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  • #56292 Agradecimientos: 0
    enara
    Participante
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    julio 2001


    Hola:

    Soy trabajadora designada para la prevención de riesgos laborales en un Hospital Privado con 120 personas contratadas y alrededor de otros 50-60 trabajadores de empresas subcontratadas. El empresario me ha formado en el Nivel Básico, he realizado la evaluación de riesgos, es válida con el nivel formativo que poseo? Estoy capacitada para realizar el Programa de Prevención de dicho Hospital? Yo, por lo menos no me siento capacitada, además no se si tendría validez el Plan que yo pueda llegar a hacer.

    Saludos a todos

    #313515 Agradecimientos: 0
    Adolfo3684
    Participante
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    agosto 2001


    No conosco la legislación de tú pais, por lo tanto no puedo responderte en cuanto a la legalidad de la evaluación de riesgos y los planes o programas de de prevención que realices, sin embargo quiero indicarte que estos son temas muy delicados y es prudente manejarlos con mucha cautela, por: 1) Las implicancias legales si hay un accidente y 2) la seguridad del personal o los usuarios de sus servicios. Pienso que deberias ser franca con tú empresa y expresarles la necesidad de contratar un experto en estos temas, con el cual podrias trabajar y asi lograr el mejor resultado posible. En todo caso, para realizar un analisis basico de riesgos, debes primero considerar los siguientes pasos:

    1) Identificar los procesos que se realizan en la empresa

    2) Evaluar los peligros potenciales de los mismos: calor, temperatura, agentes biologicos, aspectos psicologicos, duración de la jornada de trabajo, ruido, sustancias peligrosas, etc.

    3)Valorar cada uno de estos aspectos.

    4)Definir el grado de significancia del riesgo (bajo, alto…)

    5)Proponer objetivos y metas de control. En este punto se debe revisar cual es la politica de salud y seguridad de la institución.

    6)Desarrollar los planes o programas especificos para el monitoreo y control de los riesgos.

    #313516 Agradecimientos: 0
    IAL
    Participante
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    agosto 2001


    Si tu fuistes capaz de realizar una evaluación de riesgos donde trabajas, podrás llevar a cabo sin ningún problema tu programa anual de control de perdidas. Ya que al obtener el VEP (valor esperado de perdidas), podrás disernir o identificar tus aspectos más significativos que deberán ser incluidos en el programa.

    Ante cualquier duda no dudes en contactarme

    #313517 Agradecimientos: 0
    joan278
    Participante
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    mayo 2001


    Srta:

    Te adjunto el artº 35, que es muy claro y especifico.

    saludos,

    Artículo 35: Funciones de nivel básico

    Integran el nivel básico de la actividad preventiva las funciones siguientes:

    Promover los comportamientos seguros y la correcta utilización de los equipos de trabajo y protección, y fomentar el interés y cooperación de los trabajadores en la acción preventiva.

    Promover, en particular, las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general, y efectuar su seguimiento y control.

    Realizar evaluaciones elementales de riesgos y, en su caso, establecer medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación.

    Colaborar en la evaluación y el control de los riesgos generales y específicos de la empresa, efectuando visitas al efecto, atención a quejas y sugerencias, registro de datos, y cuantas funciones análogas sean necesarias.

    Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones al efecto.

    Cooperar con los servicios de prevención, en su caso.

    Para desempeñar las funciones referidas en el apartado anterior, será preciso:

    Poseer una formación mínima con el contenido especificado en el programa a que se refiere el Anexo IV y cuyo desarrollo tendrá una duración no inferior a 50 horas, en el caso de empresas que desarrollen alguna de las actividades incluidas en el Anexo I, o de 30 horas en los demás casos y una distribución horaria adecuada a cada proyecto formativo, respetando la establecida en los apartados A y B, respectivamente, del Anexo IV citado, o,

    poseer una formación profesional o académica que capacite para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes o similares a las que precisan las actividades señaladas en el apartado anterior, o,

    acreditar una experiencia no inferior a 2 años en una empresa, institución o Administración Pública que lleve consigo el desempeño de niveles profesionales de responsabilidad equivalentes o similares a los que precisan las actividades señaladas en el apartado anterior.

    En los supuestos contemplados en los párrafos b) y c), los niveles de cualificación preexistentes deberán ser mejorados progresivamente, en el caso de que las actividades preventivas a realizar lo hicieran necesario, mediante una acción formativa de nivel básico en el marco de la formación continua.

    La formación mínima prevista en el párrafo a) del apartado anterior se acreditará mediante certificación de formación específica en materia de prevención de riesgos laborales, emitida por un servicio de prevención o por una entidad pública o privada con capacidad para desarrollar actividades formativas

    #313518 Agradecimientos: 0
    LSC
    Participante
    0
    mayo 2001


    El RD 39/97 deja bien claro las funciones de un nivel basico y de entre ellas no se contempla la realización de evaluaciones de riesgos, así que mucho menos el realizar el programa de prevención. De cualquier manera tu no te preocupes pues la responsabilidad de todo la tiene el empresario, y la inspección irá a por el, no a por ti.

    Deberías decirle que te forme como mínimo en un Nivel Intermedio.

