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  • #33205 Agradecimientos: 0
    El perchas
    Participante
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    julio 2004


    Tengo un trabajador que ocupa el puesto de conductor de productos peligrosos (conduce una cuba de 25.000 litros). Tiene su certificado ADR correspondiente. La empresa con la que tengo concertada la Vigilancia de la Salud me indica que es necesario realizarle una analítica de sangre para poder emitir un certificado de aptitud para su puesto de trabajo. El trabajador, esgrimiendo sus creencias religiosas, no permite que le realicen la extracción de sangre correspondiente.

    Teniendo en cuenta que no hay posibilidad de recolocar a este trabajador en otro puesto de trabajo, ¿que puedo hacer para asegurar que su estado de salud es correcto para ocupar su puesto de trabajo?, si el SPA con el que concierto la vigilancia de la salud no le da la aptitud ¿que problemas podría tener la empresa si el trabajador continuase conduciendo el camión y sufriese un accidente?

    #237444 Agradecimientos: 0
    Antares
    Participante
    0
    marzo 2002


    El tema es de fácil resolución si las partes implicadas están dispuestas a ello, pero como no lo parece te aconsejo que hagas esta pregunta por escrito a la Autoridad Sanitaria y a la Autoridad Laboral reponsables de tu CCAA, haciendo uso de tu derecho a obtener respuesta escrita según la Ley de Procedimiento Administrativo. Si tomas la decisión por tu cuenta te llamarán desde inepto a racista, así que no te compliques, que las instancias superiores son las responsables del desarrollo legislativo. Suerte.

    #237445 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:

    Si un paciente no quiere que le examine, no le examino, pero tampoco le doy el “apto para su trabajo habitual”. El trabajador es “no apto” porque se niega a pasar el reconocimiento. Si se accidenta y se demuestra que tenía una enfermedad que no se detectó y tuvo que ver con el accidente, está claro que no debía estar conduciendo el vehículo. Si el accidente lesiona a otro trabajador, se deben pedir responsabilidades a la empresa por permitir que se trabajase en condiciones inseguras.

    Un saludo

    Javier

    #237446 Agradecimientos: 0
    Aguere
    Participante
    0
    junio 2004


    Mira, yo en esto soy totalmente radical (entre otras cosas porque tengo policías “a mi cargo”) Para mí sólo es apto quien así resulta tras pasar un reconocimiento. Y quien no es apto, es NO APTO por defecto. Y punto. No se puede someter a nadie a procedimiento diagnóstico ni terapéutico alguno en contra de su voluntad, pero esa negativa puede tener consecuencias administrativas (y si no, prueba a negarte a soplar en el alcoholímetro de los picoletos, para que veas qué bien te va). Ni religión ni gaitas. Además precisamente ese trabajo puede entrañar riesgos para terceros, por lo que queda plenamente excluído de la voluntariedad del reconocimiento, según el artículo 22 de la Ley 31/95. Conclusión: NO APTO y a la calle (despido procedente por falta muy grave contra la normativa de PRL)

    Lo advertí: soy muy radical en esto. Recuerda que las empresas no van a la cárcel, a la cárcel van las personas físicas.

    #237447 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
    0
    octubre 2003


    En la mayoría de los reconocimientos se suele hacer análisis por complacencia, por herencia de los antiguos reconocimientos cutres de las Mutuas, que servían para descargar de un gasto a la Seguridad Social.

    Pero, en mi opinión, son necesarios para personas como conductores o trabajadores en alturas, en los que hay que descartar procesos como una diabetes, en los que una descompensación puede ser causa de accidentes muy graves.

    Si el trabajador se niega a someterse a esas pruebas mínimas, pues sencillamente no está en condiciones de ser contratado.

    Si la empresa accede a mantener la relación laboral sin reconocimiento, si hay un accidente, la responsabilidad es de la empresa mientras no se muestre un certificado en el que el trabajador la asuma.

    ¿Los musulmanes no se hacen análisis de sangre? Qué lástima. Supongo que en sus países de origen los médicos estarán hasta las narices.

    Un saludo,

    #237448 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
    0
    junio 2004


    En primer lugar quien indica el contenido del Reconocimiento laboral que se debe realizar al trabajador no es la empresa contratante sino el Medico del trabajo. En segundo lugar el Exámen de salud por Ley es de caracter voluntario salvo las excepciones que marca la ley. En este caso podria ser una excepción que a propuesta tuya debe ser aprobada por el comite. En este caso el trabajador debe realizar de forma obligada las pruebas minimas que para sus riesgo tu creas conveniente para darle la Aptitud para su puesto de trabajo.

    Si TÚ como medico del trabajo crees que para darle la aptitud al trabajador (Conductor vehiculo pesado con mercancias muy peligrosas y que necesitas descartar que sea diabético?) y el trabajador se niega a realizar alguna prueba que tu crees fundamental en tu informe debes de poner que el trabajador se niega a realizar estudios fundamentales en TU opinión para valorar su aptitud al puesto de trabajo y no decantarás sobre la misma en base a la no realización de dichas pruebas.

    La empresa deberá decidir entonces en base a dicha situación el camino a seguir y entonces el conflicto está servido. Si yo fuera el empresario y a traves del comite le haria varias advertencias por escrito comentandole la necesidad de tener una aptitud para el puesto de trabajo de gran responsabilidad que tiene y si se sigue negando y siempre a traves del comite le sancionaria de inicio con dias sin sueldo y al final con el despido procedente.

    Pienso que ningun juez puede permitir que por ideas religiosas o de otra indole haya un trabajador con grandes responsabilidades a terceras personas realice un trabajo para el que no certifica su aptitud fisica y psiquica en base a negarse a la realización de un examen de salud basico y pruebas totalmente incruentas.

    Un saludo

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  • El debate ‘ Vigilancia de la salud a personas que profesan la religión islámica’ está cerrado y no admite más respuestas.