Las mutuas son entidades colaboradoras con la Seguridad Social con varias funciones:
– Contingencia profesional: serán los encargados de tratar y gestionar la incapacidad, muerte y supervivencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
– Contingencia común: en aquellas empresas que lo concierten y en los trabajadores autónomos son los encargados de gestionar la prestación por incapacidad temporal, pudiendo por ello realizar controles médicos y colaboraciones con los servicios públicos de salud.
– Riesgo para el embarazo y la lactancia natural: serán los encargados de iniciar y gestionar estas prestaciones.
– Prestaciones extraordinarias: aquellas mutuas que tengan excedentes podrán establecer programas especiales relacionados normalmente con aspectos de la contingencia profesional como repatriación de cadáveres o enfermos, traslado de familiares, etc.
Creo que no me quedo nada, pero en la Ley General de Seguridad Social hay todo un capítulo dedicado a las mutuas y allí se describen sus funciones.
Un saludo.