadas en algo, procediendo de igual forma que anteriormente.
    Espero haber podido ayudarte.
    Un saludo

    en respuesta a: calzado de seguridad para sector industrial #338482 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
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    julio 2009


    Normalmente en la Evaluación de Riesgos se debe de establecer el tipo de Equipos de Proteción Individual, con especificación del marcado CE requerido, necesarios para cada puesto de trabajo.
    Creo que debería de tener protección de suela y antideslizante (S3), pero me extraña que con Calificación S2 tenga una correa como sujección del talón. Compruebalo en la ficha del Producto, la hojita que debe de acompañar al zapato.

    Por otro lado, si la persona en cuestión tiene un problema de mala circulación, debes de volver a evaluar el puesto de trabajo, para esta persona en cuestión, dado que si tine que permanecer de pie durante toda la jornada laboral la solución no sería la que te facilita la mutua.

    Mira todas estas cuestiones y si tienes algún problema me comprometo a echarte una mano.
    Un saludo.

    en respuesta a: patrón de barco #338491 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
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    julio 2009


    Siempre que tenga trabajadores contratados, sean autonomos o trabajadores por cuenta ajena, el Patrón de barco debe tener contratado el Servicio de Prevención, dado que su actividad está incluida en el ANEXO I de actividad de alto riesgo.

    en respuesta a: PSS varias obras #338499 Agradecimientos: 0
    MAGADAN
    Participante
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    julio 2009


    Buenas noches:
    He estado en una situación similar a la tuya, pues he estado al frente de una empresa de Traajos Verticales, pero que se dedicaban a la Rehabilitación de Edificios.
    En cierta ocasión, ante una firma con una importante empresa, me surgio que he tenio que realizar cinco PLANES DE SEGURIDAD para cinco obras distintas, y no contaba con el ESTUDIO DE SEGURIDAD pues no tenian el Proyecto concluido.
    El problema lo solventé mediante un Plan de Seguridad Genérico, tomando la totalidad de las posibles situaciones que me podria encontrar en una obra tipo y luego aplicarlo en la oba, previo acuerdo con el correspondiente COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE EJECUCION DE LA OBRA(CSSFEO), que por cierto resultón una mala bu..a.
    En cada Obra se aplicaba lo necesario para la misma y no tuve mayores problemas que el trato con CSSFEO que s creia un dios en posesión de la verdad absoluta.
    En cuanto al Plan que te pone MODELO, me huele a que tendrás un CSSFEO que no sabe por donde entra o sale, pues debe ser el de cobra y corre.
    En fín, SUERTE Y…. AL TORO.

    MAGADAN
    Participante
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    julio 2009


    Creo que en anteriores mensajes te han respondido correctamente, es decir, deberás someter el equipo en cuestión al cumplimiento de la Normatia Vigente.
    En caso de que dicha tramitación sea una dificultad para vosotro, existen empresas homologadas para dichas gestiones, que podrás encontras en Internet, tipo SGS, BURO VERITAS, etc., que te cursan presupuesto de la gestion y te realizan la totalidad de los tramites hasta conseguir el oportuno sello de marcado.

    MAGADAN
    Participante
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    julio 2009


    El PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD lo deberá de realizar el Conratista, debiendo ser elaborado por técnico competente en la materia y con titulación de Técnico Superior en PRL.
    Este PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD estará elaborado en base al ESTUDIO DE SEGUIDAD Y SALUD de la Obra, que será realizado por EL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE PROYECTO (que normalmente es distinto del COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE EJECUCION DE LA OBRA, dado que el primero suele pertencer al equipo que elabora el Proyecto y el segundo suele ser contratado por el PROMOTOR para el seguimiento en la fase de ejecucion d la Obra.
    El PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD elaborado por el Contratista deberá ser firmado por el Técnico que lo elaboró.
    Este PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD deberá ser sometido a la aprobación del COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE EJECUCIÓN, el cual, una vezlo ha revisado y no encontrando ninguna corrección al mismo, emitirá la correspondiente ACTA DE APROBACION DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD, pasando este a formar parte de la ejecucón de la Obra.

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