- Este debate tiene 6 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años, 3 meses por Eduardo Benjumea Rodriguez.
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Cuando no es el coordinador de seguridad y salud el que efectúa una anotación en el Libro de Incidencias sino p.ej, el contratista, delegado de prevención, etc…¿se mantiene la obligación del coordinador de notificarla a la Inspecciòn de Trabajo en 24 h.?,¿Qué ocurriría si el coordinador llevara varios días sin pasar por la obra y, por tanto, se pasara dicho plazo?. Gracias.
REAL DECRETO 1627/1997 (Art. 13.4) “Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra estará obligado a remitir, en el plazo de 24 horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste” Asimismo, tanto el contratista como el delegado de prevención son personas que pueden hacer anotaciones en el libro de incidencia (Art.13.3)
En cuanto a que pasaría si no lo remitiese a la inspección dentro del plazo, no te puedo responder, xo si a que debió de preveer la forma de enterarse de dichas anotaciones como se cita en la Guia Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción “establecido un procedimiento que le permita estar informado de dichas anotaciones en un plazo suficiente para que pueda hacer efectivo el Art.13.4”
Leí también el artículo, pero lo que realmente me gustaría saber (no soy coordinador de momento y no sé con qué frecuencia van a una obra) es: si pasaran varios días después de efectuada una anotación en el libro (por el delegado de prevención p.ej), el coordinador no se daría cuenta de ello en el plazo fijado de 24 h., luego ¿en qué responsabilidades incurriría (aunque no se produjera ningún accidente), sólo por no notificarlo en el plazo fijado?. Gracias por anticipado.
Si fuera yo, como coordinador lo primero que haría sería llevar la copia a la inspección de trabajo en cuanto tenga constancia de la anotación, y si hubieran pasado más de 24 horas, dejaría constancia en trabajo del hecho, con una nueva hoja de incidencias. Respecto a la responsabilidad yo entiendo que no debe ser del coordinador en tanto el no haya sido informado (no se como lo veria un inspector). No obstante, en los terminos del contrato coordinador-promotor, se debe reflejar las condiciones de “colaboración y comunicacion” para que no suceda esa situación y si sucede tener donde agarrarte.
Sigue siendo del Coordinador la obligación de notofocarlo a la autoridad laboral y a todas las empresas y/o autónomos afectados por la anotación.
Si no pasa por la obra y no tiene procedimentada esa situación, pues está actuando incorrectamente. Lo que puede pasar desde ahí sólo el cielo lo sabe…QUE ESTA MAL HECHO Y MAXIME SI COORDINA 30 OBRAS. TE RECOMIENDO QUE ANTE UN CASO ASÍ LO LLAMES POR TELEFONO Y QUE CUMPLA CON SU OBLIGACION DE LO CONTRARI LA INSPECCION ALLA. SALUDOS
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