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    febrero 2004

    Iniciado

    Saludos forer@s:

    Como tod@s sabemos:

    CAPÍTULO III Organización de recursos para las actividades preventivas RD 39/1997

    Artículo 10: Modalidades

    La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se realizará por el empresario con arreglo a alguna de las modalidades siguientes:

    #1.- Asumiendo personalmente tal actividad.
    #2.- Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.
    #3.- Constituyendo un servicio de prevención propio.
    #4.- Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.

    ¿alguién tendría la amabilidad de explicarme como una empresa puede decir que su modalidad de organización de los recursos para la actividad preventiva sea mixta?

    Cuando me refiro a mixta, me refiero a indicar que una empresa tien la modalidad SPA+SPP o SPA+ trabajador designado.

    ¿No les parece que el articulo 10 es muy claro y que indica que el empresario puede elegir SÓLO una de las modalidades indicadas en dicho artículo y que deba darla a conocer a sus empleados?

    Gracias por sus aportaciones!

    #343416 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Es relativamente sencillo…
    La ley te dice que debes elegir una opcion, y esa será la principal… pero a su vez, la propia ley te dice que deberás completar con medios propios o ajenos aquellas partes que la modalidad preventiva elegida no abarque…
    POr lo tanto, es la propia ley la que te indica esa posibilidad… y yendo más allá, esa exigencia…
    De esta forma, cuando hablamos de fórmulas mixtas, es porque… ¿A cual le doy mayor importancia para indicar cual es mi modalidad?? Me explico…
    La ley me permite constituir un SPP con sólo dos especialidades (y esa es mi modalidad)… pero resulta que las no que no asumo las contrato con un SPA. POr lo tanto, tengo: 50% SPP+ 50% SPA… ¿CUal es mi modalidad???

    La ley no es tan clara como parece querer ser, compañero… no creo que del art. 10 se pueda inferir directamente la palabra SOLO UNA… si no que habla de ALGUNA, que en términos jurídicos no es lo mismo… aunque suene parecido… Y como comento, la propia ley luego indica la posibilidad y obligación de tener esos modelos mixtos..
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #343417 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Totalmente de acuerdo con Oskar76

    #343418 Agradecimientos: 0
    _Genero_
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    junio 2004

    Iniciado

    Aunque dije leete el 39/97 veo que no lo has hecho.

    Art. 11.2

    La vigilancia de la salud de los trabajadores, así como aquellas otras actividades preventivas no asumidas personalmente por el empresario, deberán cubrirse mediante el recurso a alguna de las restantes modalidades de organización preventiva previstas en este capítulo.

    Art. 12.1

    Las actividades preventivas para cuya realización no resulte suficiente la designación de uno o varios trabajadores deberán ser desarrolladas a través de uno o más servicios de prevención propios o ajenos.

    Art. 15.4

    Las actividades preventivas que no sean asumidas a través del servicio de prevención propio deberán ser concertadas con uno o más servicios de prevención ajenos.

    #343419 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    22
    febrero 2002


    Experto

    Totalmente de acuerdo con “Oskar76”. . .

    #343420 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola, pienso que la ley es clara con respecto a la modalidad a elegir, es decir, puede la empresa perfectamente tener un SPP, contratar con un SPA alguna especialidad, o incluso solo para determinadas actividades (mediciones), y al mismo tiempo puede la empresa designar un trabajador para que lleve a cabo labores preventivas bajo la dirección del SPP.
    Lo importante es hacer, en el sentido de acción.
    Un saludo

    #343421 Agradecimientos: 0
    _Genero_
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    junio 2004

    Iniciado

    Ya ves, aveces las almas de cantaros se han leido la ley 31/95 y el r.d. 39/97 y como parece que te dedicas a la prevención no te vendría mal hacerlo.

    #343422 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pues lamento decirles que no estoy de acuerdo con ustedes, salvo las excepciones indicadas en el articulado claro está.

    Y la muestra es que en ninguno de los 54 REA que he estado viendo hoy, de empresas subcontratistas de la obra de hoy, ponen VARIAS CRUCES a la hora de acreditar la modalidad preventiva adoptada por la empresa.

