Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #73855 Agradecimientos: 0
    tioarito
    Participante
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    julio 2009


    Buenos días,

    Me cabe una duda. En el artículo 13 de este real decreto se dice que podrán ser encargadas de la coordinación de las actividades preventivas una serie de personas. En el último punto, f) se dice que pueden ser una o varias personas de empresas dedicadas a la coordinación de actividades preventivas, que reúnan las competencias, los conocimientos y la cualificación necesarios en las actividades a que se refiere el apartado 1.

    La duda es, cuales son esas empresas dedicadas a la coordinación de actividades preventivas? SPA no son porque ya aparcen en un punto anterior.

    Un saludo

    #436293 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    Hola,

    Pues la que se dediquen a esa Actividad como entidades de prevención. Por ejemplo, algún Organismo de Control actúa como entidad ajena en materia de prevención.

    #436294 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    También hay empresas de Consultoría que dan ese servicio si tienen técnicos.

    #436295 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    #436296 Agradecimientos: 0
    ENRIC SALA
    Participante
    0
    julio 2017


    Buenos días.
    Me gustaría saber, que derechos tenemos los contratistas para solicitar un cambio del CSS de la obra
    Gracias

    #436297 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
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    66
    enero 2013


    Experto

    Hola Enric,

    Al CSS lo designa el promotor de la obra. Que yo sepa, la única manera de conseguir que se cambie un CSS es solicitárselo al promotor y discutirlo con él. Salvo que haya incurrido en alguna irregularidad demostrable, el cambio de CSS depende de la voluntad del promotor.

    #436298 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Y si ha incurrido en alguna irregularidad demostrable, también depende en exclusiva del promotor.

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  • El debate ‘ RD 171/2004 sobre Coordinación Actividades Empresariales’ está cerrado y no admite más respuestas.