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  • #73624 Agradecimientos: 0
    Audrey
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    abril 2005

    Iniciado

    Buenas noches,

    Según el artículo 21.6 de la ley 21 de julio del 2015, dice que …. NO SE HABILITAN NUEVOS LIBROS DE VISITAS DE LA ITSS.?

    Entonces yo entiende que:
    1º- Cuando la empresa tengas libros de visitas antiguos de otros años, ¿sigue rellenando ese mismo libro hasta que se agoten todas las páginas? ¿Es decir no está obligado a hacerlo mediante el libro electrónico?

    2º- Y si la obra es nueva, posterior a esta ley. ¿Debe tener libro electrónico…según dice…”, desde la entrada en vigor de la presente Ley, NO SE HABILITAN NUEVOS LIBROS DE VISITAS DE LA ITSS.?
    También he visto que lo del libro electrónico no está habilitado en todas las comunidades autónomas.
    Gracias

    Un saludo,

    #435078 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Lo que yo he visto es al Inspector llevar él mismo unas hojas. Ahora deben funcionar así. Supongo que con la informática es más fácil tener un control de las inspecciones en una empresa sin necesidad del libro.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435079 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    De acuerdo.

    Muchas gracias. Me habían dicho que ya no hacía falta tener el libro de visitas en la obra.
    Yo estuve en otro trabajo, en una obra hace exactamente 4 meses y las dos veces que pasaron los inspectores pues firmaron en los libros que teníamos allí, porque eran libros que tenían desde hace unos 3 años ya comprados.

    un saludo.

    #435080 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas, te remito a otro hilo que se abrió sobre este mismo tema hace poco:

    Mi experiencia personal: en la misma ciudad, y en un intervalo de 1 mes, he visto manejar las DOS COSAS. En un caso a un cliente no le pidieron el Libro (ni documentación en general), sino que después de la visita le enviaron directamente una diligencia con las actuaciones a corregir (el formato era similar al del libro de visitas). Sin embargo en otra posterior, a otra empresa cliente, otro inspector distinto pidió el Libro.

    Creo que la clave sea preguntar en el registro donde vayas a habilitar el Libro (donde tengas la obra). Si ya no lo hacen…entonces no hay más que rascar, ¿no?

    Saludos.

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    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435081 Agradecimientos: 2
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    #435082 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @ICM75 wrote:

    “Por lo tanto, desde la entrada en vigor de la presente Ley, NO SE HABILITAN NUEVOS LIBROS DE VISITAS DE LA ITSS”.
    “En el caso de las empresas que cuenten con Libro de Visitas habilitado, las diligencias se podrán seguir practicando en los mismos, por lo que se mantendrán a disposición de los funcionarios actuantes”.

    Naaa…si es por aprovechar el papelico y eso…pero al final acabarán liando a la gente.

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    #435083 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenas noches,

    Muchas gracias por vuestras informaciones

    Un saludo

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