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  • #70117 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
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    abril 2002


    Experto

    Si no estoy equivocado las recaídas no se incluyen como accidentes de trabajo para los cálculos de siniestralidad laboral. Dos cuestiones:

    1º.- Es esto verdad? ¿Que norma, criterio, etc.. especifica que las recaídas no se incluyen?¿ En que condiciones no se incluyen?
    2º.- Si no se incluyen como se lucha contra el fraude de dar un accidente como sin baja y unos días después darle como recaída?

    Gracias

    #413527 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    1º Las recaidas no se incluyen porque si no, contarian como dos accidentes, cuando en realidad solo ha sido uno, que tras una “aparente” mejora (o un diagnóstico “equivocado”), se ha agravado.

    2º Si el accidente se da inicialmente sin baja, y posteriormente se le da la baja, hay que computarlo como con baja, pero sigue siendo 1 accidente.

    #413528 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: que las recaidas se tratan por separado lo tienes aquí:

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    #413529 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: respecto a 2, no tengo claro que se compute como accidente con baja, sino quizás como recaida con baja.

    #413530 Agradecimientos: 0
    carlos_bcn
    Participante
    27
    24
    mayo 2007


    Iniciado

    Nosotros tal y como has comentado antes en caso de tratarse de un accidente sin baja y posteriormente una recaída con baja lo contabilizamos como un accidente con baja. Y en caso de tratarse de una recaída de un accidente con baja lo consideramos como recaída y en las estadísticas en las que se ven influidas por los días de baja si los contabilizamos.

    #413531 Agradecimientos: 0
    alimer
    Participante
    0
    diciembre 2010


    Para mí se trata de un mismo accidente, puesto que el proceso de la baja se debe al mismo motivo inicial, por lo que no podemos contarlos por dos veces, lo que sí que computo son los días de baja.

    #413532 Agradecimientos: 0
    Mindundi
    Participante
    0
    febrero 2002


    La respuesta de de ICM75, es totalmente correcta y adecuada.

    el fraude estadistico y beneficio para las compañias aseguradoras de vehiculos a motor, es que el accidente in itinere sea considerado accidente de trabajo. En paises como alemania o francia no se contabiliza como accidente laboral. Esta es un de las circunstancias por la que nuestros ratios de siniestralidad estan por encima de la media.

    #413533 Agradecimientos: 0
    pedprev
    Participante
    25
    25
    julio 2009

    Iniciado

    Las recaídas aparecen en los informes de siniestralidad tal como te ha explicado Icm75

    No he encontrado mejor descripción de lo que debe considerarse recaída:

    Es aquella situación en la que al trabajador/a se le da la baja médica por la aparición de síntomas relacionados con un accidente de trabajo o enfermedad profesional previa, y de la que ya ha causado alta, siempre que entre esta última alta y la siguiente baja no haya pasado más de 6 meses (cómputo a efecto de prestaciones).

    En este caso, se considera que es el mismo AA.TT. o EE.PP. y la prestación económica no se recalcula: se cobrará lo mismo que se cobraba durante el período de baja anterior (Art. 9 Orden de 13 de Octubre de 1967).

    Si la recaída se produce en un momento posterior, se inicia un nuevo proceso de I.T.

    En cambio, si el tiempo de separación entre el alta y la baja es superior a 6 meses, no se considerará recaída, sino nueva contingencia (AA.TT. o EE.PP.) y se confeccionará un nuevo parte de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

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    #413534 Agradecimientos: 0
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    Gracias a todos por vuestra respuesta-
    Es cierto que si se cuenta una recaída se contaría dos veces, con las premisas dichas de seis meses entre uno y otro etc.. etc..
    Pero el caso es que por lo que estoy viendo algunas empresas con ciertas posibilidades, autoaseguradoras, etc.. dan un accidente como SIN BAJA y posteriormente le dan la baja y no los contabilizan y esto parece que cuela. Si observamos los cuadros estadísticos sobre recaídas del año 2010 el incremento es de cerca del 40 % con relación al año anterior ¿los bonos buenos malos pueden haber influido? ¿no es un porcentaje muy alto cuando los accidentes están bajando ya sea por la crisis o por otras cosas? Es evidente que esto de dar no baja y luego baja es con participación fundamental de los médicos ¿son buenos médicos? Desde luego reducen la siniestralidad ¿pero? En fin creo que el tema puede dar para mucho pero todo parece indicar que el fraude esta, con participación de médicos, sindicatos, trabajadores cada uno con sus posibilidades y beneficios.

    Gracias a todos-

    #413535 Agradecimientos: 0
    PUSHAQ
    Participante
    0
    febrero 2008


    A manera de REFLEXION:
    Generalmente cuando queremos medir la perfomance en Salud y Seguridad en el Trabajo (SST), lo primero a lo que se suele aludir es a las “estadisticas de accidentes”; creo que se debe tener en cuenta que se trata de un indicador “que se basa en los fracasos”. Aun asi, hay que remarcar que una “baja tasa de accidentes”, incluso mantenida a traves del tiempo, no constituye un indicador de que los riesgos hayan sido eliminados o puestos bajo control y, por lo tanto, de que en el futuro no haya mas accidentes o enfermedades.
    La praxis nos induce a “no confiar solo en las estadisticas”. La primera de ellas es la subnotificacion. Esta puede ser importante cuando la empresa recurre a recompensas economicas, morales o – lo que es mas comun – “cuando utiliza el manejo de la culpa como estrategia frente a los accidentes”.
    Otra gran limitacion de las “estadisticas” la constituye el hecho de que “reflejan las consecuencias y no las causas”.

    Como dije al inicio, esto lo expreso solo como una reflexion.

    Saludos

    #413536 Agradecimientos: 0
    Ridad
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    octubre 2010

    Iniciado

    Un “supuesto”…
    Si hay un accidente, se debería dar parte a la mutua.
    Si hay baja directa, entraría en estadística de accidentes.
    Si no hay baja no se computa como estadística que penalice.
    Si eso sigue su curso, las empresas dan premios de no siniestrabilidad y hace que los trabajadores se combiertan en cómplices.
    Si hubiera baja, es más prudente dar P.O. o vacaciones hasta que mejore.
    Si esto fuera verdad, sería obvio que la Mutuas son sumisas a los pagos de las empresas.
    Si añaden que las empresas están favoreciendo que los trabajadores estén en Mutuas subvencionadas por las empresas, el secreto “medico-paciente” desaparece.

    Es un supuesto.

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