Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Enfermedades sistemáticas #255231 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Supongo que te refieres a enfermedades Sistémicas. Son enfermedades que por su fisiopatogenia afectan o pueden afectar a varios organos distintos, simultáneamente o no. Como las Vasculitis, como tenemos vasos sanguíneos en casi todos los órganos, pues pueden afectar a varios, normalmente a los más comprometidos por sus características, en este caso a piel y a riñón, por ejemplo. Una característica de las enfermedades sistémicas es que la causa suele originarse en nuestro propio cuerpo, son enfermedades Autoinmunes, osea, como si la “respuesta inmune” de nuestro organismo hacia un posible agente externo, fuese la desencadenante de la enfermedad.

    en respuesta a: RCP #255085 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Tienes razón, ya hace un par de años de esta recomendación. La razón es porque se ha demostrado que mejora la supervivencia. Los estudios y estadísticas se realizan siguiendo la Cadena de Supervivencia y la RCP como parte del Soporte Vital Básico. Por desgracia no todo el colectivo médico, y menos el sanitario en general, están actualizados en este tema. Por supuesto las recomendaciones en el tema de RCP, en Europa, nos llegan del European Ressuscitation Council, quien cada dos años más o menos, actualizan los protocolos y pautas de actuación en este aspecto. Lo puedes encontrar en su web, pero en inglés. En España, se cuida de adaptarlo y traducirlo, la SEMICYUC, sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, aunque también hay otras sociedades que velan por su cumplimiento, como la de Medicina de Urgencias o la de Anestesia. Por autonomías también hay otras sociedades o comités que tienen competencia es este tema.

    La razón de esta recomendación, es que se introduce mejor el aire en la insuflación con esta pauta, igual que en la RCP infantil. Y la cuestión de uno o dos resucitadores también está discutida, la recomendación es que mejor un solo resucitador hasta que se canse, y coge el relevo el otro, en lugar de los dos al mismo tiempo. Existiría la excepción, de equipos de dos, con mucha experiencia trabajando juntos y formando equipo.

    en respuesta a: Embarazo #255051 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Si el médico responsable de la vigilancia de la salud de esta trabajadora embarazada, determina que su puesto de trabajo representa riesgo para ella, y el cambio de puesto no es una opción posible, sí se puede suspender temporalmente y su retribución pasa a corresponder a la SS.

    en respuesta a: funciones de un ATS/DUE (formacion) #256155 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    No he contestado del todo la pregunta con mi respuesta anterior. Los mini cursos de 1os auxílios que se suelen dar en las empresas, cursillos de 1 hora o dos o tres como mucho, para cumplir con la ley o con el contrato que han establecido con la empresa, entiendo que si no hay sanitario para darlo, sí lo puede dar un TSPRL y firmarlo. Otra cosa es que se considere correcto, yo creo que no lo es. La Ley dice que se debe dar la formación suficiente y necesaria, y no dice nada más. En otras normativas sobre formación, se deja bien claro que este tipo de cursos sólo lo pueden dar estamentos acreditados, pero ya dependiendo de cada autonomía hay variaciones. Pienso que lo que necesita una empresa en concreto sobre este tema, es responsabilidad del empresario, por supuesto, pero asesorado por el servicio médico (UBS), que para eso está.

    en respuesta a: funciones de un ATS/DUE (formacion) #256154 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Creo que hay que intentar hacer el trabajo lo mejor posible, ser profesional, con su ética profesional y ser consecuente con las limitaciones y competencias de cada profesión y de cada uno. Actualmente todavía hay TSPRL que dan los cursos de 1os auxílios, por que si no los dan ellos no los da nadie. Pienso que actualmente el servicio médico de empresa está resucitando y hay que exigir que esta formación púramente médica la den sanitarios preparados. No todos los médicos ni DUEs tienen por qué estar al día de las emergencias médicas, hay que reciclarse y actualizarse para hacer un trabajo bien hecho, es competencia de la UBS o contratar un servicio externo. Felicito a los TSPRL que durante tanto tiempo han estado realizando este trabajo que no les pertenecía, aunque considero que la información sí pueden darla ya que están preparados para ello.

