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  • #56808 Agradecimientos: 0
    nuriams82
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    diciembre 2006


    Buenas tardes, ¿alguien sabe hasta que punto se puede seguir aplicando el Decreto 31/2003 (Reglamento de Incendios de la Comunidad de Madrid) ya que está parcialmente derogado por el Tribunal superior de Justicia por tema de competencias entre la Comunidad Autónoma de Madrid y el Estado?.

    No se si a nivel técnico, las medidas que allí se exponen deben aplicarse. En ese decreto se indican muy bien detallados los aspectos a aplicar por cada uno de los usos de los edificios, cosa que no he visto en ninguna legislación vigente. Por tanto, no se si a nivel técnico pueden obligarse o al menos recomendarse las medidas allí propuestas.

    A ver si alguien me puede sacar de dudas, un saludo.

    Nuria Millán

    #315748 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

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    La Reglamentación que actualmente está en vigor es el Código Técnico de la Edificación en su Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendios (SI) y Seguridad de Utilización (SU). Salvo para los usos industriales que es de aplicación el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales. Saludos.

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