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  • #55400 Agradecimientos: 0
    PAKY
    Participante
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    septiembre 2001


    HOLA A TODOS, ESTA ES MI PREGUNTA: ¿LA FECHA DE BAJA MEDICA DEBE SER LA DEL DIA EN QUE EL MEDICO EXAMINA AL TRABAJADOR O LA DEL DIA DEL ACCIDENTE?

    UN TRABAJADOR SUFRE UN ACCIDENTE EN VIERNES Y ES ATENDIDO EN EL HOSPITAL CONCERTADO MAS CERCANO, DONDE LE PRESCRIBEN REPOSO. SE AVISA AL MEDICO DE LA MUTUA Y LE DICE QUE SI PARA EL LUNES SIGUE CON MOLESTIAS PASE CONSULTA. TRASCURRIDOS VARIOS DIAS DESDE EL ACCIDENTE Y REALIZANDO EL TRABAJADOR SU LABOR EN ESTE PERIODO. ¿ES NORMAL QUE LE DEN LA BAJA CON FECHA EL DIA DEL ACCIDENTE? ¿ QUE PASA CON LOS DIAS TRABAJADOS?. GRACIAS.

    #309836 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    La fecha de la baja es la del día que deja de trabajar, ya que permite al trabajador justificar la no asistencia al lugar de trabajo desde esa fecha. Si un trabajador está de baja, no puede trabajar, ni realizar labores sindicales, ni debería aparecer por la empresa no vaya a ser que le atropeye una carretilla que pasaba por allí (ningún inspector se va a creer que “pasaba por allí”). No pasa nada por dar una baja días después del accidente, de hecho es frecuente que te cuenten que se dieron un golpe días atrás y no han acudido a consulta por ver si se les pasaba. Y ves si te lo crees o no.

    Un saludo

    Javier

    #309837 Agradecimientos: 0
    rruizc
    Participante
    0
    noviembre 2001


    No debería ser normal, la baja médica por motivos de salud deberá ser a partir de que el médico diagnóstique que el padeciemiento presentado lo limita para seguri laborando, en este caso el se presentó a trabajar un día (al parecer completo su jornada laboral) por lo tanto ese dia nop debe ser cubierto por incapacidad.

    #309838 Agradecimientos: 0
    Carlos Rodriguez Costas
    Participante
    0
    febrero 2014


    En esta cuestión hay que tener en cuenta las siguientes circustancias, si el trabajador desarrolla su trabajo normal, el accidente no requiere baja, si posteiormente se complica el proceso y precisa baja se dará con la fecha en la que deja de acudir al trabajo, los días trabajados cuentan como trabajados. Ahora bien si el trabajador estuvo dos días de reposo y no fué a trabajar reincorporandose al tercer día, la baja será del día del accidente y por los dos días en que no trabajó, siendo alta el día anterior a reincorporarse al trabajo, con lo cual el día del accidente cuenta como trabajado y el día siguiente como baja, sería una baja de un día, si después recae se tendrá que dar una nueva baja desde el día de la recaida,

    #309839 Agradecimientos: 0
    Heidi7603
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Efectivamente, la fecha de la baja es la del accidente legalmente. Los días trabajados no sé si los paga la Mutua o la empresa. Siento no poder ayudarte más. Un saludo.

    #309840 Agradecimientos: 0
    Covalmet
    Participante
    0
    septiembre 2001


    Lo habitual es que le den la baja cuando esté incapacitado para el trabajo, pués puede darse la circustancia de que inicialmente el trabajador pudiera desarrollar sus tareas.

    #309841 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    la del dia del accidente

    la empresa solo ha de hacerse crgo del primer dia..la mutua del resto

    un saludo

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