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  • #49764 Agradecimientos: 0
    OSUA2002
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    octubre 2002


    Una empresa con 400 trabajadores repartidos en 3 centros de trabajo en provincias diferentes y dedicada a actividades del Anexo I (especialmente peligrosas). ¿Deberá constituir un servicio propio de prevención?

    ¿Con que personal tiene que contar un servicio de prevención propio? ¿Pueden ser técnicos intermedios o tienen que ser técnicos superiores?

    #289744 Agradecimientos: 0
    majitobarreno
    Participante
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    abril 2002


    Si debe constituirlo, si te lees el RD 39/1997 artículo 14 lo especifica claramente, independientemente que tenga 3 centros de trabajo o 33.

    Como mínimo un servicio de prevención propio debe contar con dos de las especialidades del nivel superior descritas en el capítulo VI del mismo RD.

    #289745 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Sí, debe tener SPP. Debe contar con al menos dos especialidades de nivel superior.

    Otra cosa es como se reparta el nº de técnicos según el volumen de trabajarores en cada uno.

    saludos.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #289746 Agradecimientos: 0
    Coordinator
    Participante
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    mayo 2002


    SI. Mínimo personal: un técnico con dos especialidades o dos técnicos con una especialidad diferente cada uno. Se debería subcontratar las otras dos especialidades. La inspección de Trabajo puede determinar que eso no es adecuado o suficiente dependiendo del trabajo que tenga llevar la prevención, co el dato de 400 trabajdores no puedo concretarte más. Debe de haber al menos un técnico superior que respalde a los técnicos intermedios y se deben de haber cubierto al menos dos especialidades. trambién necesitarias unas instalaciones mínimas y un equipamiento mínimo dependiendo de la especialidad. Dile a tu empresa que se acredite rápido que le puede caer un buen paquete.

    #289747 Agradecimientos: 0
    csalonso
    Participante
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    octubre 2002


    Respecto a la primera parte de tu pregunta pienso que si los tres centros de trabajo tienen el mismo CIF -es decir que son una única empresa- sí.

    En cuanto a la segunda cuestión que planteas, debes consultar con la inspección de trabajo, pero con carácter general el RSP dice si mal no recuerdo que:

    Un SPP contará con al menos dos especialidaes asumidas dentro de las cuatro -Seguridad, Higiene, Ergonomía y Medicina del Trabajo-, es decir debe contar con al menos un técnico de nivel superior -de los que habla el RSP y no de los de FP, en dos especialidades. Si una de las especialidades asumidas es Medicina del trabajo, se debe contar con un médico especialista del trabajo y un DUE de empresa -enfermero con curso de enfermería del trabajo-; además de todo esto se deberá contar con los medios adecuados según los riesgos y las especialidades asumidas o concierto con una entidad externa que permita disponer de ello en régimen de alquiler -los aparatos de higiene no tienen que ser propiedad de empresa pero debe de asegurarse que se dispone de posiblilidad de usarlos cuando se requiera-.

    #289748 Agradecimientos: 0
    cristina
    Participante
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    julio 2001


    Sis e debe constituir un SPA con dos especialidades por lo menos, el resto lo puedes subcontratar. Salu2

    #289749 Agradecimientos: 0
    Antalgon
    Participante
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    junio 2002


    El criterio para determinar “que es una empresa”, es el CIF.

    Tu empresa tiene 3 centros.

    Si cada centro tiene un CIF, lo deberás considerar como una empresa.

    Como las actividades corresponden al anexo I, deberás tener un SPP cuando sobrepases los 250 trabajadores.

    UIn SPP, debe asumir como mínimo 2 especialidades (a elegir), que deben estar desarrolladas, como mínimo por un técnico de nivel superior con la especialidad que corresponda. En principio, un técnico por especialidad; aunque en la Comunidad de Madrid se admite la doble titulación. Esto es: un solo técnico puede desarrollar dos disciplinas.

    Pos otra parte, las ACTIVIDADES que no asumas, deberás concertarlas con la Mutua o con un SPA

    #289750 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
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    agosto 2001


    Si, es obligatorio para toda empresa de más de 250 trabajadores que desarrollen actividades comprendidas en el Anexo I del RD39/95.

    El servicio de prevención debe contar como mínimo con técnicos “suficientes” que cubrán al menos 2 especilidades pudiendo subcontratar las otras 2 a una entidad externa.

    Un saludo.

    #289751 Agradecimientos: 0
    jaimensal
    Participante
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    octubre 2002


    La opción de constituir un Servicio de Prevención Propio -SPP- es obligado cuando la plantilla esté entre 250 y 500 trabajadores y la actividad que desarrolle esté incluida en el Anexo 1.

    El SPP debe constituir una unidad organizativa específica dentro de la empresa y el RSP exige una dedicación exclusiva a la actividad preventiva a cada uno de los miembros que la compongan.

    El SPP debe contar con medios humanos suficientes para desarrollar, como mínimo, dos de las especialidades preventivas siguientes: Medicina del Trabajo, Seguridad del Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología aplicada. Las actividades preventivas que no sean asumidas por la empresa deberá concertarlas con uno o varios Servicios de Prevención Ajenos. El SPP deberá contar con profesionales acreditados de los niveles básico e intermedio.

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