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  • #428768 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
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    92
    enero 2003


    Experto

    @miguelom wrote:

    Caragola, tu con tal de mantener un foro solamente discutes y disutes. Como no va a ser importante que se quite la autorización a los SPA malos, que no cumplan con sus obligaciones y que se publicite para que todos lo conozcan y lo que es mas para que todos conozcamos las malas praxis de algunas personas que hoy pierden una acreditación con un nombre y mañana la consiguen con otro nombre.

    Pues, amigo miguelon, es así. Si un SPA lo hace mal, lo pillan, lo cierran y mañana sale con otro nombre, poco podemos hacer, ya que al salir con otro nombre, tambien saldrá con otro cif, etc.etc.

    Lo que no puede hacer es salir con caras nuevas, ni podrá ocultar su “modus operandi”, por tanto, tarde o temprano caerá por si solo, incluso cambiando de oficio.

    Por tanto, las listas sirven, pero poco pueden hacer en el tema que nos ocupa, al menos eso creo.

    A Jormaot, lo unico que le preocupa es hacer las cosas bien y demostrar a los no acreditados cómo se deben hacer las cosas, si es que se pueden hacer… Supongo que tambien le preocupa perderse una ganancia en los tiempos que corren, si puede existir alguna solución ¿no?

    Si con lista de incumplidores en la mano y casos de incumplimientos, nos sirve de guía y en algo tenemos un desliz, habremos fracasado. Entonces el camino más seguro es una consulta concreta y por escrito a la Autoridad Laboral.

    Lo que ya sabemos, es lo que pone la Ley, por ejemplo lo que ya han puesto en el hilo de los reconocimientos médicos sin la ER: “un SPA pierde clientes todos los días por no aceptar tal situación”…

    Yo creo que es preferible ganar menos pero que nadie pueda “señalarte con el dedo” que ganar hoy para perder mañana.

    Sobre lo otro, miguelon, todos tenemos derecho a opinar y a recibir una respuesta cuando preguntamos, y si te molesta, no es mi intención, lo siento.

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #428769 Agradecimientos: 1
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    @miguelom wrote:

    Caragola, tu con tal de mantener un foro solamente discutes y disutes. Como no va a ser importante que se quite la autorización a los SPA malos, que no cumplan con sus obligaciones y que se publicite para que todos lo conozcan y lo que es mas para que todos conozcamos las malas praxis de algunas personas que hoy pierden una acreditación con un nombre y mañana la consiguen con otro nombre.

    Pues, amigo miguelon, es así. Si un SPA lo hace mal, lo pillan, lo cierran y mañana sale con otro nombre, poco podemos hacer, ya que al salir con otro nombre, tambien saldrá con otro cif, etc.etc.

    Lo que no puede hacer es salir con caras nuevas, ni podrá ocultar su “modus operandi”, por tanto, tarde o temprano caerá por si solo, incluso cambiando de oficio.

    Por tanto, las listas sirven, pero poco pueden hacer en el tema que nos ocupa, al menos eso creo.

    A Jormaot, lo unico que le preocupa es hacer las cosas bien y demostrar a los no acreditados cómo se deben hacer las cosas, si es que se pueden hacer… Supongo que tambien le preocupa perderse una ganancia en los tiempos que corren, si puede existir alguna solución ¿no?

    Si con lista de incumplidores en la mano y casos de incumplimientos, nos sirve de guía y en algo tenemos un desliz, habremos fracasado. Entonces el camino más seguro es una consulta concreta y por escrito a la Autoridad Laboral.

    Lo que ya sabemos, es lo que pone la Ley, por ejemplo lo que ya han puesto en el hilo de los reconocimientos médicos sin la ER: “un SPA pierde clientes todos los días por no aceptar tal situación”…

    Yo creo que es preferible ganar menos pero que nadie pueda “señalarte con el dedo” que ganar hoy para perder mañana.

    Sobre lo otro, miguelon, todos tenemos derecho a opinar y a recibir una respuesta cuando preguntamos, y si te molesta, no es mi intención, lo siento.

    No te entiendo y dejo este foro porque creo que simplemente estas dando guerra para que salgas mas veces.

