Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 47)
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  • #42737 Agradecimientos: 0
    GOS
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    febrero 2003


    Alguien me puede decir donde pone que el coordinador debe de visar el plan de SEguridad y Salur para obtener el libro de Incidencias. El coordinador en fase de ejecución de proyecto no entiendo porque debe visar un proyecto en su colegio que el puede que no haya hecho. Lo que si tiene que hacer es aprobarlo pero no se si lo tiene que visar. Supongo que lo del visado esta pensado mas para el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de elboracion de proyecto. Gracias

    #268050 Agradecimientos: 0
    Dogie
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    septiembre 2002

    Iniciado

    Yo entiendo que lo que se visa es el proyecto incluido el estudio de seguridad y salud, pero el plan de seguridad que yo sepa ( o al menos en las obras que yo lleve en asturias no se hacia) no se hace ni dice el decreto en ningun lado cosa semejante. Me parece que la voracidad de algún colegio es escandalosa.

    Un saludo

    #268051 Agradecimientos: 0
    SORAYITA
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    septiembre 2003


    En el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción te habla del Libro de Incidencias. Este artículo te dice que te será facilitado por el colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.

    Por otro lado en el artículo 17 del mismo R.D. te dice que la inclusión del estudio de seguridad en el proyecto de ejecución de obra es necesario para el visado por el colegio oficial y todo ello es necesario para obtener las autorizaciones pertinentes.

    Además el que el coordinador no haya hecho el proyecto no significa que no sea responsable del mismo.

    Un Saludo

    #268052 Agradecimientos: 0
    Alfgc
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    febrero 2003


    NO, El coordinador de S yS en fase de ejecución debe aprobar el plan (bueno el promotor bajo informe del coordinador), el plan de SyS quien lo realiza es la Copntrata si será esta si quiera la que en su caso lo vise.

    El coordinador en SyS en fase de proyecto, no puede visar el Plan por que en esta fase todavia no se ha realizado el plan, en todo caso lo que visa es el estudio de seguridad y saludo (o Basico)

    #268053 Agradecimientos: 0
    Marinero
    Participante
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    mayo 2002


    El coordinador tan solo aprobara el Plan de Seguridad, el no es responsable del Plan y por ello este documento no se visa por su Colegio Prosional. Si se visa el Acta de Aprobación o Informe favorable al Plan.

    Hay Colegios profesionales, como los de Arquitectos Técnicos, que piden una copia del Plan Aprobado, no para su visado, sino para tener copia durante la ejecución de la obra para el caso de que por algun incidente fuese necesaria su utilización.

    #268054 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
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    agosto 2001


    En el Rd1627/97 sobre segueridad en obras de construcción, donde sino van a ponerlo. Entiendo que a veces se busque respuesta en el foro sobre temas concretos de reglamentación complementaria poco usada, pero estas preguntas… que un técnico de prevención en construcción no conozca este real decreto me parece muy fuerte.

    Artículo 13. Libro de incidencias.

    1. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto.

    2. El libro de incidencias será facilitado por:

    a) El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.

    b) La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las Administraciones públicas.

    3. El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al libro se le reconocen en el apartado 1.

    4. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa, estarán obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste.

    #268055 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Los Planes NO se visan, lo que requiere de visado es la coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución para que te facilite tu Colegio Profesional el Libro de Incidencias y a su vez te visen la aprobación formal del Plan de Seguridad y Salud, ya que así se lo solicitan al contratista para poder realizar la apertura del centro de trabajo, existiendo la posibilidad que tu colegio te solicite una copia del Plan, pero sin más.. Todo lo anterior cuando se trate de promotor privado.

    #268056 Agradecimientos: 0
    Jose J.
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    julio 2003


    El visado del PSS no es necesario y el libro de incidencias lo puedes conseguir por otro medio que no sea el colegio profesional, pero analicemos la situación, pues surgen dudas personales que deben valorarse. No quiero que se tomen como afirmaciones, sino como circunstancias posibles en la situación planteada.

    ¿La coordinación se hace ejerciendo como profesional libre colegiado?, si la respuesta es afirmativa (que el caso más probable), surge otra pregunta, ¿si no viso el PSS como tiene el colegio constancia de dicha situación?

