Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
20 enero, 2013 a las 19:05:40 en respuesta a: Maquinas de obras para trabajos en mina ( subterraneos) #422133 Agradecimientos: 0
Por principio en ningun momento yo personalmente uso la bandera de ustedes, alguien por algun motivo la puso en mi dirección, este es un foro de prevención a nivel mundo, creo entonces que es irelevante que solicites apoyo o asesoria si al final te molesta la opinion de los que no somos españoles.
Disculpa mi respuesta pero creo es la realidad.
Cordial saludo.Te repito en México la misma ley dice que es despido justificado y sin responsabilidad para el patrón:
Cuando el trabajador se presente a laborar en estado de ebriedad, o bajo la influencia de alguna droga y/o enerbante.
Lo que significa que el trabajdor debe estar conciente de que se someterá a cualquier examen para demostrar que no esta violando la ley.
independientemente que su seguridad esta en primer termino.Disculpa la respuesta, pero hasta mi hijo de 5 años sabe que hacer en un caso como este, la misma ley otorga el derecho sin responsabilidad para el patron dar de baja de la actividad laboral.
Llevalño a un laboratorio y que le saquen un estudio de alcoholemia y con ello estas comprobando el despido justificado de esa persona.En México la ley obliga al patrón a dar completamente gratis todo el EPP que se requiera para la actividad laboral, pero la misma ley obliga al trabajador a que lo use para lo que fue diseñado (trabajo), por lo tanto si el EPP no lo usas para trabajo, justo es que tu patron cobre el importe de ese producto.
Ejemplo: Se te entregan guantes para operador de un equipo automotor y esos guantes por negligencia los usas para soldar, es correcto el uso que les estas dando ?
Tambien en este país est,a normado todo el EPP.5 noviembre, 2012 a las 18:24:27 en respuesta a: Soy estudianete de higiene y seguridad Industrial #421113 Agradecimientos: 0Haz escogido la mejor carrera del mundo, solo tienes que ver:
Que rama industrial es la que te gustaria ejercer.
Donde la quieres ejercer.
Sin olvidar de que lugar del mundo eres, ya que las leyes y reglamentos cambian segun la industria y, muy en especial su aplicación.
Si gustas te puedo explicar más a detalle.24 octubre, 2012 a las 12:36:20 en respuesta a: Diferencia entre riesgo y peligro #420925 Agradecimientos: 0Por aca en México un incidente es un evento de aparición sorpreciva que puede producir daño a las personas, materiales o cosas, dentro de las cosas es las instalaciones de la industria.
En todo moento debe ser investigado para evitar su repetición.
El peligro es algo que se encuentra en todo lugar y momento, mientras que el riesgo es algo que se puede ver y se puede evitar para que no se convierta en un acto o condición insegura y por ende nos genere un accidente X.19 octubre, 2012 a las 13:47:47 en respuesta a: Colocación señal extintores #420840 Agradecimientos: 1Buenos días:
1. – Si la norma me indica que el extintor debe quedar con una altura maxima de 1.5 mts. del piso al maneral del extintor y me pide fijar un anuncio reflejante que indique la ubicación de que existe un extintor en ese lugar, también me indica las medidas que este debe tener con referencia al extintor.
2. – En todo el territorio Mexicano, esto lo marca la norma: NOM-002-STPS-2010.18 octubre, 2012 a las 18:18:04 en respuesta a: Colocación señal extintores #420838 Agradecimientos: 0Por norma los extintores se deben de colocar en los lugares de rapido acceso, con su cartel indicador del mismo, la norma marca que la altura minima es de 10 centímetros arriba del piso, siendo la maxima de 1.5 metros del maneral del extintor.
31 agosto, 2012 a las 12:11:45 en respuesta a: SOLDADURA OXIACETILÉNICA – BOTELLAS???? DONDE??? #420252 Agradecimientos: 0En México existe la NOM-020-STPS, que es aplicable a lo que dices y que nos permite tener más cuidado de este tipo de equipos, de igual forma las revisiones periodicas de los mismos.
Un cordial saludoEso es cierto, conforme a norma esta estipulado que así debe ser por la seguridad de quienes trabajan con eléctricidad, pero la norma dice que el encargado de mantenimiento de cada turno es quien debe tener la llave en su poder, entregandola a su relevo bajo consigna.
La norma oficial 002 dice que en donde se encuentre un cuadro eléctrico del cual dependan uno o más equipos se deberá tener como minimo un extintor de polvo quimico seco de 9 kilos, lo cual desconosco la capacidad de la grua y por consiguiente la alimentación eléctrica que consuma, por norma debe existir uno o mas extintores en ese lugar.
27 febrero, 2008 a las 21:45:45 en respuesta a: Soy nueva en el área de Seguridad e higiene #110044 Agradecimientos: 0primero no ser permisible con las cosas que estan mal y hacer que las reparen inmediatamente,
segundo te recomiendo el material que vende esta misma institución ( P W ).
tercero hecharle muchas ganas y te deso que tengas el mejor de ls exitos, te envio mi correo por si hay algo en lo que te pueda servir:
27 febrero, 2008 a las 21:40:37 en respuesta a: Presupuesto Plan de Seguridad #110082 Agradecimientos: 0Sin modificar los presupuestos en existencias de maximos y minimos hay faltantes de equipo, yo considero que a esos empresarios les hace falta saber que la seguridad empieza por tenerla siempre en la mente, preguntales que valor tiene para ellos su propia vida y que así mismo valoren la del personal que labora y les llena los bolsillos de dinero.
23 enero, 2008 a las 17:37:07 en respuesta a: obligatoriedad de extintores #114610 Agradecimientos: 0en México nos rige la Norma Oficial Mexicana 002 expedida por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. así como La NOM 015 de Semarnap, y con ellas nos tenemos que regir.
-
AutorEntradas