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  • #7367 Agradecimientos: 0
    Eykis
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    marzo 2004


    Buenos dias, señor@s de la prevencion, me encuentro realizando una norma de trabajo, de una empresa que se dedica al corte y realización de cristales para escaparates y ventanas. Se cuenta con 3 puentes grua para la manipulacion de los cristales. Con respecto a las Epis, recomiendo la utilizacion de guantes de corte, manguitos para el brazo, etc, pero ahora tengo la duda, sobre exigir la utilizacion de casco, cuando se transporta de un lado a otro la placa con el puente grua. Muchas gracias por adelantado. A que norma me puedo referir

    #116889 Agradecimientos: 0
    NBJ
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    9
    6
    julio 2007

    Iniciado

    Opino que sí que es necesario el casco (¿puedes eliminar por completo el riesgo de caída de objetos o golpes en la cabeza del operario?, seguramente no; luego con la LPRL te basta para justificarlo).

    #116890 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Creo que la norma básica es esa que dice: “Si la placa se cae, te machaca el cráneo”.

    Lo que deberías hacer, según opino yo (que conste que es un consejo no vinculante), es tirar del art. 15 de la LPRL.

    Es primer lugar, ¿puedo eliminar el riesgo, o evitar que se produzca? Porque, por ejemplo, si los trabajadores no tiene porqué andar bajo las cargas suspendidas (no deberían), se les prohíbe pasar por debajo, y el riesgo es eliminado sin necesidad de usar de EPI´s como el casco.

    Si no es posible (o no voy a poder controlarlo), ¿puedes reducir el riesgo al mínimo, o aislarlo? Por ejemplo, acotando la zona de recorrido del puente grúa de tal forma que los trabajadores no puedan pasar.

    Si la empresa no tiene pasta para ello, o sencillamente es inevitable que los trabajadores interactúen en esa zona (yo me plantearía si es posible redistribuir los puestos de trabajo y cambiarlos de sitio), entonces ya habría que acudir al uso de protecciones colectivas (como una cubierta, que sé yo).

    Y en ultimísimo lugar, tenemos los EPI’s (junto al uso de normas seguras de trabajo, claro). Si estás en este último caso, el casco debería ser obligatorio. Recuerda que los EPI’s sólo protegen del riesgo, pero no lo eliminan. Si se cae una placa, el trabajador se llevará el golpe lo lleve o no (sólo variará la gravedad del accidente).

    Por lo tanto, más acuciante que el hecho de sopesar si deberían usarlo o no, plantéate como eliminar los posibles accidentes. Y por ahora, que lleven casco.

    Un saludo.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #116891 Agradecimientos: 0
    fantasmon
    Participante
    0
    septiembre 2004


    Comparto el criterio de los compañeros, es necesario que al manejar materiales por encima de la altura promedio del individuo sea vital la asignacion de cascos de seguridad y creo que es un buen articulado el que te han mencionado
    Atte
    Esp. Carlos Nohle

    #116892 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    No, no es necesario, ni útil, el casco de seguridad.

    Entonces deberían llevar casco el 90% de las empresas industriales del pais.

    Independientemente de que los trabajadores no deban circular por debajo de las cargas suspendidas, y de que las cargas suspendidas no se deban guiar por encima de las zonas de paso, teniendo un puente grúa que cumpla la normativa, con su accesorio para la elevación y sujección de piezas/cristales adecuado y legal, y con el mantenimiento de la grúa al día y realizado correctamente, no se puede contemplar, ni de lejos, una posible caída de la carga.

    No obstante, si aún así por cualquier causa cae, el casco y nada van a hacer la misma función.

    Saludos.

    #116893 Agradecimientos: 0
    Ergow.COM
    Participante
    1
    0
    diciembre 2006

    Iniciado

    Además, del casco te recomendamos que consideres la utilización de gafas de protección conforme a la EN166. Esto se olvida a menudo en la empresas de vidrio plano, y luego, pasa lo que pasa, ante la eventual rotura y proyección de trozos de vidrio.

    Saludos.
    Servicio Técnico de Ergow

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    #116894 Agradecimientos: 0
    Digital07
    Participante
    0
    enero 2007


    Uso de casco-Si. Además de peto anticorte, manguitos y guantes. Para los que condirán el uso de EPIS una nimiedad que no olviden que se trata de una actividad de riesgo y que la consecuencia que se materialice el riesgo(rotura)puede ser muy grave.

    #116895 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Un aplauso a la contestación de “Sirgulab” eso es entender la Prevención. Con las demás contestaciones no puedo estar de acuerdo…

    #116896 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Pues yo entiendo la prevención de manera muy distinta, en el sentido de que lo primero primerísimo que hay que hacer, es IDENTIFICAR el riesgo, y si no lo identificas, no lo evalúas.

    En una obra, identifico, por supuesto, el riesgo de caídas de objetos desprendidos, por lo tanto: CASCO.

    En la realización de cualquier tipo de trabajos en vertical con superposición, identifico el riesgo de caída de objetos desprendidos, por lo tanto: CASCO.

    En cualquier nave/empresa/industria… donde utilicen uno o más puentes grúa, no identifico el riesgo, o no se debería identificar el riesgo de caída de objetos desprendidos si todo está bien.

    Para empezar, puentes grúa que cumplan con normativa, los accesorios lo mismo, eslingas adecuadas, ganchos con pestillo de seguridad, todo con su mantenimiento correctamente realizado…sigo, métodos/procedimientos de trabajo seguros, manejo de cargas por zonas que no sean de paso, y delimitación de las zonas de paso fuera de la zona de paso de cargas, personal que maneje los puentes grúas con su debida formación…

    Con todo esto, ¿aún propondrías el casco como medida preventiva? Pues mal.

    ¿Porqué? Porque con todo esto ya no hay riesgo que identificar, ni por lo tanto que evaluar.

    Dicho de otro modo, si propones el casco como obligatorio por que en un centro de trabajo haya uno o más puentes grúa, podrá ser por varios motivos:

    1.- Porque existe el riesgo. En este caso, algo de todo lo que yo he dicho arriba falla, por lo tanto no se hace bien, y la solución no es proponer el casco como obligatorio, sino que el fallo viene de la raíz del asunto: eliminar el riesgo en su origen, dado que no se habría hecho, y en este caso, se puede. Por lo tanto, riesgo grave e inminente SI, pero ¿casco? por Dios…

    2.- proponerlo por querer ser restrictivo hasta la saciedad (muy mala práctica).

    Identificamos, eliminamos, evitamos, evaluamos…

    Si después de identificar se puede eliminar, ya no hay que evaluar.

    Por último, decirte que la acciones correctoras deben ser eficaces/efectivas, sino no tendrían sentido, y proponer el casco para protegerte de la posible caída de cargas suspendidas de puentes grúa (ojo que estos no sueltan piedras ni herramientas, sino cargas de X toneladas…) es igual que ponerte el cinturón en un coche para estamparte contra un muro de hormigón a 200, por lo tanto, la solución debe discurrir por caminos muy distintos…

    Esa es mi forma de ver la prevención.

    Saludos.

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