    No conozco listas de SPA que hayan perdido la acreditación, ¡ni me interesa! eso ni me satisface ni me irrita, ni nada de nada. Tampoco me sirve para nada…

    Esto decias en un comentario anterior y luego que hay que enseñarles y luego que consultes a la inspección y luego que para que, y luego que no sirve y luego que es lo mejor……. aclarate, no engañes a la audiencia, si eres asesor pues muy bien, no necesitas acreditación mas que para las cosas que se necesitan, si no la tienes pues tu sabrás, conmigo no cuentes,pero dejar de ser un veleta aunque en las baleares la utilicéis poco.
    Adios te olvido

    #428770 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Amigo Miguelom:

    ¡no te pongas así! si lees con detenimiento y dejas de lado un poco la “irá” que parece que me tienes, te darás cuenta de lo que está pasando.

    Y por cierto, ¿de donde has sacado que en les Illes Balears no tengamos veletas, molinos de viento, etc.? pasate un día y te lo enseño y de paso tomamos unas cañas…

    Un saludo

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #428771 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    Amigo Miguelom:

    ¡no te pongas así! si lees con detenimiento y dejas de lado un poco la “irá” que parece que me tienes, te darás cuenta de lo que está pasando.

    Un saludo

    Perdona pero no me pongo de ninguna manera, creo que simplemente estas tratando de sacar publicidad gratuita, y es mi opinión y si no te gusta lo siento. Adema tus criterios técnicos no me parecen correctos pero son los tuyos pero tengo el derecho, como tu, de exponer mi opinión y si no te gusta lo siento. Estas interviniendo en todos los foros, en unos dices a en otros dices b luego corriges, que bueno, que malo y todo, creo con el único fin de dar a conocer tu web, tus maravillosos, estudios, trabajos, lo bueno que eres. Date a conocer todo lo que quiera pero no “me insultes” y no se lo que esta pasando salvo que quieres pelea para promocionarte. Yo prohibiría, si es que no lo esta, la cita de paginas web comerciales. Solo te falta un gran banderín. Ah y se me olvidaba de informática se mas que tu, seguro. Pero de verdad olvidame no me respondas, salvo a comentarios profesionales de PRL.

    #428772 Agradecimientos: 1
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    @caragola wrote:

    Amigo Miguelom:

    ¡no te pongas así! si lees con detenimiento y dejas de lado un poco la “irá” que parece que me tienes, te darás cuenta de lo que está pasando.

    Y por cierto, ¿de donde has sacado que en les Illes Balears no tengamos veletas, molinos de viento, etc.? pasate un día y te lo enseño y de paso tomamos unas cañas…

    Un saludo

    Ves como no te enteras, no he dicho que no tengáis veletas he dicho que las usáis poco, y por cierto ¿porque crees que conozco las baleares?

    #428773 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @miguelom wrote:

    @caragola wrote:

    Amigo Miguelom:

    ¡no te pongas así! si lees con detenimiento y dejas de lado un poco la “irá” que parece que me tienes, te darás cuenta de lo que está pasando.

    Y por cierto, ¿de donde has sacado que en les Illes Balears no tengamos veletas, molinos de viento, etc.? pasate un día y te lo enseño y de paso tomamos unas cañas…

    Un saludo

    Ves como no te enteras, no he dicho que no tengáis veletas he dicho que las usáis poco, y por cierto ¿porque crees que conozco las baleares?

    Para algunas cosas te fijas hasta en los puntos y los acentos… para otras, parece que lees palabras sueltas….

    Lo que no entiendo es que me digas que me vas a olvidar y sigues y sigues… repito, no lo entiendo, pero tú verás que haces… por supuesto no voy a ser yo el que te diga ¿por qué no te callas?

    Luego terminas formulándome una pregunta… ¡mi sigue sin entender na de na!, pero por respeto contesto: “si hablas de que en Baleares usamos poco las veletas, será que algo conoces de las Baleres, hayas estado o no, ¿o hablas sin saber?

    Sobre la informática, el que vuelve a hablar sin saber, eres tú. No he dicho que sepa yo más que tú, probablemente sepas más que yo, no lo discuto. Sencillamente que si no sabes eliminar textos en los post, y eso lo has dicho tú, no yo, ni te has leido las instrucciones, porque sino lo sabrías hacer, pues me da la impresión de eso, pero si te he molestado, lo siento, no era mi intención.

    Referente a la publicidad que tanto hablas y te repites más que un loro o un cucu, ya he contestado reiteradas veces. “Nos perderiamos muchas cosas si se prohibiese cualquier mención a lo que se vende, por ejemplo el SYAM, etc.” pero parece ser que a algunos que critican a los demás, lo unico que le interesan es que nadie pueda poner cosas mejores a las que ellos dicen…..

