Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: SOSPECHA DE USO DE DROGAS #165470 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Muy fácil tu eres el profesional no el directivo, por tanto tu eres el que debes dar respuesta legal.

    Si el trabajador es una persona que consume drogas de forma habitual, tiene que ser despedido de la empresa. Pero solo si es habitual porque si es esporádico no puede ser despedido.

    en respuesta a: evaluacion de un taller de soldadura #162933 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Algunos de los riesgos:
    radiacciones infrarrojos, ultravioletas.
    proyección de partículas.
    contactos eléctrico directos e indirectos.
    quemaduras.
    contaminantes químicos, humos metálicos.
    cortes…

    en respuesta a: evaluacion de un taller de soldadura #162932 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    busca en la guia técnica del INSHT.

    en respuesta a: PUERTA EMERGENCIA – RF #162649 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Lo que debería de hacer es evitar los riesgos los dos, más prioritario desde mi punto de vista el que mayores consecuencias tiene. Para una situación de emergencia se puede poner en riesgo la vida de personas para golpes creo que es un riesgo muy frecuente pero de consecuencias inferiores.

    en respuesta a: plan de emergencia #162815 Agradecimientos: 0
    grm
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    marzo 2004


    Si puedes realizarlo y no tienes que visarlo, pero si tienes que coordinar las actuaciones con los distintos interventores ( policia, bomberos, ayuntamientos, protección civil…)

    en respuesta a: FORMACION #163211 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Hola Miguel Angel:

    Te voy a contar mi experiencia personal, yo soy técnico superior de prevención de riesgos laborales en todas las especialidades y con demostrarlo con títulos me ha servido para impartir 2 cursos presenciales de 30 y 50 horas.

    en respuesta a: unidad móvil insegura #214276 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    En casa del herrero cuchillo de palo

    en respuesta a: Denuncias #214267 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    El trabajador se dirige a la Inspección de Provincial de Trabajo, de donde sea la empresa. Formaliza una denuncia lógicamente dirigiéndose al Inspector de Trabajo. El empresario no tiene que saber si un trabajador a denunciado o no.

    El Inspector a instancia de parte procederá a visitar la empresa y comprobará los hechos de la denuncia constatando o no los hechos. El inspector no tiene obligación de avisar a la empresa ello no quiere decir que avise.

    en respuesta a: COMPOSICION DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD #214249 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    los señores que le han respondido, anteriormente me parece que no tienen ni idea

    en respuesta a: COMPOSICION DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD #214248 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Mi opinión es que no es obligatorio crear un Comité de Seguridad y Salud, la razón es justificada.

    Si el Comité está formado por número paritario de representantes de trabajadores y representantes de trabajadores, y dice usted que no hay delegados de personal, ni de prevención, pues lo tiene bien fácil no se puede constituir.

    Un artículo de la ley dice, los delegados de prevención son elegidos por y entre los representates de los trabajadores ( delegados de personal) por nadie más. si no hay delegados de personal no puede haber delegados de prevención y si el comité lo forma los delegados de prevención y no hay no puede formar un comité.

    No es una obligación crearlo si los trabajadores no quieren. Ahora bien si hay más de 50 trabajadores y quieren los trabajadores constituir un Comité están en su derecho.

    en respuesta a: simulacro de incendio #215332 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Lo que es conveniente es tener informado al cuerpo de bomberos para ver si quieren colaborar en su simulacro, Su pregunta es absurda como va a realizar un incendio está usted mal.

    Para hacer un simulacro es conveniente informar a aquellas personas que pueden verse afectadas ( bomberos, ambulancias, poslicia, proteción civil..:) y comentar que quiere realizarlo y ponerse deacuerdo y comunicarlo a los jefes.

    Usted lo que puede provocar es una tragedia no un simulacro.

    en respuesta a: evaluacion bomberos #215240 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Sin duda alguna debe tener en cuenta todos los riesgos que puedan existir en la utilización de los equipos de trabajo entendiendo por equipos de trabajo ( máquinas, aparatos, instalaciones e instrumentos ). Por tanto matizar un poco su pregunta, en cuanto a la evaluación de los riesgos de esos equipos de trabajo ( camión, coches, equipos de respiración autónoma, trajes especiales para las distintas situaciones de emergencia, la instalación eléctrica, gas, protección de incendio de las propias oficinas o lugares de acceso de los bomberos..).

    En definitiva, tiene que tener en cuenta en su evaluación tanto los riesgos de interior como los riesgos de exterior. la evaluación de riesgos es una previsión de aquello que puede suceder y por tanto perjudique la seguridad y salud de los bomberos. Es difícil en esta profesión, porque son tantas las situaciones en las que actúan y siempre con mucho riesgo, y a veces no sabes con que te vas a encontrar. Pero sería importante establecer planes de actuación en determinados supuestos ( incendios, rescates…).

    en respuesta a: Certificado de actitud = a trabajo #215775 Agradecimientos: 0
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    marzo 2004


    Antes de todo Aptitud con p no con c.

    Rotundamente usted no puede despedir a un trabajador por negarse a realizar los reconocimientos médicos, aunque ese trabajador los hiciera y los resultados médicos fueran no aptos (NO PUEDE DESPEDIR AL TRABAJADOR).

    La ley de prevención de riesgos laborales 31/95 de 8 de Noviembre es clarísima donde establece tres supuestos obligatorios donde el trabajador no se puede negarse a realizar los reconocimientos médicos, si sus trabajadores no se encuentran en los supuestos obligatorios son ellos siempre quienes deciden si los quieren hacer o no y usted no puede obligarlos. E incluso si se encuentran en un supuesto obligatorio y no es apto repito usted no lo puede despedir y lo tendrá que buscar unas condiciones de trabajo ajustadas para el trabajador concreto.

    Por tanto el despido alegando esta circunstancia de que la obligación le corresponde al trabajador sobre decidir o no si quiere realizar los reconocimientos médicos, no será procedente ni tampoco improcedente será nulo de pleno derecho y esto le obliga a usted a indeznizar los salarios dejados de percibir por el trabajador y los pagos de la S.social y a volverlos a readmitir en su puesto de trabajo.

    Procedente el despido le aseguro con un 100% que no es . Improcedente, creo que tampoco me inclino por lo anterior nulo, si fuera improcedente usted pagaría salarios de tramitación del despido y usted podría elegir entre indeznizar al trabajador o readmitirlo y no indeznizar.

    en respuesta a: URGENTE!! PUNTO DE REUNION EN EVACUACION. #216260 Agradecimientos: 0
    grm
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    marzo 2004


    Aplique criterio técnico, mire usted el punto de reunión, tiene que ser tal que , presente las siguientes características:

    – Un lugar seguro, es decir, un punto en el cual puedan acceder de forma rápida los trabajadores y no sufran ningún daño físico.

    – Un punto donde se pueda hacer recuento de todos los trabajadores afectados.

    – Un punto fuera del almacen.

    – Un punto que tenga una distancia que impida que las llamas lleguen, que no afecte la dirección del humo….

    en respuesta a: Salario d un técnico…. #220679 Agradecimientos: 0
    grm
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    marzo 2004


    El que acuerde usted y la empresa. Pues si la empresa dice X y a usted le parece poco no trabaja. Si usted quiere trabajar entra por lo que quiera la empresa. En fin la ley de la oferta y la demanda influye.

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