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    jose luis garcia
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    julio 2017


    Tengo 61 años soy jardinero y el pasado noviembre fui a la Seguridad social a informarme para la jubilación-parcial,escanearon una documentacion que yo aportaba, y me dijeron que por carta me responderian en esa espera en Diciembre sufri un infarto agudo de miocardio,por el cual estube de baja 6 meses,me dio de alta el medico al encontrarme mejor a pesar que aun estoy pendiente de la ergometria (esfuerzo) y para que pudiera gestionar la jubilación-parcial. La empresa estando de baja me repetian una y otra vez que a mi vuelta al trabajo,Prevencion de riesgos laborales me haria una revision medica y valoracion actual de mi salud (NO se a cumplido) me pidieron una carta en la cual yo solicitara por escrito dicha jubilación_parcial,y adjuntara copia de la carta que me envio la S.social y hice copia de la misma asi de la documentacion y me la sello la empresa,para yo demostrar que les habia entregado la misma ,en la cual manifiesta la S.social que una vez revisada la documentacion aportada,verificado edad.años cotizados y convenio,Tengo pleno derecho a una jubilacion-parcial del 0,85% y a trabajar solo un 15% hasta los 65 años. pero ademas pone que el relevista a de ser con contrato indefinido y a tiempo completo.La empresa me niega la jubilacion-parcial porque la politica de ellos es NO contratar a nadie indefinidamente,Mi trabajo no a cambiado me ordenan cavar,transplantar,etc etc me canso mucho, he consultado con 2 abogados y manifiestan que ya que la empresa NO acepta mi jubilación-parcial como indica la S.Social que vaya de nuevo al medico pida la baja, hasta que te den la incapacidad absoluta. que me aconsejais gracias.

    #436706 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    @jose luis garcia wrote:

    Tengo 61 años soy jardinero y el pasado noviembre fui a la Seguridad social a informarme para la jubilación-parcial,escanearon una documentacion que yo aportaba, y me dijeron que por carta me responderian en esa espera en Diciembre sufri un infarto agudo de miocardio,por el cual estube de baja 6 meses,me dio de alta el medico al encontrarme mejor a pesar que aun estoy pendiente de la ergometria (esfuerzo) y para que pudiera gestionar la jubilación-parcial. La empresa estando de baja me repetian una y otra vez que a mi vuelta al trabajo,Prevencion de riesgos laborales me haria una revision medica y valoracion actual de mi salud (NO se a cumplido) me pidieron una carta en la cual yo solicitara por escrito dicha jubilación_parcial,y adjuntara copia de la carta que me envio la S.social y hice copia de la misma asi de la documentacion y me la sello la empresa,para yo demostrar que les habia entregado la misma ,en la cual manifiesta la S.social que una vez revisada la documentacion aportada,verificado edad.años cotizados y convenio,Tengo pleno derecho a una jubilacion-parcial del 0,85% y a trabajar solo un 15% hasta los 65 años. pero ademas pone que el relevista a de ser con contrato indefinido y a tiempo completo.La empresa me niega la jubilacion-parcial porque la politica de ellos es NO contratar a nadie indefinidamente,Mi trabajo no a cambiado me ordenan cavar,transplantar,etc etc me canso mucho, he consultado con 2 abogados y manifiestan que ya que la empresa NO acepta mi jubilación-parcial como indica la S.Social que vaya de nuevo al medico pida la baja, hasta que te den la incapacidad absoluta. que me aconsejais gracias.

    Buenos días
    Este foro está destinado a la prevención de riesgos laborales y, sinceramente, lo que planteas es más un tema “legal/laboral” que de prevención de riesgos laborales.

    Lo que sí puedo comentarte es que, siempre desde el punto de vista de seguridad y salud laboral, la empresa sí está obligada a realizarte un Reconocimiento Médico Laboral, que verifique tu correcta “aptitud” para el puesto de trabajo y tareas que realizas, según lo que establece el propio art. 22 LPRL, y el RD 39/1997:
    “En materia de vigilancia de la salud, la actividad sanitaria deberá abarcar, en las condiciones fijadas por el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales:
    1.º Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.
    2.º Una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores.
    3.º Una vigilancia de la salud a intervalos periódicos.”

    Con esa “evaluación de la salud”, el Servicio de Medicina del Trabajo podrá determinar si debes realizar o no determinadas tareas, o deben limitarse tus funciones en ese puesto por tu “especial situación”.

    eso sí, debe quedar claro que esto nada tiene que ver con la solicitud de Jubilación PArcial, o incapacidad que puedas solicitar con la Seguridad Social. Son dos cosas diferentes, si bien, podrían “ayudar” a que se tomen ciertas decisiones.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

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  • El debate ‘ incapacidad laboral permanente despues de un infarto agudo d’ está cerrado y no admite más respuestas.