    Esto es algo mas frecuente de lo que parece a simple vista, y vale hasta que te pilla la inspección. SUERTE.

    #313519 Agradecimientos: 0
    xavi1249
    Participante
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    junio 2001


    Primero por la Ley de PRL si que estas capacitada pero Inspección no lo cree así ya que no es una evaluación elemental lo que tu haces, según marca el Reglamento de los SP, con lo cual deberias realizar el Nivel Intermedio como mínimo, si tienes una inspección posiblemente te tiren para atras, todo depende del inspector. un saludo.

    #313520 Agradecimientos: 0
    Rebe0
    Participante
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    abril 2001


    , deberias de echar un vistazo al R.D 39/97 sobre lso servicios de prevencion, en el cual indican las funciones de los niveles de formacion, las funciones del nivel basico se envuentran en el Capitulo VI, articulo 35.

    Espero que estas indiceciones te sirvan de ayuda, para aclararte un poco tema

    #313521 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Compañera, con el nivel básico no estás capacitada para realizar evaluaciones de riesgos, solo podrías realizar E.R. de trabajos muy sencillos que no es el caso, ya que en un hospital hay numerosos riesgos. Como mínimo tienes que tener el nivel intermedio y en caso de que tuvieses que realizar mediciones, etc, el nivel superior.

    Te aconsejo que no te metas en esos fregados, además de que estás incumpliendo las competencias del Reglamento de los Servicios de Prevención.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #313522 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Pienso que con la formación que posees, dificilmente podrás llegar a poder evaluar ciertos riesgos en la empresa que requieren mayor especilización que la que tu posees por tus conocomientos. Además, si tu empresa decide llevar a cabo la evaluación de riesgos por si misma, deberá de acatar lo dispuesto en el R.D. 39/97 en lo que se refiere a un servicio de prevención propio, debiendo contar en su plantilla con al menos dos de las cuatro especialidades que requiere la implantación de un Servicio de Prevención Propio, debiendo contratar las otras dos restantes con un Servicio de Prevención Ajeno

    #313523 Agradecimientos: 0
    lrc1954
    Participante
    0
    junio 2001


    Segun el reglamento de los servicios de prevencion no estarias capacitad a para realizar dichas evaluaciones.

    Legalmente no tendría validez y sin intentar menospreciar a nadie entiendo que con una formacion a nivel basico dificilmente se tienen conocimientos para desarrollar un plan preventivo.

    #313524 Agradecimientos: 0
    Preven1669
    Participante
    0
    julio 2001


    Tu evaluación no es válida ya que, tal y como regula el art.35 del RSP las funciones de nivel básico se limitan a realizar evaluaciones elementales de riesgos y promover actuaciones preventivas básicas, pero no para realizar evaluaciones de riesgos, y aún más si se trata de un hospital en la que la existencia de riesgos biológicos, químicos, radiaciones,etc. sólo permite que éstas funciones las realicen técnicos del nivel superior (art.37.1.b del RSP). Por tanto debo informarte que tampoco estás capacitada para ello. Un saludo

    #313525 Agradecimientos: 0
    Preven1669
    Participante
    0
    julio 2001


    Alunos por estar en el top 10 expertos contestan auténticas barbaridades, como el caso de Xavi ¿como se puede decir que según la Ley si estás capacitada y qué depende de la inspección? No sabes que viene todo regulado en el RSP.

    #313526 Agradecimientos: 0
    cristina
    Participante
    0
    julio 2001


    Según el artículo 35 del RSP no estás capacitada. Un saludo

    #313527 Agradecimientos: 0
    mlopez721
    Participante
    0
    junio 2001


    A pesar de lo que dice el Sr. Pons, por encima de la Ley (cualquier ley) debe primar el sentido común, por el cual entiendo que los inspectores echarían esa ERL para atrás, como dice Xavi (y no creo que tenga nada que ver que figure entre los expertos). Como ejemplo, en mi comunidad la inspección no admite una ERL hecha por alguien con el nivel básico si la empresa dispone de maquinaria, con lo que la utilidad del curso básico queda limitado a oficinas, comercios y poco más, lo que me parece bastante coherente.

    Trabajo como técnico intermedio en el SP de una mutua, y el sentido común es el que nos hace repartir las empresas entre los superiores y nosotros. Como ejemplo, yo entiendo que para tu caso haría falta un técnico superior, desde luego la formación básica es insuficiente, y menos para realizar la ERL, que es la madre del cordero.

    Espero haber servido de ayuda.

    Un saludo

    Miguel A. Lopez

    TIPRL

    España

    #313528 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    No, la evaluación de riesgos que has hecho contando con una formación exclusivamente de nivel básico no es válida en una interpretación estricta de la Ley de Prevención y del Reglamento de los Servicios de PRevención. El art. 35.1c. del Reglamento de los servicios de prevención autoriza a los técnicos de nivel básico para “realizar evaluaciones Elementales de los riesgos”. Las condiciones que se dan en un centro de trabajo como en elq eu tú te encuentras exigirían la intervención de un técnico supoerior de prevención de acuerdo con el art. 37.1b. del Reglemento de los Servicios de Prevención.

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