Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Marcas viales en almacén #406522 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Todos los aspectos técnicos, referencias legales, etc, ya te los han respondido, y muy bién, otros compañeros y otros más que te responderán. Yo por mi parte solo aportarte alguna experiencia en Almacenes.El área de mecanizado supongo que es de mecanizado de piezas;si es así, mejor separar ese área, mediante tabicado,del resto del Almacén. Si te refieres a que es un área de almacenamiento mecanizado mediante transportadores de rodilos ect, separala con pasillo amplio del resto del almacenamiento y señalizala de forma que se distinga muy claramente del resto.El área de cargadebe ser independiente de la de descarga y además de señalizar en el suelo con lineas anchas(10 cm.)mejor si colocas barreras físicas desmontables para hacer la distribución más flexible ante posibles cambios.Antesde pintar ni una sola línea en el suelo, te recomiendo que hagas pruebas con las carretillas, (todas las pruebas posibles) y marques con tiza u otra forma que se borre facilmente los pasillos, chaflanes, cruces, ensanchammientos, pasillos para personas, incluídas pruebas con personas a distintos horarios como son la hora del bocadillo, de las comidas, cuales son los caminos y atajos que usa el personal. Cuándo se producen cuellos de botella y donde se producen.Evita los cruces de personas con pasillos de carretillas y si son inevitables, que haya buena visibilidad a distancia. Si desde el principio se acostumbra al personal a realizar un trayecto mas largo en pos de mayor seguridad, terminan automatizandolo y te evitarás muchos problemas.Podriamos seguir, pero creo que si necesitas más, ya lo pedirás. Suerte y un saludo a todos los TPRL de los que pienso que nunca están suficientemente valorados ni pagados.

    en respuesta a: Trabajos en altura #405340 Agradecimientos: 0
    formaseguridad
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    octubre 2004

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    Como muy a menudo,….balones fuera

    en respuesta a: Plataforma en chimenea #404941 Agradecimientos: 0
    formaseguridad
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    octubre 2004

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    No hay que darle más vueltas. Si la plataforma cumple con las condiciones de PRL mínimas y los puntos de medición están al alcance según normas. Los señoritos de MA a medir y se acabó.

    en respuesta a: Lagunas en evaluacion de riesgos #404777 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Después de todo lo escrito, como pasa muy a menudo, yo no sabría por donde tirar.Mejor dicho, solo hay un camino por donde tirar: LA DENUNCIA A LA iNSPECCIÓN DE TRABAJO. La Ley está para cumplirla. Las obligaciones de cada ente, están claras. Todo el mundo dice que hay que hacer las cosas bién. Si alguien no las hace y es consciente de ello y sigue sin hacerlas…PALO Y TENTE TIESO.

    en respuesta a: sectorizacion zonas de incendio #404894 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Todo lo que se ha dicho hasta ahora tiene su punto de razón. El problema, (y por eso entiendo la preocupación de “Preventia”), es que siempre hay algún “capullo” que te sale con con eso de “esto cumple con la legalidad y no es aplicable la legislación vigente”salvo que se reforme o se cambien las condiciones de uso.Os puedo poner el ejemplo de una rampa de acceso que no cumple con el RD486/97 y como el edificio es anterior a la entrada en vigor de este RD, pués no hay narices de convencer al aparejador de que esa rampa es peligrosa con el estado actual. Y así mauchas otras cosas en las que hay que tirar por el camino de enmedio y entablar incluso una demanda contra el listillo de turno. Por cierto que casi siempre gana el argumento del Técnico de Prevención.

    formaseguridad
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    octubre 2004

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    En la Comunidad de Madrid, hay un Organismo Autónomo que se llama CEAPAC y que te puede orientar mucho en este aspecto.