    En cualquier caso, ¿”porque no se prohibe prohibir“? me parece que cojeas un poco del extremo de la pierna derecha, ojo, digo que me parece, si me equivoco, lo siento. Pero tampoco sere yo el que limite la expresión de nadie.

    Si participo en todos los foros, será por algo, salvo tus alusiones, que debo contestar, lo demás es solo PRL.

    Ya te he dicho que cuando quieras te pasas por aqui, que te invito a unas cañas y te domostraré que esa “irá” es ficticia… ¡amigo!

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    #428774 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @miguelom wrote:

    [en hilo de “posturas elegidas para estudio ergonomico puesto de trabajo”]
    Caragola
    Esta clarísimo hay que aplicar el criterio técnico que mejor se ajuste a lo que se quiera hacer, si hay que evaluar se evalúa, si no se aplica el principio de identidad, esto es igual a aquello otro y al final ya esta.
    Gracias por tus comentarios son fabulosos.

    vs

    @miguelom wrote:

    …/… lo siento. Adema tus criterios técnicos no me parecen correctos

    ¿…??????

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    #428775 Agradecimientos: 0
    jomaot2
    Participante
    1
    noviembre 2013


    Buenos dias: me gustaria retomar el caso tras una reunion que hemos mantenido ambas empresas. Os recuerdo el tema:

    Empresa A: entidad formadora NO acreditada como SPA.
    Empresa B: SPA acreditado por la autoridad laboral.

    Hemos decicido que la empresa A gestione, organice y facture a sus empresas clientes las formaciones de PRL.

    La empresa B ( SPA) imparte las formaciones con formadores propios o autonomos externos, por tanto el SPA emite factura a empresa A ( ejemplo 1000 €) en concepto de imparticion de formacion en PRL , a su vez la empresa A emite a empresa cliente 1000€ en concepto de imparticion de formacion mas 200 € ( ejemplo) en concepto de organizacion de la formacion.

    Lo hacemos asi ya que es la empresa A la que consta como empresa proveedora y la empresa B ( SPA) no figura como empresa proveedora de la empresa cliente.

    La empresa B y la empresa cliente firman un contrato de prestacion de servicios de Formacion en PRL ( ya que el resto de actividades de PRL la tienen con otros SPAs).

    Como veis el tema? os parece que cumple todos los requisitos legales.

    En definitiva, la empresa B y la empresa cliente les vincula un contrato de formacion en PRL y realmente la empresa B ( SPA acreditado) es la que imparte la formacion, veis como un problema que facturemos a traves de la empresa A que gestiona las formaciones ??

    Gracias otra vez por vuestras aportaciones. Siento el rollo que os estoy metiendo…

    #428776 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @jomaot2 wrote:

    Buenos dias: me gustaria retomar el caso tras una reunion que hemos mantenido ambas empresas. Os recuerdo el tema:

    Empresa A: entidad formadora NO acreditada como SPA.
    Empresa B: SPA acreditado por la autoridad laboral.

    Hemos decicido que la empresa A gestione, organice y facture a sus empresas clientes las formaciones de PRL.

    La empresa B ( SPA) imparte las formaciones con formadores propios o autonomos externos, por tanto el SPA emite factura a empresa A ( ejemplo 1000 €) en concepto de imparticion de formacion en PRL , a su vez la empresa A emite a empresa cliente 1000€ en concepto de imparticion de formacion mas 200 € ( ejemplo) en concepto de organizacion de la formacion.

    Lo hacemos asi ya que es la empresa A la que consta como empresa proveedora y la empresa B ( SPA) no figura como empresa proveedora de la empresa cliente.

    La empresa B y la empresa cliente firman un contrato de prestacion de servicios de Formacion en PRL ( ya que el resto de actividades de PRL la tienen con otros SPAs).

    Como veis el tema? os parece que cumple todos los requisitos legales.

    En definitiva, la empresa B y la empresa cliente les vincula un contrato de formacion en PRL y realmente la empresa B ( SPA acreditado) es la que imparte la formacion, veis como un problema que facturemos a traves de la empresa A que gestiona las formaciones ??

    Gracias otra vez por vuestras aportaciones. Siento el rollo que os estoy metiendo…

    Lo importante es que la empresa B sea la que gestione los cursos y emita los dipomas, y siempre, repito (ya me canso de mí misma tanto repetir 😆 😆 ) que no sea formación del art. 19!!!!

