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  • #52377 Agradecimientos: 0
    Samaranch
    Participante
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    enero 2002


    Estimado compañero: te ruego repases la respuesta que has dado a la cuestión de Plan de Seguridad y Salud; confundes términos y con respuestas como la que tu das sólo contribuyes a provocar errores graves a quien no tiene las cosas totalmente claras.

    Nunca se presenta el estudio de seguridad para abrir un centro de trabajo, si no el plan.

    Siempre se ha de redactar plan de seguridad (léete el Art. 7 del 1.627, no el 4 que se refiere al estudio)

    Seriedad, por favor.

    Un saludo

    #298867 Agradecimientos: 0
    REGUE
    Participante
    0
    junio 2002


    Creo que te has equivocado de persona, yo no soy SANCSON, yo soy REGUE y en ningún momento he dado esa respuesta, por suerte o desgracia me conozco muy bien el RD 1627 y en particular las aperturas de centro de trabajo.

    #298868 Agradecimientos: 0
    FºJavier
    Participante
    0
    octubre 2001


    Estimado Samaranch:

    Recibo aclaración a una respuesta efectuada, (según tó) por quien suscribe, en una cuestión que se planteó, creo, la semana del 13 al 19 de junio.

    Te diré que presto colaboración habitual en este foro, de máxima seriedad, dando respuestas a multitud de cuestiones planteadas y no es frecuente que guarde las preguntas, ni, por supuesto, las respuestas. Sí es habitual que contraste cada respuesta antes de difundirla, por lo que entiendo como desafortunado el calificativo que empleas al referirte, textualmente: “confundes términos y con respuestas así solo contribuyes a provocar errores graves a quien no tiene las cosas totalmente claras”. Creo inecesario la utilización de expresiones tan categóricas.

    Es facil comprobar la enorme frecuencia en la que tanto las preguntas como las respuestas que se ofrecen adolecen de una falta de rigor, determinado por el afan de ayudar , todo lo contrario, más bien de afán por ayudar por quienes las ofrecen puesto que no tienen carácter de obligatoriedad y sí de un alto contenido de colaboración desinteresada.

    En este caso concreto, aunque no sea yo el aludido, puesto que no coincide mi identidad con la persona a quien lo diriges considero oportuno esta aclaración, al tiempo que animo a todo aquel que participa desinteresadamente y de buena fé para que lo siga haciendo, a pesar de los inevitables errores. El balance siempre será más posítivo con la participación que con la abstención. En el mundo de la prevención todos deseamos aprender, incluso de los errores bien intencionados.

    Recibe un cordial saludo.

    #298869 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Totalmente de acuerdo. Además, realiza un comentario sobre los presupuestos y valoraciones económicas que deben figurar en un Plan, que no queda nada clara.

    Plan basado en un Estudio Básico – No tiene que llevar presupuesto o valoración económica, nie el Plan ni el Estudio Básico.

    Plan basado en un Estudio – Debe figurar tanto en el Estudio como en el Plan.

    #298870 Agradecimientos: 0
    sancson
    Participante
    0
    junio 2002


    Como Arquitecto Técnico y como Técnico en Prevención, así como, coordinador de seguridad en obras de construcción, decirte, que el contratista puede acojerse al estudio de seguridad y salud.

    1.- Para que entiendas un poquito mas la legislación y la LOE, a la pregunta formulada es de aplicación en primer lugar el artículo nº4 del RD1627/1997, y cuando no se este dentro de los supuestos que aqui se expresan, simplemente se realizará un estudio básico de seguridad y salud.

    2.- Cuando se estime que se esta dentro de alguno de estos supuestos, se entiende que hay que realizar un estudio de seguridad e salud, que conlleva, por ley la elaboración de su correspondiente plan de seguridad, es entonces cuando nos remitimos a los articulos 5,6 y 7.

    3.- Cuando no haya ninguna variación en las medidas preventivas presentadas, el contratista podrá acojerese al estudio de seguridad y salud, con lo que este pasará a ser el Plan de seguridad y salud de la obra, y con el escrito y visado al colegio oficial de aparejadores y arquitectos técnicos correspondiente, se podrá presentar para la apertura del centro de trabajo.

    4.- A lo que se refiere el compañero, es simplemente a una obra no incluida en estos supuestos, por lo tanto hablaremos de estudio básico de seguridad y salud, con lo que no sería necesario la elaboración de ningún plan de seguridad.

    5.- Yo no se como serás en tu trabajo, pero no te permito que me pongas en tela de juicio.

    6.- Para poder hablar de construccion y todo lo que conlleva deberías haber estado trabajando en el mismo sector, cosa que dudo, ya que, el vacio de la ley de prevención y riesgos laborales, es el que se permita acceder a la especialidad de seguridad y salud laboral, a carreras tanto técnicas como superiores, que no tienen nada que ver con dicha especialidad.

    Para hablar del sector de la construcción estudiate un poquito la Ley de Ordenación de la Edificación.

    Un saludo.

    #298871 Agradecimientos: 0
    sancson
    Participante
    0
    junio 2002


    La pregunta que nos remitia Enrique, expone en su pregunta que solo es necesario para esa obra el estudio básico de seguridad y salud, con lo que queda dicho todo.

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