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  • #74299 Agradecimientos: 0
    JOSE DELGADO CANO
    Participante
    1
    noviembre 2017


    Hola a todos soy nuevo en el foro, este es mi primer hilo de hecho.

    Os comento, soy Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales. Trabajo en una ett que tiene SPA y simplemente estoy aqui para coordinar la actividad entre SPA y empresa.

    La situación en la siguiente:

    tengo a un trabajador cedido a un cliente que tiene una empresa de impresión gráfica ( vinilos pancartas… etc) pues resulta que un trabajador sufrió un incidente la semana pasada por el cual la mutua le ha otorgado enfermedad profesional.
    tubo una reacción alérgica al trabajar con percloroetileno, el trabajador no ha sufrido contacto directo con el producto, pero los vapores desprendidos por el le han provocado dermatitis en la cara…

    Lo que quiero saber que no encuentro es si con ese producto se puede trabajar en una ett o esta limitado?

    Espero que vuestros comentarios me sirvan y me resuelvan la duda.

    Mil Gracias a todos

    #437874 Agradecimientos: 2
    Jbarba TPRL
    Participante
    8
    18
    julio 2005

    Iniciado

    REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal. BOE nº 47 24/02/1999

    Artículo 8. Actividades y trabajos de especial peligrosidad.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, párrafo b), de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, no se podrán celebrar contratos de puesta a disposición para la realización de los siguientes trabajos en actividades de especial peligrosidad:

    g) Trabajos que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción, de primera y segunda categoría, según el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, y el Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio, sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, y sus respectivas normas de desarrollo y de adaptación al progreso técnico.

    Ficha Percloroetileno INSHT – (Carcinogenicidad, Categoría 2 – Atención (Carc. 2) H351)

    RESUMIENDO:
    Para mi que no podría desarrollar esa actividad, aunque no manipulara directamente el producto, por estar expuesto en la zona de trabajo a un producto clasificado como cancerígeno.

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    #437875 Agradecimientos: 0
    JOSE DELGADO CANO
    Participante
    1
    noviembre 2017


    ya hemos hablado con el cliente y va a buscar un producto sustitutivo. 😉

    #437876 Agradecimientos: 0
    JOSE DELGADO CANO
    Participante
    1
    noviembre 2017


    ya hemos hablado con el cliente y va a buscar un producto sustitutivo. 😉

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