- Este debate tiene 6 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años, 3 meses por Belmonte.
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Estimados amigos, os vengo a plantear una pregunta que incluso desde la Administración no me han sabido constestar de forma clara. ¿Que requisitos deben cumplir las entidades privadas para poder impartir la formación del curso basico de prevención de riesgos laborales para que este tenga validez oficial? ¿Es suficiente con que lo imparte un tecnico de mayor nivel?
Gracias.
Las entidades deben estar acreditadas por la autoridad competente (generalmente transferida a las comunidades autónomas). Ésta es la que debe determinar si el personal técnico con el que cuenta la entidad es válido para que la formación impartida en prevención resulte válido.
Estimado compañero, esta es una pregunta que a mi tampoco nadie me ha sabido concretar al 100%. No estoy de acuerdo con el anterior compañero porque dicha acreditación sólo es exigible según la ley para el nivel intermedio y superior. Para el nivel básico, sólo se exige competencia. Por ejemplo, hay mutuas que no están acreditadas e imparten el curso básico. Por mi experiencia, te puedo decir que puede ser impartido por instituciones independientes relacionadas con la prevención y con técnicos contratados. Un saludo.
Es suficiente con que lo imparta un centro acreditado para impartir cualquier tipo de formación y más si es formación ocupacional, muchas veces financiada por la propia administración. Un técnico intermedio puede impartirlo.
Estoy totalmente de acuerdo con Antonio Vega. Incluso un Técnico Intermedio que esté dado de alta en el IAE como formador o educador, puede como autónomo certificar la formación básica en prevención ya que puede considerarse como una empresa por sí mismo. El INSHT tiene bibliografía a disposición de las empresas para la impartición por ellas de esos cursos básicos, aunque se supone que deben se los técnicos (al menos intermedios) los formadores que las impartan. En cualquier caso y para evitar fraudes y suspicacias, es conveniente que la empresa o autónomo que los ejecute lleve un libro de registro donde asiente los certificados o diplomas que entregue en función de los cursos que realice, y que esos diplomas lleven un número de serie o clave de identificación que evite su reproducción falsificada a nombre de otras personas que no hayan realizado el correspondiente curso. Un saludo.
Como bien dice Antonio Vega, el nivel Básico no se le requiere su acreditación. Por tanto, cualquier entidad (física o jurídica) que esté de alta en el I.A.E. de enseñanza no reglada puede impartir este tipo de enseñanza, ateniendose, claro está a lo contenido en el Reglamento de los serivicos de prevención sobre programa, duración y personas con capacidad para formar en esa materia: tecnico de grado medio o superior.
Un saludo.
Concretamente: Solo puede darte la acreditación como experto de nivel básico un Servicio de Prevención legalmente constituido o una entidad acreditada. Esa acreditación es necesaria para actuar como tal.
No entiendo muchas respuestas!
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