Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #72368 Agradecimientos: 0
    Mario78
    Participante
    18
    septiembre 2008


    Hola a tod@s.
    En dos puestos de trabajo de oficina, la luz de los mismos son dos focos halógenos que producen deslumbramientos y destellos sobre los trabajadores. Hemos recalcado la necesidad de cambiar dichos halógenos por lámparas de techo (luminarias de cuatro tubos con rejilla difusora), basándonos en el RD 488/1997 (La iluminación general y la iluminación especial (lámparas de trabajo), cuando sea necesaria,deberán garantizar unos niveles adecuados de iluminación y unas relaciones adecuadas de luminancias entre la pantalla y su entorno,habida cuenta del carácter del trabajo, de las necesidadesvisuales del usuario y del tipo de pantalla utilizado. El acondicionamiento del lugar de trabajo y del puesto de trabajo, así como la situación y las características técnicas de las fuentes de luz artificial, deberán coordinarse de tal manera que se evitenlos deslumbramientos y los reflejos molestos en la pantalla u otras partes del equipo.
    c)Reflejos y deslumbramientos.
    Los puestos de trabajo deberán instalarse de tal forma que las fuentes de luz, tales como ventanas y otras aberturas, los tabiques transparentes o translúcidos y los equipos o tabiques de colorclaro no provoquen deslumbramiento directo ni produzcan reflejos molestos en la pantalla.)

    Pese a basarnos en esto, el departamento de infraestructuras nos comenta que no existe una negativa expresa al uso de halógenos y que intentaran desplazarlos para que no produzcan esos reflejos, cosa que no queremos que sea así si no que se cambie por lamparas de tubos con rejilla.

    Me gustaría que me comentaráis qué os parece y en qué más podemos basarnos para que no nos “quedemos con esos halógenos”.

    Gracias de antemano.

    #427680 Agradecimientos: 1
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Pues verdad no entiendo la preferencia de la empresa por la utilización de lámparas halógenas.
    El Corte Inglés hasta hace poco las usaba en sus distintos departamentos comerciales, por aquellos del “ambiente cálido” y acogedor…que invita a recrearse y comprar. Supongo que tienen también un alto índice de reproducción cromática. Así que en escaparates y comercios viene bien.
    No obstante los halógenos son caros, consumen mucho (que fue de lo del ahorro y eficiencia energética?) y sobre todo producen mucho, pero que mucho calor, más si te da encima.
    De hecho el Corte Inglés ha sustituido, o está sustituyendo los halogénos por las luces LED que alumbran tanto o más, consumen poco y sobre todo no producen calor.
    Por otro lado si hablamos de oficinas es mejor, en principio luz que combine bien con la luz natural (los halógenos tienen una temperatura de color, creo que entre 3000 y 4000 grados kelvin) son preferibles los fluorescentes (luz de dia de 5 ó 6000 grados kelvin) o incluso las ahora arrasando luces led, luz blanca con amplico espectro e IRC.

    Naturalmente que el asunto de los reflejos o brillos es independiente del tipo de lámpara, ya que es una cuestión de su colocación y ángulo en el campo visual y tan molesto pueden resultar unas lámparas mal colocadas sean halogénas, incandescentes, fluorescentes o leds. Es otro tema.
    Yo me centraría en el tema calor, temperatura de color y …rendimiento energético

    #427681 Agradecimientos: 1
    Azu16
    Participante
    3
    11
    enero 2012

    Iniciado

    Hola,
    En mi opinión, además de lo que expone el compañero, se deberá realizar una medición higiénica de iluminación y basandote en las guias del INSHT, reales decretos, etc. se le indica a la empresa si debe cambiar los halogenos o no, según el informe de iluminación. Si el trabajador padece dolores de cabeza, etc, derivados del calor y reflejo que produce la luz, tambien te puede ayudar el médico del trabajo, o eso debería con el reconocimiento médico, o con la propia evaluación de riesgos del puesto.
    Espero que sea de tu ayuda, un saludo

    #427683 Agradecimientos: 0
    Mario78
    Participante
    18
    septiembre 2008


    @Azu16 wrote:

