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Hola a todos,
Si un trabajador estava contratado por ETT y realizó el reconocimiento médico, al canviar a trabajar directamente por la empresa en la realización de las mismas tareas…
debe pasar inmediatamente otro reconocimiento o puede esperar a pasarlo con el resto de los trabajadores de la empresa (pués hará el año justo del anterior).Grácias a todos
Otra empresa otro RM.
por cierto estaba es con B
cambiar tambien es con B y con M: M antes de BBuenos días
Obligaciones del EMPRESARIO: realizar la vigilancia de la salud…
Nueva empresa=nuevo empresario=nueva vigilancia.
Saludos"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"
Está más que claro que debe pasar el reconocimiento. el reconocimiento de la ETT suele ser más genérico que ninguno. Para cobertura del trabajador y de la empresa se debe hacer el reconocimiento del trabajador antes después de incorporarse a su puesto. Un saludo RD 39/1997, Ley 31/1995, Modif 54/2003
Está más que claro que debe pasar el nuevo reconocimiento. El reconocimiento de la ETT suele ser más genérico que ninguno. Para cobertura del trabajador y de la empresa (y por exigencia legal) se debe hacer el reconocimiento del trabajador después de incorporarse a su puesto (mi eterna discusion con la mutua). Un saludo
Revisar RD 39/1997, Ley 31/1995, Modif 54/2003.
Estoy con Fuga23, vigilemos un poco la ortografía y la gramática, hay una diferencia entre la prisa y el desconocmiento al escribir. Un saludoDeacuerdo con la anterior en ambos Tips…
Siempre que se empieza a trabajar en una empresa nueva se ha de realizar el reconocimiento médico, así que como este es el caso, se ha de hacer.
La nueva empresa necesita la documentación, en este caso el Apto y esta documentación, aunque existe de hace unos meses, pertenece a la ETT, ya que ha sido ella la que “ha corrido con los gastos de la vigilancia”. Ahora el nuevo empresario ha de hacer lo mismo.
El reconocimiento médico ha de ser específico al riesgo. La empresa usuaria debe aportar a la ETT los riesgos a los que va a estar expuesto el trabajador para hacérselo llegar al médico del trabajo quién valorará si es preciso la realización de mayor estudio o con los datos de que dispone ( de reconocimiuentos médicos) puede emitir una aptitud. Tengamos en cuenta que hay trabajadores que están dos días en una empresa , 3 en otra….. el trabajador no puede estar pasando reconocimientos médicos semanales no tiene ningún sentido ni médico ni ético ni práctico…Para cuando una cartilla médica para estos trabajadores? ¿Para cuándo una regulación? La situación actual sólo sirve para que algunas ETT fuercen la negativa del trabajador a pasar reconocimiento médico ….
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