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Si encuentras algo, me interesaría. Me ha entrado curiosidad ya que practico el submarinismo deportivo y … tampoco se sabe si algún día me tocará lo que a tí.
Es mas, yo añadiría que hasta reventar.
No hay normativa sobre el tema, para nuestro pesar.
25 febrero, 2009 a las 22:45:00 en respuesta a: MEDICAMENTOS EN EL TRABAJO #323572 Agradecimientos: 0LEY 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos
sanitarios.Art.1.6
La custodia, conservación y dispensación de
medicamentos de uso humano corresponderá exclusivamente:
a) A las oficinas de farmacia abiertas al público,
legalmente autorizadas.
b) A los servicios de farmacia de los hospitales, de los centros de salud y de las estructuras de atención primaria del Sistema Nacional de Salud para su aplicación dentro de dichas instituciones o para los medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control del equipo multidisciplinar de atención a la salud.Como ves, no aparecen en los botiquines medicamentos.
Mira otras consultas anteriores. En algunas empresas, los trabajadores usaron medicamentos y tuvieron reacciones adversas. Luego denunciaron a la empresa. 😀 Asi es el pais 😀
Piensa, la aspirina es lo mas simple y sin embargo hay personas para las que están contraindicadas.En los centros educativos que yo he supervisado, el propio director del centro impedía realizar cualquier trabajo en horas lectivas si este suponía un riesgo para los alumnos o entorpecía el impartir las clases.
Es mas, teníamos que recoger las herramientas y equipos que bloqueaban vías de evacuación (plataformas elevadoras).16 diciembre, 2008 a las 17:44:00 en respuesta a: Plan de Prevencion restaurante!! #315417 Agradecimientos: 0Prueba esta página. Espero que te sea util.
Entra o regístrate para ver los enlaces 10 diciembre, 2008 a las 07:25:55 en respuesta a: Revision Evaluacion de Riesgos por Presencia de trabajadores Sensibles #75319 Agradecimientos: 0Visita esta web, lo mismo te da alguna idea.
Evaluacion de Riesgos para personas con discapacidad fisica:
Entra o regístrate para ver los enlaces Lo mas fácil no, lo que se debe hacer.
Los trabajadores deben dirigirse a sus sindicatos y encargarse ellos. No tiene que ver con la prevención mas que por el hecho de que a la hora de llevar la prevención de la empresa te deberás dirigir también al delegado de prevención para consultas e informes.
Los sindicatos preparan el papeleo, la mesa, las elecciones y a sus candidatos.
Desde el Servicio de Prevención no se puede manejar.
Un saludo. 🙂
Una m…. pinchada en un palo.
Eso es lo que me parece la nueva web.
Hay que dar mil pasos para llegar a la mayoría de sitios.
Quieren mostrar tanta información a la vez que dejan toda la mostrada incompleta.
¿Donde está el bonito orden cronológico de leyes? Yo quiero todas como antes.
¿Y la relacion completa de guias en una sola pagina?
Uff, si ya era mala antes por falta de actualizaciones, ahora que encima no se ven ….
17 julio, 2008 a las 07:16:14 en respuesta a: CONVENIO COLECTIVO – AQUI Y AHORA #93708 Agradecimientos: 0Pues eso, hoy se firma el convenio colectivo.
El que primero lo pille que abra nuevo mensaje y lo pase.
Un saludo y Zuerte, bhalor y ar toro (o la fervi).
Esto de acuerdo con lo indicado por el compañero MIREF.
Si quieres puedo enviarte un pequeño resumen que entrego a mis empresas.Un saludo.
10 julio, 2008 a las 11:38:50 en respuesta a: no tengo delegado de personal, como nombro a un del.PRL #93202 Agradecimientos: 0Por narices, el Delegado de Prevencion proviene de los Delegados de Personal, lo pone la Ley de Prevención.
Yo ya tuve jaleo con la inspección de trabajo y me tocó hacer un comunicado para los trabajadores en el que se les informaba de su derecho a tener delegado de personal y un plazo para que la gente se presentase.
Cumplido el plazo, sin nadie presentado, se procedió a dejar desierta la convocatoria.
El Delegado de Prevención es para defender a los trabajadores, no al empresario.
Todo escrito, firmado y en tablon de anuncios.Si quieres te mando algo sobre ello.
8 julio, 2008 a las 15:59:33 en respuesta a: CONVENIO COLECTIVO – AQUI Y AHORA #93693 Agradecimientos: 0A todo el mundo, en el fichero subido por nuestro compañero Joaquin G (Muchas gracias) ya incluí las tablas salariales.
Lo digo pq aun mucha gente lo pregunta.
Teneis un link con la parte de texto en comentarios anteriores.
Lamentablemente …. si.
Te recomiendo en tal caso asesorarte con un sindicato o un graduado social.
El nuevo convenio será aplicable a los SPAs y a los Servicios de Prevención nacidos de las mutuas.
Estas empresas estarán obligadas a su cumplimiento.
En el tema del salario no es obligatoria su aplicación al 100% del salario, se tiene que ir equiparando tu salario y horas a lo indicado por el convenio poco a poco dentro de los limites indicados en el convenio, hasta llegar al 100% dentro de, creo, 4 años.
8 julio, 2008 a las 14:09:33 en respuesta a: CONVENIO COLECTIVO – AQUI Y AHORA #93687 Agradecimientos: 0enviado a 352434343 millones de personas, jeje
si alguno mas lo quiere que lo pida. Lo mandare en cuanto pueda.
Viene con tablas salariales.
si alguien lo sube donde sea, poz que avise 🙂
7 julio, 2008 a las 22:30:17 en respuesta a: CONVENIO COLECTIVO – AQUI Y AHORA #93641 Agradecimientos: 0GRacias, no lo sabia 🙂
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