BUenas tardes
Los colegios, como “empresas”, debe cumplir con la ley de prevención con respecto a sus trabajadores: profesor@s, limpiador@s etc… y por lo tanto tener un modelo de organización de la prevención… ¿Cual?? Pues como cualquier otro empresario, tiene las opciones marcadas por la ley en función de su nº de trabajadores, riesgos, etc…
Si es un colegio de gestión privada, será el propio colegio el que determine su modelo.. y si lo es de gestión publica, será la Administración Publica de la que dependa (ya sea ayuntamiento, gobierno autónomico, ministerio, etc…) la que determine su forma de organizarse…
Es decir.. tiene que tener un SPA??? Pues no.. porque puede tener un SPP, un servicio “mixto”, o incluso trabajadores designados… lo que sí debe tener es uan Organización preventiva.
Saludos
"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"