Respuestas de foro creadas

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  • eusebiojjr
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    agosto 2007


    Exactamente, solo se deben usar en casos en los que otros medios existentes no se puedan utilizar. Pero normalmente es más fácil usar una plataforma elevadora articulada que la pluma de una cesta. Hay que ir olvidando el uso de los camiones pluma para cosas para las que no estan diseñados.

    en respuesta a: vigilar trabajos de una subcontrata #100246 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Mas vale en prevención pecar de exceso que no de falta.
    Pero si es una subcontrata de tu empresa esta está obligada a vigilar los trabajos de la subcontrata ya que tiene responsabilidad.
    Por lo que creo que haces muy bien, sin olvidar de recordar a la empresa de la responsabilidad.

    en respuesta a: EXTINTORES Y BIES #100345 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    La normativa siempre obliga a extintores ya el tipo es el que se considere adecuado para el tipo de incendio posible.
    Por otro lado como dicen los compañeros las Bies se deben utilizar para un incendio grande, las de 45mm son muy dificiles de utilizar y hay que estar formado. si son de 25mm son más faciles de utilizar pero puede ser desproporcionado.
    ¿y si tuvieses rociadores? ¿deberías desmontar las BIES?
    Aplica la normativa vigente en materia de protección contra incendios.

    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Ya la he encontrado, aqui os la dejo por si alguien está interesado.

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    eusebiojjr
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    agosto 2007


    En la pagina del colegio esta colgado el manual practico y las modificaciones de la guia.

    Lo que busco es la guia en si.

    Gracias

    en respuesta a: PLAN DE SEGURIDAS Y SALUD CONJUNTO #110090 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Como muy bien dice lcm75, quien aprueba el PSS. Si hay varios contratistas principales, donde está la figura del CSS?
    Falta esa figura.

    en respuesta a: Escaleras de mano #110063 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Es muy raro que un CSS solicite una escalera de mano, ya que habitualmente no se usan para lo que se deben usar y como se deben usar.
    Lo que está claro es que en ningún caso se debe incluir en el presupuesto de seguridad ya que no es una medida preventiva.
    ¿Como se suben actualmente? Mirar el RD 2177/04.

    en respuesta a: Presupuesto Plan de Seguridad #110080 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Es obligación del contratista modificar el PSS, cuando el Coordinador crea sea necesario. Entre las partes del PSS está el presupuesto por lo que se debe cambiar.
    Ahora bien, a saber que quiere cambiar. Habrá que verlo y ponerse de acuerdo si tiene razón o no.

    en respuesta a: Libro de Sucontratacion #110907 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Tu puedes contratar a las subcontratas que quieras.
    y estas a su vez a las que quieran, y estas a su vez a las que quieran.
    Pero el tercer orden de subcontratación tan sólo lo podrán con permiso de la dirección facultativa.

    Espero haberte aclarado algo.
    Un saludo.

    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Como todo es relativo.
    1. Es autonomo o es por cuenta ajena?
    Si es por cuenta ajena deberá pasar el inicial, y después podrá solicitar que no realiza los periódicos.
    Si es autonomo no tiene porque realizarlo ya que no le aplica la ley de prevención.
    Pero esto es para todo tipo de trabajos, que no tengan un riesgo especial o trabajos con vigilancia de salud especifica.

    en respuesta a: Exposicion a radiaciones ionizantes #114910 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Gracias Pablo

    Saludos

    en respuesta a: CSS QUE QUIERE MODIFICAR EL PSS. #115283 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Es lo que tiene hacer el trabajo mal, pero si despues se quiere hacer bien, adelante, para el bien de la seguridad. Se modifica en los puntos que solicite el coordinador ya que será en esos puntos donde considerará que lo que aprobó no se va a cumplir.

    en respuesta a: Aviso Previo #115405 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Según yo tengo entendido y la Inspección de mi provincia, a partir de la entrada en vigor del RD 1109/07 el aviso previo sólo se actualizará en caso de cambio de coordinador o entrada de una nueva empresa contratista principal.
    No se si estoy en lo cierto, pero por ejemplo en mi obra, y con varias visitas de la inspección a la misma, desde agosto no se hace revisión del aviso previo, tan solo en el cambio de coordinador que ha habido.

    en respuesta a: Mr. Xirgu, ¿Cuantos PSS habrá en una obra? #115437 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Es lo mismo pero dicho con mejores palabras. Gracias, si no están de acuerdo con el plan de seguridad por que las medidas tenidas en cuenta no incluyen su forma de trabajar, es a lo que me refería.
    La subcontrata presenta su plan a la contrata, y esta lo hace suyo como un anexo de mejora del plan. Que a su vez deberá ser aprobado por el Coordinador de Seguridad si existiese o la Dirección facultativa .
    A lo mejor ahora te parece mejor, espero.

    en respuesta a: Duda sobre los TC´s #115620 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    agosto 2007


    Lo del sueldo se tapa y ya está lo demás, sólo pone DNI, SS y tipo de ocntrato. En ningún lugar viene el nombre tan solo unas inciales, por lo que se protege en cierto modo. No así en el alta en al seguridad social en la que viene todo. y también se piden altas.

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