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  • #70668 Agradecimientos: 0
    buitaker64
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    diciembre 2001


    Buenas, dispongo de una oficina de dos plantas en la que trabajan 5 personas, ademas conocedoras del centro de trabajo a la perfeccion. Es necesaria la elaboracion de algun plan de autoproteccion(evacuacion, emergencia)? Si es asi, ruego me informeis, y me dirijais a la normativa especifica al efecto. Muchas gracias de antemano

    #417497 Agradecimientos: 1
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Manual de autoprotección NO
    Plan de emergencia No
    ahora tener prevista la contingencia, con elaboración y difusión de unas “consignas” para casos de emergencia y evacuación, SI.

    la referencia legal exclusiva para su caso, a mi entender, es el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. (que no obliga a elaborar planes de emergencia, sino a considerar y ponderar la contingencia y obrar, en consecuencia)

    #417498 Agradecimientos: 1
    Deather
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    junio 2007

    Iniciado

    @carloss wrote:

    Plan de emergencia No
    ahora tener prevista la contingencia, con elaboración y difusión de unas “consignas” para casos de emergencia y evacuación, SI.

    Perdón por mi ignorancia y mi osadia, pero ¿el documento donde se establecen esas consignas para casos de emergencia y evacuación no es el Plan de Emergencias????

    En mi opinión, sí que es necesario un plan de emergencias, que, dependiendo de las características de la empresa, edificio, nº de empleados, … será más o menos complicado, pero el documento considero que sí debería estar.

    Un saludo.

    #417499 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Según mi experiencia no es lo mismo. Para mi un “plan” de emergencia implica una organización, unos procedimientos, unas pautas etc con objetivo de establecer unas normas de actuación colectiva en caso de una emergencia dada. Conllevan, o suelen conllevar, los planes de emergencia las constitución de “equipos de emergencia” (epi, ae, epas)

    Dentro los planes de emergencia suelen establecerse tambien unas “consignas de actuación” tanto destinadas a los equipos como al personal del centro: No correr, no volver atrás, cierre las puertas al salir, dirijase al punto de reunión, etc.

    pero esto no es un “plan” no conlleva “organizarse”. Es una cuestión de grado si se quiere.

    Ahora bien si se quiere llamar “plan de emergencia” a lo que son consignas de actuación pues de igual manera queda resuelto el asunto.

    #417501 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @ventamina wrote:

    Mira, básicamente, hay dos tipos de documentos:

    Plan de autoprotección: Contenido regulado conforme a norma legal. Incluye medición de carga ponderada de fuego. No es sólo descriptivo sino que además incluye mediciones. Se basa en consignas de actuación complejas.

    Plan de emergencia: Contenido NO regulado conforme a norma legal (lo único que tenemos es el artículo 20 de LPRL, que no es para tirar cohetes, pero da una idea de lo que es). No incluye medición de carga ponderada de fuego y es meramente descriptivo y suele basarse en consignas lienales de actuación.

    En tu caso, con un Plan de Emergencias tienes más que suficiente. ¿Modelos? Pues hay cientos en la web, pero te recomiendo lectura de manuales formativos especializados.

    Bueno hay que recordar que los “planes de emergencia” forman parte de los manuales de autoprotección. Los manuales de autoprotección (ahora regulados por el 393/2007 para determinados centros de trabajo) tenian regulados sus contenidos (y los del plan de emergencia) en la OM del Ministerio del Interior de 1984 (que no era de obligado cmplimiento pero que servia de referencia para elaborar “manuales” y “planes de emergencia” (documento 3)
    Los planes de emergencia suelen describir la “organización de los recursos humanos y materiales dela empresa” y su procedimientos de actuación. Asi se plantean las figuras de jefe de emergencia, jefe de intervención, equipos de primera intervención, segunda intervención, alarma y evacuación y equipos de primeros auxilios. ademas de el CCC .
    Despues se describen las pautas de evacuación con urgencia, sin urgencia, emergencia total, parcial. Fases de alerta, fase dealarma y fase de evacuación.
    Y todo esto está muy bien pero es sencillamente inaplicable a una empresa de 5 trabajadores. Que lo más práctico que se puede “organizar” es decirles (en un plan escrito si se quiere) :
    “Plan de emergencia de la Empresa”
    1.- Cuando veais fuego o humo, salid echando ostias.
    2.- Id al bar de siempre, alli nos reuniremos.
    3.- El último en salir, por favor que compruebe que no queda nadie en el baño, el cuarto de la fotocopiadora o en el despacho del jefe.
    gracias.
    Naturalmente lo podemos completar con algún simulacro anual o con consignas de ataque al fuego con extintores en caso de fuego de pequeñas papeleras.

    ahora no tengo acceso al google para colocar el enlace, pero yo siempre que sale esta cuestión (ciclica por cierto) sugiero el documento “El deber de autoprotección del empresario” escrito por un experto en seguridad contra incendios y publicado por el INSHT.
    En cuanto a “planes de emergencia” creo recordar la NTP 396

    Edito: la NTP es la 361

    en ambos documentos se indica claramente que no siempre una empresa tiene porqué elaborar un plan de emergencia. Ningun normativa lo exige. (el artículo 20 de la LPRL tampoco) lo que no quiere decir que se obvien los riesgos derivados de situaciones de emergencia.

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    #417502 Agradecimientos: 0
    Deather
    Participante
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    19
    junio 2007

    Iniciado

    @carloss wrote:

    Y todo esto está muy bien pero es sencillamente inaplicable a una empresa de 5 trabajadores. Que lo más práctico que se puede “organizar” es decirles (en un plan escrito si se quiere) :
    “Plan de emergencia de la Empresa”
    1.- Cuando veais fuego o humo, salid echando ostias.
    2.- Id al bar de siempre, alli nos reuniremos.
    3.- El último en salir, por favor que compruebe que no queda nadie en el baño, el cuarto de la fotocopiadora o en el despacho del jefe.
    gracias.
    Naturalmente lo podemos completar con algún simulacro anual o con consignas de ataque al fuego con extintores en caso de fuego de pequeñas papeleras.

    Pues esto, con un poco más de seriedad, en mi opinión, podría ser un plan de emergencia.

    #417503 Agradecimientos: 0
    ageicam
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    enero 2012


    ¿Por qué no miras la NTP 818? Te resolverá todas las dudas. Y mediante un esquema sencillo te llevará a la solución de tu caso, en concreto, evaluar las posibles situaciones de emergencia que se pueden dar en el centro de trabajo y elaborar unas sencillas medidas de emergencia.
    Saludos.

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