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    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #428777 Agradecimientos: 0
    Chain
    Participante
    1
    0
    agosto 2004

    Iniciado

    @jomaot2 wrote:

    Buenos dias: me gustaria retomar el caso tras una reunion que hemos mantenido ambas empresas. Os recuerdo el tema:

    Empresa A: entidad formadora NO acreditada como SPA.
    Empresa B: SPA acreditado por la autoridad laboral.

    Hemos decicido que la empresa A gestione, organice y facture a sus empresas clientes las formaciones de PRL.

    La empresa B ( SPA) imparte las formaciones con formadores propios o autonomos externos, por tanto el SPA emite factura a empresa A ( ejemplo 1000 €) en concepto de imparticion de formacion en PRL , a su vez la empresa A emite a empresa cliente 1000€ en concepto de imparticion de formacion mas 200 € ( ejemplo) en concepto de organizacion de la formacion.

    Lo hacemos asi ya que es la empresa A la que consta como empresa proveedora y la empresa B ( SPA) no figura como empresa proveedora de la empresa cliente.

    La empresa B y la empresa cliente firman un contrato de prestacion de servicios de Formacion en PRL ( ya que el resto de actividades de PRL la tienen con otros SPAs).

    Como veis el tema? os parece que cumple todos los requisitos legales.

    En definitiva, la empresa B y la empresa cliente les vincula un contrato de formacion en PRL y realmente la empresa B ( SPA acreditado) es la que imparte la formacion, veis como un problema que facturemos a traves de la empresa A que gestiona las formaciones ??

    Gracias otra vez por vuestras aportaciones. Siento el rollo que os estoy metiendo…

    Si la empresa “B” tiene un contrato con el cliente ¿no es ya proveedora?
    Los otros SPA están de acuerdo en modificar los contratos de SPA y como dice el RD 337 excluir del concierto de actividad preventiva “aquellas actividades que siendo obligación del SPA no quedan cubiertas por el concierto”¿¿¿???
    Para que la empresa cliente necesita a la empresa “A”, que digo yo que algo de pasta también se llevará en este tema.
    Creo que hay bastantes cosas para que este modelo que planteas no se realice y si se hace tiene bastatnes posibilidades de que alguien (autoridad laboral) lo pueda considerar como no valido
    Al menos esa es mi opinión

    #428778 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Disculpad que no aporte absolutamente nada al hilo; pero no puedo dejar pasar estas situaciones, que nada tienen que ver con prevención real, y sí con la gilipollez del actual sistema. Es de locos, y yo me niego a entrar en ello. Yo si considero que alguien da buena formación preventiva, lo contrato, y no construyo castillos ficticios para contentar al inspector de turno. Hasta ahora me ha ido bien, incluso en procesos penales. Ya está bien de tonterias

    #428779 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Buenos días Jomaot2:

    Me parece muy bien que sigas con el tema, buscando soluciones viables.

    Creo que hablas de “facturar” y eso, siempre que los dos intervinientes en esa operación comercial, esten de acuerdo, se puede hacer, siempre que la mercancía no este prohibida su venta, cosa que como ha dicho “Yanou”, siempre que no os metais en la formación del SPA (art.19 de la LPRL) se puede hacer.

    Por otro lado el dipoloma solo lo puede emitir el SPA.

    En mi caso, te puedo comentar, que me dedico por “libre” a la formación en diferentes áreas de PRL y otras, si quieres más información la puedes obtener en

    Habia perdido unos clientes importantes, empresas de formación que sin ser SPA imparten formación a las empresas, en el sector de la construcción. Pues bien, cuál ha sido mi sorpresa que estoy impartiendo cursos para estas entidades porque han obtenido un convenio con diferentes SPA. ¿Cuál es la solución adoptada? el SPA emite toda la documentación del curso, que subcontrata a la entidad formadora. Esta entidad lo imparte, para lo que tira de autonomos (yo, por ejemplo) y factura a las empresas que reciben la formación. El SPA cobra por la gestión que hace a la entidad formadora y es perfectamente justo que “la audite”.

    Conclusión: donde antes comian dos, ahora son tres… pero al final se sigue haciendo lo mismo…… hay más empresas en la linea de subcontratación y por tanto el control es más complejo….

