La normativa le exige a cada empresario disponer de un sistema de protección eficaz.
Si consideras que es eficaz depender de un sistema ajeno, del que no puedes controlar su estado de revisión y mantenimiento, o simplemente su permanencia (imagina uqe un día se lo llevan por que al colocar una decoración tienen que cambiarlo de sitio y se olvidan de reubicarlo, que no sería nada raro que pasase)…
De todas formas, habría ue ver cual es la relación contractual, en el caso de puestos abiertos (plaza de abastos…) al incorporarse al sector de incendios principal… me entran dudas. Pero si hablamos de oficinas en un edificio, desde mi punto de vista no cabe más opción que disponer de un sistema propio (adecuado a la isntalación).