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  • #5189 Agradecimientos: 0
    elbicho
    Participante
    5
    marzo 2008


    Hola buenas noches,

    Tengo una duda sobre la utilización de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores.
    Pongamos que hay una empresa muy antigua (una panadería por ejemplo), que cuenta con una maquinaria que es anterior a 1995, esta maquinaria por supuesto no lleva marcado CE, ni nada por el estilo, mi pregunta es, qué habría que hacer para certificar esa maquinaria, y si el empresario está obligado a certificarla de alguna manera?

    Muchas gracias.

    #104515 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Ya hace tiempo que se paso el plazo:

    REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. BOE núm. 188 de 7 de agosto

    Disposición transitoria única. Adaptación de equipos de trabajo

    1. Los equipos de trabajo que en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto estuvieran a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el apartado 1 del Anexo I en el plazo de doce meses desde la citada entrada en vigor.

    No obstante, cuando en determinados sectores por situaciones específicas objetivas de sus equipos de trabajo suficientemente acreditadas no pueda cumplirse el plazo establecido en el párrafo anterior, la Autoridad laboral, a petición razonada de las organizaciones empresariales más representativas del sector y previa consulta a las organizaciones sindicales más representativas en el mismo, podrá autorizar excepcionalmente un Plan de Puesta en Conformidad de los equipos de trabajo de duración no superior a cinco años teniendo en cuenta la gravedad, transcendencia e importancia de la situación objetiva alegada. Dicho Plan deberá ser presentado a la Autoridad laboral en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor del presente Real Decreto y se resolverá en plazo no superior a tres meses teniendo la falta de resolución expresa efecto desestimatorio.

    La aplicación del Plan de Puesta en Conformidad a las empresas afectadas se efectuará mediante solicitud de las mismas a la Autoridad laboral para su aprobación y deberá especificar la consulta a los representantes de los trabajadores, la gravedad, transcendencia e importancia de los problemas técnicos que impiden el cumplimiento del plazo establecido, los detalles de la puesta en conformidad y las medidas preventivas alternativas que garanticen las adecuadas condiciones de seguridad y salud de los puestos de trabajo afectados.

    En el caso de los equipos de trabajo utilizados en explotaciones mineras, las funciones que se reconocen a la Autoridad laboral en los párrafos anteriores serán desarrolladas por las Administraciones Públicas competentes en materia de minas.

    2. Los equipos de trabajo contemplados en el apartado 2 del Anexo I que el 5 de diciembre de 1998 estuvieran a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, deberán ajustarse en un plazo máximo de cuatro años a contar desde la fecha citada a las disposiciones mínimas establecidas en dicho apartado.

    Disposición final tercera. Entrada en vigor

    El presente Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, excepto el apartado 2 del Anexo I y los apartados 2 y 3 del Anexo II que entrarán en vigor el 5 de diciembre de 1998.

    Además para PYMES (y no tan pymes) se abrió una linea de subvención para la adecuación de dichos equipos de trabajo. Parece ser que en algunas comunidades autónomas (lo se por la mia) van a abrir una nueva linea de subvención para la adecuación de todas aquellas que, aún debiendo estarlo, todabía no lo están.

    #104516 Agradecimientos: 0
    @lfred
    Participante
    0
    febrero 2003


    Le has de “pasar” a la maquina el RD 1215/97 de requisitos mínimos de seguridad.

    Una empresa especializada te puede ayudar a evaluar el equipo. Luego tu lo adecuas y una vez adecuado te extendera un certificado, (no es oficial, pero ayuda), diciendo que el equipo cumple.

    saludos

    P.D. No hay que ponerle la marca CE al equipo

    #104517 Agradecimientos: 0
    elbicho
    Participante
    5
    marzo 2008


    Pero siguiendo con el tema, no habría una empresa que se encarga externamente de evaluar un equipo de trabajo anterior a 1997 (entrada en vigor del RD) y que certifique que cumple con la normativa?
    Yo puedo ver esa maquinaria, pero no me veo capaz de decir que cumple con todo lo que dice en Anexo I, además la maquinaria seguiría sin tener una conformidad con el sello de la CE.
    Espero haberme explicado

    #104518 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    Con ponerle una pegatina no la haces segura.
    Creo que @lfred te lo respondió perfectamente.

    #104519 Agradecimientos: 0
    elbicho
    Participante
    5
    marzo 2008


    Estoy totalmente pez en esta materia, lo se y todos lo estamos comprobando, pero haber si alguien me guía y me dice por donde puedo buscar estas empresas que se encargen de verificar el cumplimiento con el anexo 1 del RD.

    Es decir, que no se ni como se llaman, o se les denomina, vamos.

    Gracias.

    #104520 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    Hola Elbicho. Si quieres que sea una empresa exterior la que te asesore y te emita un certificado de conformidad del equipo, aunque no tienes por qué, puedes llamar a una OCA (organismo de control autorizado) como ATISAE, NORCONTROL, ETC, ETC, ETC, ETC, y ellos te lo harán.
    Espero que te ayude.

    #104521 Agradecimientos: 0
    crivi
    Participante
    0
    diciembre 2003


    deberá acudir a una oca (organismo de control autorizado) para que las homologuen

    #104522 Agradecimientos: 0
    tebaida
    Participante
    0
    julio 2008


    exacto,em mi empresa nos obligaron a adaptar varias hormigoneras.

    #104523 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    La Adecuación al RD 1215/97 no tiene que hacerla una OCA, al menos en Galicia.

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