Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 21)
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  • #7563 Agradecimientos: 0
    Preveton
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    septiembre 2007


    Hace falta que el colegio te vise el acta de aprobación, o simplemente es un tramite para respaldar dicha aprobación.

    #117993 Agradecimientos: 0
    Ton Viable
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    agosto 2007


    El RD 1627/1997 no dice que tenemos que tener el acta visada, de hecho ni escrita y podemos llegar al extremo de aprovar un Plan verbalmente. A efectos prácticos el Acta sin visar nos puede llevar contratiempos en los tramites de Apertura del Centro de Trabajo.

    #117994 Agradecimientos: 0
    Manolo277
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    noviembre 2007


    Yo creo que es conveniente, pero quizá no necesario, dependerá de si tu colegio puede negarse a darte el Libro de Incidencias sin él.

    Otra cuestión que debes tener en cuenta es que, caso de que tengas contratado un seguro de responsabilidad civil, estés completamente cubierto solo con la nota de encargo de tu actuación profesional pero sin el visado del acta de aprobación del PSS.

    #117995 Agradecimientos: 0
    Manolo277
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    noviembre 2007


    En algunos colegios profesionales (no sé si en todos) es obligatorio presentar el acta de aprobación del PSS para que te concedan el visado de la Coordinación de Seguridad y Salud. Te piden, en total:

    – Nota de Encargo-Presupuesto y Escrito de gestión de cobro (Si ya se ha contratado esta actuación con el Estudio/Estudio Basico de Seguridad, no será necesaria)

    – Acta de Aprobación del Plan se Seguridad
    Comunicación de Actuación Profesional

    – Comunicación de Actuación Profesional

    – Resumen del presupuesto de Ejecución Material y del Plan de Seguridad

    – Copia del Estudio/Estudio Básico de Seguridad y Salud si este ha sido realizado por un profesional distinto a un Aparejador y/o Arquitecto Técnico

    – En caso de gestión de cobro a través del Colegio se presentará copia del contrato de prestación de servicios

    #117996 Agradecimientos: 0
    Nortegrande
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    noviembre 2007


    Desconozco el tema por que soy de Chile.

    #117997 Agradecimientos: 0
    Fran11326
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    enero 2002


    No existe normativa de prevención de riesgos laborales en la que esto se indique.
    Si reseñar que tal y como se puedan dar problemas con los colegios profesionales o con Inspección de Trabajo, acostumbrados a un modus operandi establecido y del cual, variación alguna supone bloqueo de proceso.

    #117998 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    91
    92
    enero 2003


    Experto

    No, el visado no se suele realizar.

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #117999 Agradecimientos: 0
    frusti
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    noviembre 2007


    NO es obligatorio el visado del acta de coordinacion, si bine es muy conveniente su visado a efetcos de justificar tu trabajo como coordinador de seguridad, ya que esta es la unica profesion en la que tenemos que justificar que hemos hecho nuestro trabajo.

    #118000 Agradecimientos: 0
    eusebiojjr
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    0
    agosto 2007


    La única razón para el visado del acta de aprobación es que te den el libro de incidencias, lo demás son invenciones ya que la ley no dice en ningún sitio que se deba visar.
    Si tu seguro es en el colegio, pues sería conveniente pero si tienes un seguro por una empresa o por tu parte, para nada es necesario.

    #118001 Agradecimientos: 0
    lerenda
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    noviembre 2005


    como que verbalmente??????????
    las palabras se las lleva el viento y el 1627/97 dice que el PSS debe ser aprobado por el coordinador y verbalmente no demuestras nada de nada.

    #118002 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿No lo demuestra, quien?

    ¿A quien le intersa demostrar que el PSS está aprobado?

    ¿Al CSS?

    ¿A este le basta con declarar que asi lo ha hecho?

    Otra cosa es que no “haya pasado por el colegio” su acta de aprobación y el colegio en una mal dada no “quiera hacerse cargo” de la responsabilidad civil del técnico (no es exactamente asi, pero para entendernos).

    #118003 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: perdón, sobran dos signos de interrogación:

    “A este le basta con declarar que asi lo ha hecho”

    #118004 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Icm, la aprobación del plan de seguridad y salud por parte del coordinador o, en su caso, de la dirección facultativa debe quedar documentada.

    #118005 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    No digo que no, lo que digo es ¿a quien le interesa que quede documentada?

    Al coordinador, salvo en lo que se refiere ante su propio colegio, le da lo mismo, pues el puede demostrar que el PSS lo ha aprobado en cualquier momento.

    No hay obligación legal de hacerlo por escrito. La “obligación” de aprobar el PSS mediante acta, es una “obligación impuesta” por los interesados de que asi se haga:

    1. Por el Promotor, para poder justificar que el CSS cumple con una de sus obligaciones (de esta forma queda mas o menos “cubierto” frente a una sanción por el incumpliento del CSS de una de sus obligaciones)

    2. Por el Contratista (en este caso no se puede llamar obligación impuesta sino mas bien solicitud), pues asi se lo exigen a él para poder ralizar la apertura de centro de trabajo.

    #118006 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    No estoy de acuerdo en que no hay obligación legal de hacerlo por escrito.

    Guía técnica del 1627:

    “La aprobación del plan de seguridad y salud en el trabajo por parte del coordinador o, en su caso, de la dirección facultativa debe quedar documentada. “

    De hecho, en los anexos de la citada guía técnica aparecen varios modelos de acta de aprobación.

    Por si me dices que es no vinculante (en este caso, no lo creo):

    R.D 1727.

    Artículo 13. Libro de incidencias.
    En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto.

    El libro de incidencias será facilitado por:

    El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.

    El colegio no te va a dar el libro por decir verbalmente que lo apruebas (hay que mojarse un poquito…).

    Y si es obligatorio que el libro lo aporte el Colegio:

    “El libro de incidencias será facilitado por:

    El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.”,

    excepto en obras de las administraciones públicas.

    Es una obligación del CSS aprobar el plan. Nada se puede aprobar de palabra.

    También se impone el sentido comuún.

    Saludos.

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