- Este debate tiene 38 respuestas, 19 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años, 1 mes por Eduardo Benjumea Rodriguez.
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Comentarios a la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratacion en el sector de la construccion.
Editorial: Bormazo, S.L.
Autora: Amparo Merino Segovia.Hola:
Lo que dice el art.º 5.2.d) L. 32/2006 es absolutamente claro y, en mi opinión no hay que darle el significado que le das tú.
Yo entiendo que lo que quiere decir es que el tercer subcontratista no puede subcontratar con otro subcontratista o trabajador autónomo el trabajo que ha subcontratado él anteriormente. De esta manera no se contradice con el siguiente párrafo.
¿Estás de acuerdo conmigo?
Un saludoXabilbao
el apartado 2.d del articulo 5 yo no lo entiiendo así, para mi dice claro que el tercer nivel de subcontratacion no podra subcontratar el trabajo con ningun otro subcontratista o trabajador autonomo
Yo ya estoy apuntado, el 13-3-07 la Confederacion Nacional de la construccion, va a realizar una jornada sobre la ley de la subcontratacion en la construccion, en el Consejo Economico y Social C/Huertas, 73 en Madrid empieza a las 9,30 h.
La inscripcion es gratuita, hay que llamar a la Confederacion nacional de la construccion o entrar en su web, coger modelo y enviar solicitud, por si a alguno os puede interesar. Viene el programa y las personas que intervienen, el ministro de trabajo, y muchos mas.
saludos
Te lo he enviado hace unos minutos.
Siento no haber leido antes tu mensje, pero esto no lo domino bien. Disculpa pero hace minutos te lo he remitido.
Hace unos minutos te he remitido la ponencia.
Os INFORMO QUE EXISTE un libro editado por la Editorial Bormzazo y es de una catedratica de Derecho del trabajo, Amparo Merino Segovia y el libro se titula. Comentarios a la ley 32/2006 de 18 de octubre, reguladora de la Ley de subcontratacion. -
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