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  • #64564 Agradecimientos: 0
    Kaldorhell
    Participante
    1
    febrero 2003


    Es de aplicación el RD 2267/04 a un centro de formación cuya edificación es una nave industrial (1500 m2), que constituye un único sector de incendio y dentro de esta nave se encuentra un taller de carpinteria (200 m2) y otro taller de soldadura 150 m2 (ambos para formación. El resto de las dependencias son aulas de formación teórica y oficinas. Según este RD, ¿es necesario instalar pulsadores y BIEs?. ¿que pensais?. Gracias.

    #370901 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Creo recordar que eso va en función del nivel de riesgo intrínseco de incendio (alto, medio y bajo) que haya en el local. Me suena que hay una NPT al respecto, donde viene una clasificación de locales según la actividad, con su correspondiente nivel de riesgo intrínseco. Mira por ahí.

    De todas formas, pienso lo siguiente:

    Si preguntas por ellos, es porque no los tienen, y si no los tienen, ¿qué clase de licencia obtuvo la nave cuando se construyó? ¿O cual es el uso que figura en proyecto?

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #370902 Agradecimientos: 0
    TDP
    Participante
    0
    diciembre 2009


    Estoy de acuerdo con Sirgudlab.
    Eso depende del nivel de riesgo intinseco del local. Sabiendo el nivel de riesgo sabras cuantos extintores, Bies, etc son necesarios.

    #370903 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Cuando coexisten actividad industrial y otras como te dice el RD 2267 has de aplicar a estos recintos no industriales su normativa específica.

    Como te dice Sigurlab, has de evaluar el riesgo de incendi0o para saber que medios necesita. A priori no se puede decir y menos en el foro.

    La NTP que menciona Sigurlab es esta:

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    #370904 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Se debe aplicar el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales” (RSCIEI) a toda nave industrial?

    A efectos de aplicar el DB SI o el RSCIEI, lo relevante no es si un edificio es una “nave industrial”, ya sea desde el punto de vista urbanístico o desde el constructivo, sino si la actividad principal del establecimiento implantado en ella es o no industrial, conforme a la definición que el citado reglamento hace de dicha actividad.

    Cuando la carga de fuego total de un almacén de un establecimiento de uso Comercial excede de 3×106 MJ, ¿la reglamentación aplicable a dicho almacén es exclusivamente el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales” (RSCIEI) o también el DB SI del CTE?

    Exclusivamente el RSCIEI.

    ¿Y cuando en dicho almacén haya además presencia de público?

    En tal caso se le debe aplicar, tanto el citado Reglamento, como el DB SI del CTE.

    Y otras en:

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    #370905 Agradecimientos: 0
    NBJ
    Participante
    9
    6
    julio 2007

    Iniciado

    Dime tu Qs y te diré quien eres …

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