Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Autor
    Entradas
  • #56387 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola amigos,

    soy técnico superior en seguridad, higiene y ergonomía. Trabajo en una empresa en la cual hemos optado por tener un servicio de prevención ajeno, por lo que yo no soy trabajador designado. Tengo una duda que no me ha sabido responder nadie y es: ¿ puedo darle yo la formación de los riesgos laborales en el puesto de trabajo al personal de la empresa? ¿ tendría que auditar la formación? Un saludo a todos y gracias.

    #313985 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Mira las funciones de un técnico superior en el reglamento de los servicios de prevención, en él se incluye la formación.

    #313986 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    En principio la formación tiene que darla un trabajador designado del servicio de prevención, aunque se podría impartir conjuntamente, ya que tu perteneces a la empresa y posees la formación adecuada y suficiente.

    De todos modos pienso que no tendrías problemas en darla tu mismo, pero para quitarte de problemas la puede firmar un trabajador designado de la empresa e incluso firmar como que ha supervisado esa formación (manuales, test, etc.)

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #313987 Agradecimientos: 0
    JFG
    Participante
    0
    junio 2001


    Poder la puedes impartir considero que no hay ningún problema, documentala, impartela con rigurosidad, y que los trabajadores firmen un documento de haber recibido la formación.

    En cuanto a la auditoría de la formación creo que no es necesario.

    #313988 Agradecimientos: 0
    LSC
    Participante
    0
    mayo 2001


    Como Técnico Superior en prevención de riesgos laborales, estás capacitado para dar esa formación y no se necesita de nada mas que tu firma para acreditar esa formación (El real decreto lo deja claro). Es mi punto de vista…

    #313989 Agradecimientos: 0
    xavi1249
    Participante
    0
    junio 2001


    En principio si que la puedes dar no habria ningún problema, pero trendrias que auditarte, la manera de evitarlo, sencillo, la formación la das tu y la asume el Servicio de Prevención, se puede hacer, pues si, es del todo legal. Un saludo

    #313990 Agradecimientos: 0
    SERRANO2522
    Participante
    0
    julio 2001


    Entiendo que si. Al igual que el tecnico que lo haga de tu servicio de prevencion ajeno. Respecto a tu autoauditoria, deberá quedar a tu criterio el hacerla, pero siempre para ti. Lo que si debes documentar es la sistencia y suficiencia (segun sea la formación impartida) de los formados.

    #313991 Agradecimientos: 0
    Er Guzman
    Participante
    0
    julio 2001


    1º que tengais contratada a un servicio ajeno, no influye para que pueda ser trabajador designado.

    2º la formación, la proporciona X a traves del empresario, ya que la legislación española dice. El empresario formará o proporcionara formación a sus trabajadores., no te creas que no te lo pediran, baja costes y se supone que, como trabajador coneceras bien el sistema, pero recuerda, que la formación es la base de la prevención, y si no eres trabajador designado, no estas cubierto, y recurda que lo técnico es una cosa y la realidad laboral otra, la incorporacion de un servicio ajeno, es el medio para unir lo técnico y lo real.

    3º la formación no se audita, se audita el sistema de gestión, da lo mismo auditado o no ha de ser real, legal, y eficaz. Sin estos criterios no es formación es una pantomima

    #313992 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
    Participante
    0
    abril 2001


    En principio toda la actividad preventiva (incluida esa) la realiza el serv. de pre. en este caso ajeno, pero el puede obtener lo resultados con los medios que considere oportunos y la ley permita, tal que puede hacer como suya una evaluacion de riesgos hecha por otro tecnico, o la formacion realizada por otro tecnico ajeno al SPAjeno, tal que el truco esta en que la haga constar como suya, aunque la impartas tu o cualquier otro tecnico sup. Es lo que siempre me han dicho aunque reconozco que hay un poco de vacio legal. Un saludo.

    #313993 Agradecimientos: 0
    lrc1954
    Participante
    0
    junio 2001


    La formación no tiene porque facilitarla el Servicio de Prevención propio o ajeno, lo que la LPRL dice es que se formara a los trabajadores, portanto entiendo que la formación en riesgos laborales puedes realizarla perfectamente tu.

    Otra cuestion es que se adapte a las necesidades y carateristicas del puesto de trabajo y que procures usar la misma metodología en todos los trabajadores y que exista constancia escrita de que se impartio la formación y de su contenido.

    #313994 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
    0
    agosto 2001


    Puedes dar esa formación perfectamente, siempre y cuando cumplas con lo dispuesto en el RD 39/1997 por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.

    #313995 Agradecimientos: 0
    cristina
    Participante
    0
    julio 2001


    Hola. Yo me encuentro en el mismo caso que tú y doy cursos de formación en mi empresa. El Gabinete de Seguridad e Higiene de Valencia en una visita que hizo a nuestra empresa no me ha puesto ninguna pega. Son cursos que surjen de la necesidad diaria y nadie mejor que el Tecnico de la empresa para impartirlos, y tu estas cualificado para ello. Esto es sólo un caso y una opinión porque no hay referencia legal al respecto. Un saludo

Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • El debate ‘ Formación a los trabajadores’ está cerrado y no admite más respuestas.