Buenas tardes, ¿alguien sabe hasta que punto se puede seguir aplicando el Decreto 31/2003 (Reglamento de Incendios de la Comunidad de Madrid) ya que está parcialmente derogado por el Tribunal superior de Justicia por tema de competencias entre la Comunidad Autónoma de Madrid y el Estado?.
No se si a nivel técnico, las medidas que allí se exponen deben aplicarse. En ese decreto se indican muy bien detallados los aspectos a aplicar por cada uno de los usos de los edificios, cosa que no he visto en ninguna legislación vigente. Por tanto, no se si a nivel técnico pueden obligarse o al menos recomendarse las medidas allí propuestas.
A ver si alguien me puede sacar de dudas, un saludo.
Nuria Millán