• Este debate tiene 9 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años por Carxo.
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  • #53482 Agradecimientos: 0
    Jujobar
    Participante
    0
    diciembre 2001


    En mi empresa se van a realizar reconocimientos médicos. Tenemos turnos de mañana y tarde, pero en la mutua solo están por la mañana. La pregunta es si el tiempo de los trabajadores que acuden al mismo cuando trabajan por la tarde, es a su costa o debe el empresario compensar ese tiempo.

    Un saludo,

    #302993 Agradecimientos: 0
    pl
    Participante
    0
    abril 2002


    todas as despesas inerentes á avaliação médica, incluindo as deslocações e tempo são da responsabilidade do empregador.

    #302994 Agradecimientos: 0
    Zarra
    Participante
    0
    abril 2002


    los reconocimientos médicos son por cuenta de la empresa.

    #302995 Agradecimientos: 0
    Gilgames
    Participante
    0
    noviembre 2001


    El empresario debe compensar el tiempo. Puedes consultar el art. 14.5 y el art. 22 de la LPRL.

    #302996 Agradecimientos: 0
    ESPRONCEDA
    Participante
    0
    marzo 2002


    Repecto a la cuestión que planteas he de aclarar que lo que a continuación expongo no deja de ser una opinión, dado que la Ley en su artículo 22 no entra a detallar si dentro o fuera de la jornada de trabajo.

    El empresario debe garantizar a sus trabajadores una vigilancia de salud acorde con los riesgos a los que están expuestos. Se establece una obligación empresarial dentro del amplio deber general de proteger la salud de los trabajadores. esta vigilancia de la salud es voluntaria salvo en las tres excepciones que establece el precepto.

    Si estamos dentro de estas expeciones, cuya consecuencia directa es que decae la voluntariedad del trabajador, creo que la pregunta se responde así misma. La vigilancia de la salud deberá relizarse dentro de la jornada de trabajo, como una obligación que surge indirectamente del contrato de trabajo, convirtiéndose en una condición imprescindible para seguir con la prestación laboral.

    Por otro lado, el artículo referido (22) establece que la vigilancia de la salud ha de realizarse causando las menores molestias a los trabajadores. Desde el momento en que un trabajador invierte tiempo extra-laboral para someterse a estos reconomientos, podríamos cuestionar si esto se convierte en una “molestia o no”.

    Esta cuestión podría solucionarse si en los convenios colectivos de deja “atado”este tema.

    Al hilo de ello, me surge una pregunta ¿si el artículo 19 sí que contemplan que el tiempo invertido en formación debe ser compensado con tiempos de descanso? (dado que es una obligación empresarial) ¿Porqué el legislador no ha contemplado esta posibilidad?

    #302997 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimados compañeros:

    Yo reconocí hace tiempo a la plantilla de un matadero avícola, que entraban a trabajar a medianoche y salían a las diez de la mañana, hora en la que empezaban a estar disponibles los administartivos, hasta el mediodía que empezaban a llegar de vuelta los camioneros. Esto, en una móvil. No pretendo contaros mi vida (todos tenéis anécdotas de este calibre) sino pedir buen rollo, sentido común y compresión con el trabajo de los compañeros médicos del servicio de prevención. Ya se que los reconocimientos médicos deben ser en horas de trabajo, pero no saquemos las cosas de quicio. Tampoco me parece bien que, sistemáticamente, se mande a los trabajadores a hacerse el reconocimiento cuando estos libran ese día.

    A ver lo que prometemos a los empresarios, va por los comerciales, para que firmen el contrato. A ver si somos conscientes de los medios que tenemos y si, de una vez por todas, aplicamos los ratios de las unidades básicas de salud. que luego pasa lo que pasa.

    Sin ánimo de crítica y pidiendo buen rollo

    Un médico

    #302998 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    Todo es cuestionable y no soy abogado, pero a mi entender si son obligatorios el tiempo es acargo de la empresa si son voluntarios puedo dudar de tal afirmación.

    #302999 Agradecimientos: 0
    james
    Participante
    0
    febrero 2002


    Creo que deberias consultar el convenio colectivo del sector de tu empresa y de tu provincia, pero en general entiendo que ese tiempo debe ser a cargo de la empresa, es decir debe ser compensado igual que el de formación que debe recibir el trabajador, en todo caso el art. 14. 1 de la Ley 31/95 dice que los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

    #303000 Agradecimientos: 0
    cristina
    Participante
    0
    julio 2001


    El “coste” humano de los reconocimientos médicos va por cuenta de la empresa. Salu2

    #303001 Agradecimientos: 0
    Carxo
    Participante
    0
    febrero 2002


    Lo que yo te aconsejo (es lo que se hace en mi empresa) es hacerlos durante el turno de mañana y en tu propio centro de trabajo, si dispones de una sala acondicionada al respecto. Desde luego, ello implica que la mutua se desplace 4 veces, pero al fin y al cabo esa es su labor.

    De este modo puedes organizar los reconocimientos y abarcar tanto la gente que trabaja a turnos como la gente de oficina que llevará otro horario. Además, es una forma de evitar que los trabajadores se desplacen. Lo que no te recomiendo es que la mutua envíe un centro móvil ya que las condiciones dejan mucho que desear (especialemente en lo que refiere a intimidad). Si tienes alguna duda mi e-mail es .

    Saludos

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