    en respuesta a: vias de entrada de agentes biológicos #404741 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Además de lo que ya se ha dicho, añadir que por via cutánea, no solo por las heridas sino por absorción directa a través de los poros de la piel, sensibilización de la piel por contacto con determinados productos químicos. Por via digestiva, atención a la higiene exahustiva del lavado de las manos antes de comer o beber.Por via parenteral,Atención a los posibles pinchazos con jeringuillas, vidrios, astillas, virutas metálicas y un sin fin de objetos punzantes. Los oídos son otra via de entrada de infecciones. pero sobre todo las manos con o sin guantes son el elemento transmisor de infecciones a cualquier otro órgano de nuestro cuerpo que podamos tocarnos

    en respuesta a: Espacios confinados. #404155 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Gracias por haber leído mi anécdota.Gracias también por tu nota de humor.Como ya ha pasado tanto tiempo, ya me puedo reir y continuar con humor negro y sano…..mi padre tendría actualmente 102 años si viviese, así que vete ahora a pedirle aclaraciones acerca de explotación infantil o juvenil…jeje.jeje.
    Un saludo y hasta pronto….mientras el cuerpo aguante. Yo creo que aún me metería por conductos siempre que hubiese premio al final.je.je.je.

    en respuesta a: Espacios confinados. #404161 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Para rematar. Yo me ,he metido arrastrando por conductos de 600mm de diametro y atado con una simple cuerda, con monóxido de carbono, con temperaturas de 45ºC, con 17 años y mi padre como jefe y salvavidas………
    Solo una aclaración, era el año 1960. Afortunadamente en el año 1961 cambié de trabajo y me empecé a interesar por la PRL, que en aquél tiepo ni se oía apenas hablar de ello.
    Solo es una anecdota para remarcar que en el año 2011, debemos aplicar nuestros criterios técnicos con especial prevención cuando se trata de espacios confinados, porque cualquier fallo es facilmente causante de una muerte.Vale más perder un concurso que una vida.

    en respuesta a: riesgos eléctricos #401845 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Olé por tu respuesta Pedprev.Esa es una buena forma de responder y animar a los demás a que se miren la normativa antes de lanzar preguntas para que otros se tomen el trabajo de buscar la norma de referencia o el RD que lo regula etc, ect.

    en respuesta a: almacen madera #401676 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    ¿que reglamento estás usando para determinar la carga térmica?

    en respuesta a: descargo de un transformador de 15 Kv #399119 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Leete a fondo la guía del INSHT que contiene al RD 614/2001 y sacarás conclusiones muy positivas y útiles. Yo comprendo que a veces no puede uno dedicar dos horas a desmenuzar una guía como esa, pero…. asi es la vida.

    en respuesta a: subcontratacion #398691 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    ¿que tal si nos leemos la Ley de Subcontratación?

    en respuesta a: Trabajos en altura en superficie inclinada #398490 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Pra estos casos y muchos más, sería bueno poder adjuntar un croquis.

    en respuesta a: Formación carretillero #397610 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004

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    Yo,técnico superior en PRL en las tres especialidades, he impartido cursos teorico-prácticos para carretilleros tanto en medidas preventivas como en el uso de carretillas convencionales, trilaterales guiadas y de otros tipos.Toda esa formación, certificada por una empresa de formación Autorizada.La pregunta mas usual de los “titulados”es siempre la misma:¿Esto me sirve como carnet de carretillero para exibirlo en alguna otra empresa distinta de la que trabajo ahora?. La respuesta es multiple:1º- ese certificado no es un carnet de nada;porque no existe ningún carnet de carretillero.Por tanto la comparación con el carnet de conducir es nula.
    2º-Puede exibirse ese certificado donde y frente a quién quiera como puede uno exibir un frac frente a cualquiera que lo quiera ver y valorar. Otra cosa es que el que te vaya a contratar le guste más o menos tu frac y te diga que te va a hacer otro a su gusto porque es el que paga.
    Conclusión:Un Empresario estará cumpliendo la Ley si cumple con el deber de formación verificable y con la autorización escrita verificable del nombramiento como carretillero del trabajador en cuestión.
    El certificado de formación de esos cursos que yo he dado y que una Empresa certifica,le sirve al trabajador solo como carta de acreditación de que ha realizado ese curso;pero no es ningún carnet oficial de nada.

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