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  • #63708 Agradecimientos: 0
    Calamacity
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    julio 2007


    A realizar el Examen preocupacional, La Mutual informa que el Trabajador está bajo tratamiento por trastorno Bipolar pero al mismo tiempo le aprueba el examen ya que el trabajador presenta un certificado de su psikiatra indicando que está apta a trabajar en faena. Trabajador debe tomar medicina.Preguntas y consejos? Entre prudencia y discriminación… Puede legalmente la empresa no seguir con el tramite de contratación a raiz de la información medical del examen y apesar de tenerlo aprobado.

    #364000 Agradecimientos: 0
    ivandj
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    agosto 2009


    HOLA…
    Mira es triste decirlo pero se corren muuchos riesgos, para el personal que va a laborar con el y hasta depronto Dios no lo quiera se convierta en un problema mayor para la empresa, lo que no explicas es cual va a ser su pueso de trabajo..para que àrea va a ser contratado, pero en mi opiniòn es demasiado riesgoso..lastimosamente padece de una emfermedad muy peligrosa para las demas personas, apesar que si psiquiatra le da el ok…

    un abrazo

    ivan vargas galeano
    BOGOTA – COLOBIA

    #364001 Agradecimientos: 0
    masic
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    abril 2009


    No conozco la legislación Chilena, pero en España esa información no debería haber llegado nunca a la empresa, de parte de los que hayan hecho el reconocimiento médico. De hecho es totalmente sancionable y las multas son elevadas.

    #364002 Agradecimientos: 0
    Alicia Dalmau Contreras
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    octubre 2008

    Iniciado

    si, justo es lo que pensaba. NO se puede saber. Pero una vez lo sabes, debería hacerse una integración correcta con la utilización de psicoterapeutas especializados, y coordinando con psiquiatris y servicios sociales…cosa que nunca se hace, simplemente se condena al trabajador a acabar haciendo las cosas mal…Profecías autocumplidoras!!

    #364003 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    En España, no es que sea totalmente sancionable, es que ES UN DELITO, y tambien es un delito utilizar por la empresa dicha informacion en perjuicio del trabajador.

    #364004 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    A ver dos temas con relación a la confidencialidad de la Información Medica:
    Cada trabajador que ingrese a una empresa debe realizar un Exmanen Preocupacional para verificar que este apta fisicamente para el puesto de trabajo a cual postula. Dificil que lo rechazan salvo en caso de sobrepeso o IMC muy alto. En este caso la Mutual que realiza este examen se respalda con un certificado de un medico internista que diga que este apata a trabajar en faena (a veces de gran altura geografica). Si sufre de otra enfermedad o ha tenido un accidente anteriomente, tambien tiene que informarlo. Fue el caso de este trastorno bipolar por lo que se le pidio al trabajador un certificado de su psiquiatra. Los resultados del examenen preocupacional siempre se informa a la empresa ya que es una exigencia legal tenerlo para ingresar a faena.
    Segundo, de una forma o otra, para poder tomar su medicina en faena, va a tener que declarar su tratamiento para poder ingresar los productos (hay control de Alcohol y Drogas) y en caso que le toque presentarse al test de orina de drogas que se realizan en forma aleatoria en las faenas.
    Dificil no enterarse de la enfermedad del trabajador.
    Ahora teniendo el examen aprobado dificil negarle al trabajador su derecho a trabajar, pero del otro lado el trastorno bipolar es un tema delicado, de poca estabilidad. El examen preocupacional se realiza antes de la firma del contrato, por lo que siempre la empresa tiene la posibilidad de no seguir con la contratación del postulante.

    #364005 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Por eso, en la matizacion que hice a Masic, indique “en España”, porque en Chile podra ser asi (desconozco su legislacion), pero en España la informacion que puede llegar a la empresa es un apto o no apto y/o la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención.

    En España difundir (por ejemplo, facilitandola a la empresa) la información médica de carácter personal ES UN DELITO castigado con penas de carcel, y hacer uso de la misma por parte de la empresa es tambien un delito castigado igualmente con penas de carcel.

    Es el medico del trabajo el que puede conocer dicha informacion y en funcion de la misma quien debe decidir (asumiendo por tanto la responsabilidad sobre dicha decision) sobre la aptitud del trabajador en relacion con el trabajo a desempeñar.

    #364006 Agradecimientos: 0
    kibara
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    marzo 2008


    Puras Barabaridades es lo que escriben perfecto que en España lo Sancionen o que en Chile no!! lo que relamente importa es que el trabajador presenta una condicion peligrosa para su entorno, ahora una evaluacion de parte de la empresa podria ser la primera parte a la solucion definitiva!! No Contratarlo!!!!

    #364007 Agradecimientos: 0
    tais
    Participante
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    agosto 2007


    La normativa en España indica que la empresa no debería saber las enfermeades del trabajador. En el reconocimiento médico para el puesto de trabajo el personal competente para la raalización del reconocimiento médico deben seguir un protocolo según el puesto de trabajo que vaya a ocupar, e indicar a la empresa solo si es apto o no, mientras que al trabajador, de manera confidencial se le expone lo que pueda padecer. Y según la legislación en España, si aún no se le ha contratado porque se trata de un examen médico inicial, sí que se puede no seguir con los trámites de contratación para ese puesto de trabajo en concreto. La legislación chilena no sé si seguirá la misma normativa o parecida.
    Saludos

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