    Un saludo

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    #428780 Agradecimientos: 1
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Buenos días.
    Vaya lío tenéis montado..jajaja.
    En primer lugar, decir que estoy de acuerdo con Delocos, que estamos perdiendo el rumbo. No estoy tan de acuerdo en que sea para contentar a algún Inspector de Trabajo. No olvidemos que son juristas e intentan aplicar lo que dice la legislación. Nunca nos metemos con el legislador, que es quien regula este “sin sentido”.
    No quiero entrar en demasiados debates, pero sí debemos de tener clara una cosa. La formación del Convenio es formación del art. 19. Esto es muy importante. Para ello hemos peleado duramente en muchos foros, porque de lo contrario la inseguridad jurídica que tenemos las empresas es bestial. Y de ahí no nos puede sacar nadie (eso sí, con las excepciones que indicaba el Subdirector General de la IT). Yo creo que esto debemos tenerlo claro.
    Por ello, esta formación solamente la pueden los servicios de prevención de las empresas o la modalidad del empresario (SPP, SPM, trabajador designado). Nos guste o no es así. Por tanto, no nos hagamos pajas mentales.
    Pero es cierto que hay entidades formativas impartiendo formación de mucha calidad. Yo creo que es perfectamente viable, en línea de lo que creo que comenta Delocos, que la formación sea impartida por estas entidades, pero siempre bajo la supervisión (contenidos, impartición “in situ”), del SPA de la empresa que está recibiendo la formación, que dicho sea de paso, en muchos casos no va a tener ni p…. idea. Pero si es formación del art. 19, nos guste o no, el servicio de prevención deberá acreditar y supervisar esta formación que imparta la entidad formativa, pues será el servicio de prevención quien conozca la empresa, los procesos existentes, equipos de trabajo, etc. Y en función de ello validará y establecerá los contenidos formativos, teniendo en cuenta por supuesto lo estipulado en el Convenio de la Construcción.
    Ya se que en la práctica esto parece ciencia ficción, pero entiendo que aquí tenemos que llegar. Creo que es fundamental que entidades formativas que tienen instalaciones impresionantes, con PEMP, autocargantes, carretillas elevadoras, etc., deben seguir impartiendo esta formación, pues a nivel práctico, suelen ser formaciones muy buenas. Pero por desgracia, la regulación por el R.D. 337 les prohibió dar la formación del convenio, seguramente por las presiones de alguna patronal. Pero entiendo que esta vía es lógica y eficaz.
    Ya me decís que opináis.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #428781 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Raymond10,

    estoy de acuerdo con lo que dices, incluso con la “teoria” en la que se basa parte de lo estipulado en la legislación vigente. Pero me han gustado mucho las frases que has puesto de:

    @Raymond10 wrote:

    “…pues será el servicio de prevención quien conozca la empresa, los procesos existentes, equipos de trabajo, etc.”

    No dudo que haya SPA que hagan su cometido perfectamente, pero sinceramente, la mayoria de las empresas que tienen un SPA contratado reciben 4 visitas al año para cuatro gestiones y firmar un monton de documentación y recibir una charla de cuatro cositas que ya se saben e incluso a veces no es correcta…

    ¿quién conoce a quién? y no lo digo yo, lo dicen muchas de las empresas con las que tengo gestiones, asociaciones empresariales, etc. etc.

    @Raymond10 wrote:

    “… Ya se que en la práctica esto parece ciencia ficción, …”

    La verdad y sin hacerse ninguna paja mental, creo que vamos para atrás, complicamos las cosas buscando “mas calidad” y al final la realidad se separa tanto de lo escrito que el término “ciencia ficción” se queda corto pero cortisimo….

    Saludos

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    #428782 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @Raymond10 wrote:

    […]
    Ya me decís que opináis.

    Opino que gente como tú debería elaborar las leyes. O al menos estar asesorada así. Y opino que, si gracias a mi propuesta lo logras, te acuerdes de ese 20% para mí… 😀

    Bromas aparte, la exclusividad del Art. 19 nos genera una indefensión muy grande por los motivos señalados.

    ¿Solución? No es la mejor, pero en aquellas formaciones donde yo, como participante de un SPA no puedo dar una buena base práctica por carecer de ella (así como de experiencia) buscamos a alguien que co-participe con nosotros en esa formación. Lo hacemos, por ejemplo, para las PEMP, donde damos la formación del convenio nosotros y luego una práctica guiada por un experto que maneja la máquina con los ojos cerrados. Estamos presentes en la práctica y certificamos esa formación práctica según art. 19.

    Creo que en este sentido la excesiva regulación es ineficaz y otras cosas en las que sí convendría tener regulación de mínimos (precios, visitas / año, etc… ) estamos “liberados” y jorobados como estamos por ello…

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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