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  • #71617 Agradecimientos: 0
    Peruleiro
    Participante
    0
    marzo 2004


    Buenas tardes, me explico:

    Necesito justificar por qué una plataforma de tijera que se está utilizando en una fachada no puede valer a su vez para subir a unos trabajadores que están trabajando en la segunda planta. En el manual de la máquina no prohíbe este uso, en las NTPs tampoco he encontrado nada explícito… ¿Alguien me podría indicar dónde encontrar normativca o al menos literatura al respecto?

    #422111 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @Peruleiro wrote:

    Buenas tardes, me explico:

    Necesito justificar por qué una plataforma de tijera que se está utilizando en una fachada no puede valer a su vez para subir a unos trabajadores que están trabajando en la segunda planta. En el manual de la máquina no prohíbe este uso, en las NTPs tampoco he encontrado nada explícito… ¿Alguien me podría indicar dónde encontrar normativca o al menos literatura al respecto?

    Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

    ANEXO II
    Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo.

    1. Condiciones generales de utilización de los equipos de trabajo

    3. Los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante. Tampoco podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate.

    Los equipos de trabajo sólo podrán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones no consideradas por el fabricante si previamente se ha realizado una evaluación de los riesgos que ello conllevaría y se han tomado las medidas pertinentes para su eliminación o control.

    #422112 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @ICM75 wrote:

    Los equipos de trabajo sólo podrán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones no consideradas por el fabricante si previamente se ha realizado una evaluación de los riesgos que ello conllevaría y se han tomado las medidas pertinentes para su eliminación o control.

    De esto se deriva además que si haces la ERL y estimas un nivel de riesgo aceptable, podrás utlizar la máquina, pero siempre cubriendo las características indicadas en las anteriores respuestas… sobre todo en caso de necesitar evacuación de emergencia por un incencio, un accidente, etc.

    ¿No sería posible levantar un castillete con escaleras? Si hubiera que subir algo, se pone un maquinillo o similar.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #422113 Agradecimientos: 0
    naparra
    Participante
    1
    0
    mayo 2004

    Iniciado

    Buenos días.
    Me atrevo a darte un consejo porque ese uso de las PEMP me lo llevo encontrando desde hace 6 años.
    El riesgo (la situación peligrosa) es cuando el trabajador sale de la barandilla al otro espacio (por ejemplo un piso o una cubierta). ¿Cómo proteges al trabajador de que se pueda caer entre la plataforma y la fachada o de la misma plataforma o de la cubierta?
    Solución: arnés con anclaje en Y, que el trabajador esté siempre amarrado.
    PD: hay que tener en cuenta cuando el trabajador se acerque a la plataforma desde fuera y pueda caer.

    Un saludo.

    #422114 Agradecimientos: 6
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    😯 😯

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    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #422115 Agradecimientos: 0
    muntplein
    Participante
    8
    2
    octubre 2002

    Iniciado

    @Yanou wrote:

    😯 😯

    Buenísimo el enlace!!!!!!!

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    #422116 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    @muntplein wrote:

    @Yanou wrote:

    😯 😯

    Buenísimo el enlace!!!!!!!

    Pues sí señor, muchas gracias “Yanou” 😉

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    #422117 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
    16
    88
    febrero 2008

    Iniciado

    @Yanou wrote:

    😯 😯

    ¡Menudo enlace! Eso es como si un niño pide una piruleta y le regalan todo el puesto de chuches…

    ¡Gracias!

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    #422118 Agradecimientos: 0
    Sestao2
    Participante
    1
    10
    marzo 2006

    Iniciado

    Muy bueno si señor!!!!!!!

    #422119 Agradecimientos: 0
    Bruno1970
    Participante
    0
    octubre 2011


    La verdad es que se han currado la presentación para intentar justificar un uso indebido de las plataformas elevadoras, sobre todo cuando en algunos casos se pueden emplear medios más seguros de acceso. Lástima que no tengan tanto cuidado a la hora de realizar los trabajos, porque se ven bastantes deficiencias, como el trabajar en altura sin barbuquejo, no llevar bien puesto el arnés de seguridad, líneas de vida que no se usan de forma correcta,….

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  • El debate ‘ Plataforma elevadora como ascensor’ está cerrado y no admite más respuestas.