    Cabe la posibilidad de que no se considere necesario que el colegio conozca mi actividad de coordinador, esto reafirma que no es necesario el visado del PSS, entonces ¿qué ocurriría si necesito la ayuda del colegio? no sólo para conseguir un libro de incidencias, sino para resolver algún problema de responsabilidad profesional y en concreto responsabilidad civil, si además tengo contratada la responsabilidad civil a través del colegio.

    CONCLUSIÓN: Se debe actuar en función su situación, pero guardando una coherencia. UN CORDIAL SALUDO, esperando haber servido de ayuda. José J.

    #268057 Agradecimientos: 0
    corralrubio
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    julio 2001


    El plan de seguridad y salud no se tiene que visar que yo sepa, se tiene que llevar a industria y trabajo y comunicar el inicio de esas obras…

    El libro de incidencias de la obra lo da el colegio de quien haya echo el proyecto de obra digo yo.

    #268058 Agradecimientos: 0
    qwert
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    octubre 2001


    El RD 1627/97 no dice nada acerca de visado colegial de los Planes de Seguridad. Lo único que exige es que el Plan de Seguridad sea APROBADO por el Coordinador de SS durante la Ejecución en el caso de obra privada ( Art 7.2 y Art 9.c). La aprobación se realiza mediante un acta.

    #268059 Agradecimientos: 0
    prenvi
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    noviembre 2002


    Paso a consultar el R.D. 1627/1997 sobre Construcci´´on:

    Debe haber un coordinador en fase de proyecto. Hasta ah´´i de acuerdo.

    El proyecto debe estar visado (art. 17 del R.D. 1627/1997) por el Colegio correspondiente al proyecto de la obra, no por el Colegio del Coordinador. Esto es, el ESS o EBSS es un proyecto incluido en el proyecto general de la obra, que es el que hay que visar. O sea, que si el proyecto lo hace un Ingeniero de Montes y el coordinador en fase de proyecto es Psic´´ologo (s´´olo se le pide que tenga la preparaci´´on en Prevenci´´on adecuada y se supone que los conocimientos de construcci´´on adecuados, digo yo) sin problemas, porque quien visa ese proyecto es el Colegio de Ingenieros de Montes, que tendr´´an que comprobar que ese proyecto lleva, en su interior, el ESS o EBSS.

    El Libro de Incidencias debe ser facilitado por el Colegio Profesional al que pertenezca el t´´ecnico que ha aprobado el Plan de Seg. y Salud (el coordinador en fase de obra o direcci´´on facultativa. art.7-2.) art 13.

    De todos modos, te pueden informar en tu Colegio Profesional.

    Salu2

    Javi

    #268060 Agradecimientos: 0
    Borregon
    Participante
    2
    mayo 2003


    No se en que trabajo estas, pero tomatelo en serio pero sin miedo.

    Es cierto lo del visado y te lo indica el Real Decreto 1627/1997 en su articulo 13.

    Suerte.

    Fdo.: Borregon

    #268061 Agradecimientos: 0
    Borregon
    Participante
    2
    mayo 2003


    Perdona no tienes que visar el proyecto pero si te entregaran el libro de incidencias en tu colegio o en la oficina de Supervision de proyectos de la administracion si es una obra de la s Administraciones Públicas.

    #268062 Agradecimientos: 0
    Borregon
    Participante
    2
    mayo 2003


    Perdona no tienes que visar el proyecto pero si te entregaran el libro de incidencias en tu colegio o en la oficina de Supervision de proyectos de la administracion si es una obra de la s Administraciones Públicas.

    Fdo.: Borregon

    #268063 Agradecimientos: 0
    mus
    Participante
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    junio 2002


    El libro de visitas siempre es facilitado por el colegio profesional al que pertenezca el tecnico que haya APROBADO el plan de seguridad. El unico tecnico capacitado para aprobar un plan de seguridad es el coordinador en materia se seguridad en la EJECUCION DE LA OBRA.

    Siempre lo que se visa es un proyecto de ejecucion de obra, junto con el estudio o estudio basico de seguridad no un plan de seguridad. No esta bien expresado el visar un plan para obtener un libro de vivitas. el orden es: proyecto de obra, realizacion del estudio y esto se lleva a visar. Una vez visado hay que hacer el plan de seguridad ( por parte de las contratas) y entregarlo al coordinador para que lo apruebe y es este el que en nombre del promotor da comunicacion de apertura de centro de trabajo, y peticion del libro de incidencias ensu colegio profesional.

    espero que te ayude algo

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