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  • #50201 Agradecimientos: 0
    rici
    Participante
    0
    abril 2002


    Son varios los criterios de no aptitud o limitaciones definitva o temporal para un puesto de trabajo con riesgo de altura entre ellos la patologia cardiovascular, arritmias cardiacas, HTA no controlada, obesidad severa, diabetes,patologia cervical, epilepsia, hipotiroidismo,procesos psiquiatricos, patologia neurovestibular con alteraciones de equilibrio, patologia de SNC u periférico, deficiencias osteomuscular, etc …. ¿ y el miedo con sensación inestabilidad que te puede refiere el trabajador puede ser criterio para una limitación y cambio de puesto en caso de un periodico y criterio de no aptitud para un reconocimiento inicial? Espero que podamos llegar a un consenso entre todos los profesionales que dia a dia estamos saturando todo nuestra capacidad por la diversidad que lleva implicita la vigilancia de la salud. Un saludo.

    #291236 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:

    El miedo no es una enfermedad, otra cosa es que hablemos de “vértigos no filiados” o algo así. Esto puede suponer una nueva revisión a los quince días. Yo tuve un caso similar y hablé con el trabajador y con el empresario. El chaval no perdió su puesto de trabajo y ahora es un buen operario, pero todo el mundo tiene miedo cuando le cuelgan la primera vez (o la primera semana). Hablas de reconocimiento inicial, así que si le das no apto, no le van a contratar, pero que lo haga por un criterio de aptitud para el trabajo, pero no porque lo ha dicho el médico.

    Un saludo

    Javier

    #291237 Agradecimientos: 0
    aco0
    Participante
    0
    septiembre 2002


    Sería importante poder elaborar un cuadro de exclusiones para la realización de trabajos en altura

    #291238 Agradecimientos: 0
    JMLL
    Participante
    0
    octubre 2002


    Hola a todos, voy a ser breve. Considero la acrofobia una enfermedad y por lo tanto incapacita al trabajador de forma directa para el trabajo en alturas. Por supuesto, siempre que se cumpla el diagnóstico de “fobia”, es decir, que se cree una ansiedad anticipatoria y un comportamiento que se prevea interfiera significativamente en su actividad laboral. Un saludo

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