    en respuesta a: alcoholismo en el trabajo #256550 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Un empresario sí puede pedir una prueba de alcoholemia de sus trabajadores, pero lo puede hacer previo consentimiento de los trabajadores. Hace unos años se hacía, y no solo mediciones de alcohol, tambien de otros tóxicos, pero las diversas leyes de protección de datos, confidencialidad y ésta última reciente Ley 41/2002 de Autonomía de los pacientes, lo prohiben sin el consentimiento informado, y firmado, por supuesto. Lo puede pedir al servicio médico que tengan contratado, tanto a un servicio de prevención como si es Mutua. Otra cosa és si el médico está de acuerdo. También os informo que la política venidera será de “Empresa limpia y sana”, tanto de humo como de alcohol. Aunque supongo que lo correcto son campañas de información y ayuda, no de control y de miedo.

    en respuesta a: Reconocimiento medico stress térmico #257252 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Las pruebas no están especificadas en ningún documento reglamentado. Hay protocolos de confección particular o de estamentos como Mutuas, pero nada oficial. Para confeccionar un protocolo médico te puede ayudar información de higiene como de ergonomía. Consulta las siguientes referencias: L 31/95 artc 17, RD 486/97, RD 1435/92, DR 1495/86, UNE-EN 28996:1995, y la guia técnica.

    en respuesta a: RECONOCIMIENTOS MÉDICOS PERIÓDICOS #257176 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    En los protocolos médicos aprobados por el ministerio hay recomendaciones sobre periodicidad. Tambien en alguna nota técnica y en algún Real Decreto. Pero sobretodo lo marca el médico de la empresa.

    en respuesta a: protocolos y puestos de trabajo #257148 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    En la web de msc busca Protocolos de Vigilancia Sanitaria Específica, son de la comisión de salud pública, consejo interterritorial del sistema nacional de salud. Sólo están los aprobados. El resto no existen.

    en respuesta a: Electrocardiogramas para trabajos en altura #257144 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    No sé que entiendes por establecido, pero por criterio médico, hay que hacer un ECG a todo trabajador que realiza trabajos en alturas.

    en respuesta a: riesgo de bipedestación #256684 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Estos casos son delicados y requieren una mayor atención. Tú puedes dar un “No Apto” para una tarea determinada, pero posiblemente se pudiera dar una “Restricción para la tarea” que no supusiera un no apto rotundo, y obligar al empresario a adaptar el puesto al trabajador. Supondría más molestias para todos, pero si no lo intentamos, ningún trabajador con alguna discapacidad podría trabajar. Es poner algo de voluntad por todas las partes. Tú para cubrirte mejor, podrías poner una “Observación” de un control de salud o reconocimiento especial o como lo quieras llamar, a los tres meses, para cerciorarte de que se cumple tu recomendación.

    La evaluación de riesgos en este caso, trabajador sensible, estaría bajo tu consenso.

    en respuesta a: TRABAJADOR CON MARCAPASOS #257093 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    Aunque tú apliques tu criterio como especialista, creo que en estos casos, se debe consultar o consensuar con otro especialista, en este caso el cardiólogo. Y si puedes obtener un informe del cardio, mejor.

    en respuesta a: Formación en Prevención #257047 Agradecimientos: 0
    armanis
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    enero 2004


    No te olvides de recurrir al Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, siempre pueden ayudarte.

    armanis
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    enero 2004


    No lo hay consensuado y aprobado.

    Pero la gran mayoría de Mutuas o médicos de servicios de prevención aplican el que se han confeccionado particularmente, como tantas cosas.

    armanis
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    enero 2004


    Si el médico determina que sus reconocimientos médicos son de caracter obligatorio, por los supuestos que marca la ley, y ellos solo dan que negativas, pueden ser sancionables.

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