¿Se debe aplicar el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales” (RSCIEI) a toda nave industrial?
A efectos de aplicar el DB SI o el RSCIEI, lo relevante no es si un edificio es una “nave industrial”, ya sea desde el punto de vista urbanístico o desde el constructivo, sino si la actividad principal del establecimiento implantado en ella es o no industrial, conforme a la definición que el citado reglamento hace de dicha actividad.
Cuando la carga de fuego total de un almacén de un establecimiento de uso Comercial excede de 3×106 MJ, ¿la reglamentación aplicable a dicho almacén es exclusivamente el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales” (RSCIEI) o también el DB SI del CTE?
Exclusivamente el RSCIEI.
¿Y cuando en dicho almacén haya además presencia de público?
En tal caso se le debe aplicar, tanto el citado Reglamento, como el DB SI del CTE.
Y otras en:
Entra o regístrate para ver los enlaces