Respuestas de foro creadas

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: Contagio TBC #247845 Agradecimientos: 0
    Dionisio
    Participante
    0
    mayo 2004


    La verdad es que tienes un lío. En principio, recuerda que el concepto de accidente de trabajo es un concepto legal, no médico, y requiere la existencia de lesiones, no la mera sospecha. Hasta ahora, sólo se sabe que ha habido exposición, pero no contagio. En todo caso, considero que los mejor preparados para el diagnóstico son los Centros de Prevención y Control de la Tuberculosis, del Servicio Público de Salud. Una vez realizado el diagnóstico, si se confirma la TBC, el médico encargado de las contingencias laborales (Mutua), daría la baja por accidente de trabajo. Además, habría que realizar tratamiento profiláctico a los contactos de esos trabajadores.

    El Servicio de Vigilancia de la Salud debe seguir el desarrollo de todo el proceso y controlar él estado de salud de los trabajadores, no el de accidentes de trabajo.

    No se puede obligar a nadie a realizarse un reconocimiento médico (salvo por convenio o protocolo). Lo que no hay que hacer es confundir las cosas. Una cosa es un reconocimiento médico preventivo y otra, tratar de diagnosticar precozmente una posible TBC.

    en respuesta a: Vigilancia de la salud #249621 Agradecimientos: 0
    Dionisio
    Participante
    0
    mayo 2004


    No se puede decir así, en general, qué pruebas debe incluir el reconocimiento médico en vigilancia de la salud, porque los reconocimientos médicos deben ser específicos, en función de los riesgos existentes en el puesto de trabajo. Por tanto, como dices, la evaluación de riesgos es necesaria para poder adecuar dichos reconocimientos.

    Estoy de acuerdo con Javier Peña en que lo primero es contar con médicos especialistas en medicina del trabajo y enfermeros de empresa. La vigilancia de la salud no se puede realizar sin esta titulación.

    Para la planificación de los reconocimientos médicos específicos contamos, en principio, con los protocolos informados favorablemente por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

    En todo caso, los reconocimientos constarán de una historia clínico-laboral en la que se recoja el puesto de trabajo actual, el tiempo de permanencia en el mismo y los riesgos a los que se encuentra expuesto, y, a ser posible, la máxima información de los puestos de trabajo desempeñados con anterioridad. Además, se incluirá la exploración física y pruebas complementarias que sean necesarias, de acuerdo con los protocolos antes mencionados.

    Un saludo.

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)