- Este debate tiene 7 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 11 meses por Aitor- TSPRL.
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Buenos días.
Estoy con las nuevas disposiciones del RD 171 de coordinación pensando en la manera de desarrollar la figura del coordinador de prevención.
Se me ha ocurrido la posibilidad de formar un servicio de prevención mancomunado entre las empresas que hay en obra, de manera que al trabajar todas en un mismo centro de trabajo se ejecute la prevención para todas por medio del SPM.
Lo pienso porque tenemos empresas pequeñas a las que es bastante complicado seguir porque no tienen nada claro respecto a la PRL.
Es triste pero es así.
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Estas mezclando cosas que no tienen nada que ver. El RD 171 de coordinación hace referencia expresa a empresas que no son de construcción. En construcción tienen su propio RD el 1627 que establece la figura del Coordinador de Seguridad en Obra y lo único que añade el 171 es la figura del recurso preventivo en situaciones de riesgo en las obras (para que el Coordinador siga en lo suyo, en otra parte). Las empresa pequeñas no lo tienen tan complicado si son bien asesoradas y no compiten en precios con los costes de prevención del presupuesto de la obra.
Mi opinión y es sólo eso, es que a pesar de que la idea es buena, en pos de realizar prevención en obra y mejorar los niveles actuales, es inviable, porque la idea de un SPM está pensado para centros de trabajo fijos, como pueda ser un polígono industrial en el que varias industrias del mismo sector se unen para poner en práctica la prevención o similar, es decir, el radio de acción del SPM es pequeño. Pongamos el caso que todas las empresas de tu obra optan por el SPM, qué ocurre cuando esas empresas actúan en diferentes obras o lo que es lo mismo en otros centors de trabjo? Pues simplemente que estarían incumpliendo el RD 39/97 Art. 21 Servicios de prevención mancomunados. 1. Podrán constituirse servicios de prevención mancomunados entre aquellas empresas que desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial, siempre que quede garantizada la operatividad y eficacia del servicio en los términos previstos en el apartado 3 del artículo 15 de esta disposición.
Debiendo optar entonces o por otro SPM o contratar un SPA, cuando lo reglamentado es claro, o trabajador desigando, o SPP o SPM o SPA, en definitiva, una única modalidad preventiva para cada empresa, no varias.
Agradezco las respuestas.
El asunto es más bien como apunta Xirgu: crear un SPM por cada obra.
Además, se establece que se deben desarrollar mínimo 2 especialidades y el resto se debe contratar con un SPA.
EL tema es que así se podría designar como presencia de recursos preventivos y coordinador de prevención a una misma persona, o sea, yo. La idea es evitar demasiado papeleo y poder hacerlo más práctico y a pie de obra.
Respecto a otros centros de trabajo que no son obras, ya tengo eso en marcha, como coordinador de prevención.
Saludos
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https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Como ya te comenté, la idea es buena pero a veces las buenas ideas están reñidas con la reglamentación vigente y con la opinión de algunos Inspectores de Trabajo, que al final son los que tienen la sartén por el mango. Si consigues hacer algo bueno, bonito y barato, espero que lo expongas en el foro.
No es practico montar un SPM para una obra porque los trámites y requisitos exigidos son muchos y la autoridad laboral tiene que dar su visto bueno, cosa que suele tardar.
Creo que es mucho más fácil y practico tener nombrar buenos cordinadores o contratar un SPA con experiencia para que desarrolle ese trabajo.
Un saludo.
¡Que bien! Buena idea.
Buenos días. Estimado compañero, te voy a contar mi experiencia con la “Autoridad Laboral”
Hace ya un año y medio propuse la creación de un Servicio mancomunado entre las 6 empresas del holding en el que trabajo, ya que me iban dando de alta y baja en cada una para poder hacer la PRL.
Les propuse que me dejaran en la empresa “raíz” y crear un SPM.
Lo hicimos…..y al consultar con la autoridad laboral y la que lleva estos temas en la Comunidad de Madrid, o sea, el Instituo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, me dijeron que lo único que tenía que hacer era un documento donde se expusiera las empresas que participaban en el SPM, el % de tiempo dedicado a cada una, las personas que iban a integrar el SPM, cualificaciones y la firma de los representantes de las empresas.
No tenía que mandárselo ni nada, sólo tenerlo en las oficinas a disposición de la autoridad laboral. No me lo quisieron coger ni nada.
Así que el único trámite hasta la fecha, que yo sepa, es rellenar una hojita con esos datos y guardarla.
Ahora, que cada uno es como es y nos puede llegar un inspector y decir que eso no está bien así….en fin…..
Saludos
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