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    ASES27
    Participante
    0
    septiembre 2011


    Buenos días,
    En mi empresa se va a contratar a un estudiante en prácticas para realizar tareas de sintesis en el laboratorío.
    Mi consulta es si existe alguna Ley, RD, .. etc, que regule o más bien limite el uso de equipos, productos químicos, etc. para este tipo de contrato o convenio.
    Gracias

    #430290 Agradecimientos: 0
    Sabette
    Participante
    3
    4
    marzo 2014

    Iniciado

    Buenos días,
    habría que ver si la relación es de convenio de prácticas con la universidad o bien contrato de prácticas.
    En el caso de contrato de prácticas se establece una relación de tipo laboral por cuenta ajena, por lo que a nivel normativo es como cualquier otro trabajador. Evidentemente, como la relación contractual tiene una base formativa, en determinadas operaciones deberán realizarse bajo supervisión.
    En el caso de convenio de prácticas con la universidad o centro formativo, no hay una relación laboral, por lo que habría que ver qué es lo que se regula en ese convenio y si limita alguna tarea que se pudiera considerar peligrosa.

    En todos los casos, si el trabajador es menor nos remitiremos al artículo 6 del Estatuto que nos indica lo siguiente:
    1. Se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de dieciséis años.
    2. Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar trabajos nocturnos ni aquellas actividades o puestos de trabajo que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, previa consulta con las organizaciones sindicales más representativas, declare insalubres, penosos, nocivos o peligrosos, tanto para su salud como para su formación profesional y humana.
    3. Se prohíbe realizar horas extraordinarias a los menores de dieciocho años.
    4. La intervención de los menores de dieciséis años en espectáculos públicos sólo se autorizará en casos excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana; el permiso deberá constar por escrito y para actos determinados.

    *Sabette*

    La verdadera sabiduría consiste en ir adquiriendo poco a poco el convencimiento de que no sabes nada de nada.

    #430291 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Efectivamente el quiz de la cuestión esta en qué es lo que dice el convenio-contrato de este trabajador en practicas. No debe ser un contrato normal y corriente porque si debe incluir todo lo que puede hacer y todo lo que no puede hacer, si puede estar solo o si no pued estarlo, etc. etc.

    El que no exista nada de ello, es una acción imprudente 100% de quien contrata y allá él. Otra cosa importante es la inclusión en los seguros de accidente de trabajo, accidente generales, RC, etc. etc.

    Un saludo

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

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