    De las 54 empresas de las que estoy hablando, 52 tiene SPA y 2 SPP… curioso que ninguna haya optado por una modalidad “mixta”.

    En fin, gracias a tod@s por sus aportaciones!

    #343423 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Pues yo creo que el el RSP lo deja clarito, por ejemplo el art. 15… “Las actividades preventivas que no sean asumidas a través del servicio de prevención propio deberán ser concertadas con uno o más servicios de prevención ajenos” por lo tanto la legislación te da esa opción, no siendo SPA+SPP sino más bien al contrario SPP+SPA. Lo de llamarlo “modalidad mixta” no sé de donde sale, tal vez sea un termino más popular que otra cosa, sin embargo, trabajo en un SPM, y considero que nuestra modalidad es esa (aunque dos de las cuatro disciplinas las tenemos con SPA)

    #343424 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

    Iniciado

    ¿y qué ocurre con SPA + trabajadores designados?

    #343425 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Lo mismo que con SPP + SPA. El emmpresario concerta con el SPA lo que no puede o no quiere realizar con trabajadores designados.

    #343426 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

    Iniciado

    Y teniendo SPA, ¿para qué puede designarse un trabajador?

    Le advierto que en la última Inspección de Trabajo, le mostré al IT un nombramiento de trabajador designado para asistir a las visitas del TPRL del SPA y otras funciones de seguridad específicas, que luego contaré, teniendo la UTE un concertado SPA… y me dijo el Técnico de Gabinete que le acompañaba que esto no podia ser, ya que la modalidad preventiva de la UTE escogida era la de SPA, como ponía en el REA, y que se responsabilizaba al trabajador de acciones preventivas que debia asumir el SPA.

    Continuó diciendo, que si la UTE consideraba que las horas de trabajo de los TPRL del SPA no eran suficientes, debían buscarse otro SPA o modificar el concierto establecido con ellos.

    Hasta luego!

    #343427 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    BUenos días
    Y eso lo plasmó en el libro de visitas??? Recomendó alguna sancion?? En aplicación a la violación de qué artículo???
    Mientras no hiciese todo eso… “agua de borrajas”… puede decir lo que quiera… ya que no encuentro vía legal alguna para sancionar, ni criterio alguno lógico para defender lo que comenta…
    Si hubo visita de inspeccion, y no hubo sanción, es una completa “sinrazón” el comentario del inspector.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #343428 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    El comentario no lo lanzó el inspector, sino el Técnico de Gabinete… a nosotros es que nos visitan de dos en dos, como la pareja de la guardia Civil… y no nos sancionaron en nada, aunque escribieron en el Libro de Visitas que habia en obra trabajadores sin formación PRL de la FLC y nos dieron seis meses para subsanarlo, además de exigir que no entrará trabajador alguno sin su formación PRL de la FLC correspondiente.

    No, no hubo escrito en el Libro de Visitas en eses sentido, aunque no le encuentro la “sinrazón”… si una empresa concierta la actividad preventiva con un SPA, ¿pará qué puede designar a un trabajador?

    ¿Qué actividades puede desempeñar un Trabajador Designado si la empresa tiene un Servicio de Prevención Ajeno?

    Es posible que tampoco sea sancionable, pero no veo lógico responsabilizar a un trabajador por actividades que están concertadas con un SPA.

    Tampoco veo lógico designar trabajadores si el empresario asume directametne la prevención… para empezar, si designa trabajadores es que no puede asumir él solo la prevención de la empresa.

    #343429 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    marzo 2006

    Iniciado

    Tal y como yo veo el supuesto que propones:
    La empresa tiene como modalidad preventiva “Concierto con Servicio de Prevención Ajeno” por tanto… ¿la empresa dispone de modalidad preventiva? La respuesta es SI por lo que no puede haber sanción por incumplimiento.
    Que además de tener un concierto con un SPA que le cubre todas las especialidades, la empresa por voluntad propia designa a uno o varios trabajadores para la mejora de la gestión preventiva en la empresa… pues mejor (que los llama “trabajadores designados” pues como si los llamara los “pardillos de la prevención”, da igual, es algo interno de la empresa y que no influye a la modalidad elegida por la empresa, además todo ello debería estar explicitamente contemplado en el Plan de Prevención de la misma.

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