    Hola,
    En mi opinión, además de lo que expone el compañero, se deberá realizar una medición higiénica de iluminación y basandote en las guias del INSHT, reales decretos, etc. se le indica a la empresa si debe cambiar los halogenos o no, según el informe de iluminación. Si el trabajador padece dolores de cabeza, etc, derivados del calor y reflejo que produce la luz, tambien te puede ayudar el médico del trabajo, o eso debería con el reconocimiento médico, o con la propia evaluación de riesgos del puesto.
    Espero que sea de tu ayuda, un saludo

    Sí, realizamos medición en ambos puestos siendo el resultado de ésta inferior al criterio mínimo que usamos según RD 486/1997. Y sí, ambos sufren dolores de cabeza, junto con otros síntomas oculares y extraoculares derivados de la fatiga visual que evidentemente sufren. Este informe se ha aportado y de aquí mi consulta, ya que pese a aportar el mismo,y basarnos en el RD 486/1997 sobre dichos niveles de iluminación, así como el 488/1977 en el tema de reflejos, no quieren cambiar dichos halógenos, unicamente desplazarlos.
    El INSHT en uno de sus boletines (concretamente en el nº 58), trata de la iluminación de los puestos de trabajo estableciendo que los sistemas de iluminación deben ir acompañados de pantallas o luminarias que los oculten a la visión directa de las personas con el fin de evitar deslumbramientos. Por ello creeemos que los halógenos no son el sistema más adecuado para iluminar un puesto de trabajo de oficina, sí para otras zonas tales como zonas de paso, de espera, salas, pero no para desempeñar tareas propias de oficina.
    Gracias por tu aportación!
    Saludos.

    #427684 Agradecimientos: 0
    Lluisbv
    Participante
    3
    0
    febrero 2012

    Iniciado

    Yo, para este caso, iría por la medición de las luminancias (luminancia, no iluminancia) y los posibles desequilibrios, además de la consideración de los reflejos.

    #427685 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @Lluisbv wrote:

    Yo, para este caso, iría por la medición de las luminancias (luminancia, no iluminancia) y los posibles desequilibrios, además de la consideración de los reflejos.

    Efectivamente, de hecho “siempre” los problemas de “iluminación” en una oficina son problemas de luminancia no de iluminación (la luz en sí misma es invisible, solo la percibimos a traves de su reflejo en superficies). Lo que molesta a los trabajadores es, pues, la luminancia, es decir el deslumbramiento, el brillo o la reverberación. Lo que ocurre es que suele existir, obviamente, una correlación entre iluminación y luminancia.

    En el caso de uso de halógenos puede darse mas este problema que con el uso de tubos fluorescentes ya que a menor superficie de la lámpara mayor intensidad en el haz luminuso lo que produce mayor “deslumbramiento” directo . En el puesto la luminancia dependerá del ángulo de la lampara con respecto al plano de trabajo y posición del trabajador.
    Los halógenos, si no están “encastrados” en el techo son una fuerte fuente de deslumbramiento si se situán en el campo visual próximo, son muy deslumbrantes más por lo dicho, poca superficie mucho flujo luminoso.

    No obstante el RD 486 ni el 488 establecen “niveles máximos” con respecto a las “candelas”, aunque en la guia técnica del 488 y en NTP del INSHT se establecen unos límites “recomendables” (que en su caso serían “obligatorios” via evaluación no por aplicación de norma). No recuerdo si valor se situaba en máximo de 200 candelascm2, no obstante pienso que esto se puede aprecier fácilmente in situ “viendo el panorama”

    #427686 Agradecimientos: 0
    Ramazzini3ero
    Participante
    3
    0
    julio 2013

    Iniciado

    Estimado Mario78, veamos tu planteas que ya hicieron todo lo que podian para justificar el retiro de los halogenos de la oficina y substituirlos por luminarias adecuadas. Los halogenos consumen una gran cantidad de energia, y de alli que su costo es elevado si lo comparamos con luminarias convencionales, en cuanto a los efectos negativos a la salud dependera de la luminancia, por el reflejo o deslumbramiento que puedan tener en los puestos de trabajo y afectar asi a los usuarios o trabajadores; claro que ello depende del angulo con respecto al puesto de trabajo o puestos de trabajo. No crees que un estudio ergonomico de los puestos de trabajo para definir que tan seria es tal reverberacion de la luz podria resultar util. Saludos.

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